Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/08/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

14 de agosto de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6209

19

Que por Resolución Nº 388/2023 se creó el Programa de Financiamiento para productores Pesqueros artesanales en Emergencia Decreto Nº 480/2023 con destino a paliar la situación de emergencia que sufre el sector pesquero artesanal enmarcado en la zona del Golfo San Matías;
Que el Punto D, inciso f del Anexo de la Resolución Nº 388/2023 establece como requisito para acceder al Programa el de tener la deuda regularizada en los programas vigentes en Río Negro Fiduciaria SA.;
Que a fojas 39 la Subsecretaria de Pesca considera necesario eximir del cumplimiento establecido en el Punto D, inciso f del Anexo de la Resolución Nº 388/2023 a los beneficiarios que posean deuda con posterioridad a la sanción del Decreto Provincial Nº 480/2023 de fecha 10 de Mayo de 2.023;
Que por lo tanto se entiende que el productor que no posea deuda exigible devengada con fecha anterior al mes de Mayo de 2.023 cumple con el requisito planteado en el Punto D, inciso f de la Resolución Nº 388/2023, y podrá ser beneficiario del Programa de Financiamiento para productores Pesqueros artesanales en Emergencia Decreto Nº 480/2023;
Que asimismo la Subsecretaria de Pesca plantea la necesidad de establecer que aquellos beneficiarios del Programa de Financiamiento para productores Pesqueros artesanales en Emergencia Decreto Nº 480/2023 no podrán acceder al Programa de Financiamiento para el Fortalecimiento de la Acuicultura y Pesca de Pequeña Escala creado por Resolución Nº 553/2019 MAGyP, y sus modificatorias;
Que el presente tramite cuenta con la aprobación del Señor Ministro de Producción y Agroindustria;
Que han tomado debida intervención la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Agroindustria;
Que la presente se dicta conforme las facultades establecidas por el Artículo 21 de la Ley K N5.537, Decreto Nº 986/13, Resolución MAGyP Nº 485/15, Decreto Nº 480/23 y Resolución MPyA Nº 388/23;
Por ello;
El Ministro de Producción y Agroindustria RESUELVE
Artículo 1º.- Entender que podrán acceder al Programa de Financiamiento para Productores Pesqueros Artesanales en Emergencia - Decreto Nº 480/2023, en cumplimiento del Punto D, inciso f del Anexo de la Resolución Nº 388/2023, todos aquellos productores pesqueros artesanales en Emergencia que no posean deuda exigible devengada con anterioridad al mes de Mayo de 2.023.Artículo 2º:- Establecer que aquellos beneficiarios del Programa de Financiamiento para productores Pesqueros Artesanales en Emergencia Decreto Nº 480/2023 no podrán acceder al Programa de Financiamiento para el Fortalecimiento de la Acuicultura y Pesca de Pequeña Escala creado por Resolución Nº 553/2019 MAGyP, y sus modificatorias.Artículo 3.- Registrar, Comunicar, notificar a Río Negro Fiduciaria S.A, publicar y Archivar.Carlos Banacloy, Ministro de Producción y Agroindustria.Cra. Andrea Cecilia Polizzi, Secretaria de Administración y Control.O
Resolución N 476

Allen, 4 de Agosto de 2023

Visto, el Expediente Nº 217.964-SP-2023 del registro del Ministerio de Producción y Agroindustria, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 986/2.013, prorrogado por Resolución Nº 205/21, se creó el Fondo Fiduciario para el Fortalecimiento de la Productividad Rionegrina F.F.For.Prod.RN el que tendrá por objeto la organización y estructuración del funcionamiento de toda actividad relacionada con la productividad rionegrina, generando mecanismos de financiamiento directo al sector productor, incentivando y apoyando la calificación del sector productivo, la optimización de la cadena de producción, procesamiento y comercialización;
Que el Artículo 6º del Decreto citado precedentemente prevé la creación de Fideicomisos Específicos, a requerimiento de la Autoridad de Aplicación;
Que por la Resolución Nº 485/2015 MAGyP, prorrogada por Resolución N 218/21, se creó el Fondo Fiduciario Específico de la Actividad Pesquera Provincial, destinado a ejecutar actividades de financiación, otorgar créditos, aportes no reintegrables, a los efectos de optimizar la cadena de producción, procesamiento y comercialización de la actividad Pesquera;;
Que por Decreto Provincial Nº 480/2023 se declara el Estado Emergencia Pesquera en el Golfo San Matías por el término de un 1 año, en función del análisis de los informes obtenidos en la campaña de investigación pesquera ReDe 2022 GSM RN Monitoreo de Merluza y Especies Demersales;
Que el mencionado Decreto en su artículo 2 prevé la ejecución de acciones y obras tendientes a paliar los efectos del fenómeno que desencadena la crisis económica en el área pesquera mencionada;
Que además, y atento a las consideraciones realizadas en la normativa, en el Artículo 3 de la misma se faculta al Ministerio de Producción y Agroindustria a otorgar financiamiento o refinanciar deudas existentes de aquellos productores pesqueros afectados, aplicando condiciones financieras diferentes tendientes a reactivar su capacidad productiva;

Firmado Digitalmente por SERGIO D. HAIDT - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6209.pdf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/08/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data14/08/2023

Conteggio pagine66

Numero di edizioni1924

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione29/07/2024

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