Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/01/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

19 de enero de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6153

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N de Comprobante Proveedor Concepto del Gasto Total Facturado Cheque N
Fecha de Pago Retenciones Importe V.- Asimismo, se deberá acompañar aquellos otros que forman parte de la rendición: Ordenes de Pedido y/o Compras / Orden de Pago del Municipio / Recibo Proveedor / Comprobantes de Retenciones Efectuadas 1 Actas de Inicio de Obra / Contratos Formalizados con Contratistas / Certificaciones de Obras / Actas de Recepción Provisoria.
VI.- Copia de los extractos bancarios en los cuales se identifique el período, en el cual se realizó la inversión/gasto, contando desde el momento en que ingreso la transferencia al Municipio hasta el período en el cual se pagó el último comprobante rendido.
Todas las copias de comprobantes o sus originales deben estar certificadas o firmadas por autoridad competente.
La rendición de fondos deberá estar foliada y remitirse al M.O.yS.P., debiendo ajustarse a lo establecido en el artículo 64 ANEXO I del Decreto N 1737/98 Reglamentario de la Ley N 3186 de Administración Financiera.
OCTAVA: EL M.O.yS.P. podrá solicitar todo tipo de información al Municipio relativa a las sumas invertidas para la realización de los trabajos. NOVENA: Las Partes acuerdan que el M.O.yS.P. no asumirá responsabilidad alguna frente al personal contratado y/o afectado por la MUNICIPALIDAD para la realización de las obras o servicios previstos en el presente. La MUNICIPALIDAD se obliga en este acto a mantener a este MINISTERIO, indemne de todo reclamo por parte de sus empleados, proveedores, y/o terceros. Asimismo, La MUNICIPALIDAD será la única responsable de la modalidad y del efectivo cumplimiento de los procedimientos de contratación por los que esta opte para la ejecución del presente Convenio. La MUNICIPALIDAD se obliga asimismo a dar efectivo cumplimiento a las disposiciones laborales y previsionales vigentes, así como el oportuno cumplimiento de las obligaciones asumidas con los proveedores contratados.
DÉCIMA: Sin perjuicio de los controles que realice el M.O.yS.P., la MUNICIPALIDAD será responsable de fiscalizar la efectiva realización y/o la calidad de los trabajos que realicen sus dependientes y/o que contrate con terceros.
DECIMOPRIMERA: Las Partes acuerdan que en caso de incumplimiento por parte de la MUNICIPALIDAD
de las obligaciones emergentes del presente Convenio, el M.O.yS.P. la intimará para que en el plazo perentorio de 48 horas hábiles subsane la falta de que se trate, bajo apercibimiento de aplicar la sanción que determine la Comisión creada a tales efectos.
DECIMOSEGUNDA: La MUNICIPALIDAD, concluida la Obra Delegada, procederá a realizar la rendición ante el M.O.yS.P., de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Séptima, para su aprobación. La falta de rendición o de su aprobación, hará contar de Cargos Pendientes a la MUNICIPALIDAD, con la imposibilidad de ejecución de Obras bajo el Sistema de Obras Delegadas. -
DECIMOTERCERA: A los efectos legales correspondientes las partes fijan sus domicilios en los arriba enunciados, donde serán válidas todas las notificaciones cursadas en relación al objeto del presente. DECIMOCUARTA: Las partes se comprometen a resolver en forma directa entre ellas o a través de las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento, interpretación y/o cumplimiento del presente convenio. En caso de contienda judicial las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma. En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de de 2.022.-

DECRETOS SINTETIZADOS
DECRETO Nº 1587- 15-12-2022.- Limitar los servicios a partir del 01 de Enero de 2.023, al Suboficial Mayor, Agrupamiento Seguridad - Escalafón General, Raúl Andrés Cifuentes, DNI N 25.765.701, Clase 1.977, Legajo Personal N 6.930, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en
Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6153.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/01/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data19/01/2023

Conteggio pagine56

Numero di edizioni1918

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione08/07/2024

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