Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

18 de agosto de 2022

BOLETIN OFICIAL Nº 6110

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Que las categorías asignadas en el Anexo I del presente Decreto, se corresponden con el cómputo certificado a fojas 2 por el Área de Recursos Humanos, conforme las previsiones del Artículo 4 de la Ley L N 3.959, dejando establecido que el mismo es a los fines de la carrera del agente, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales;
Que el presente Decreto se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N 5.511 y el Artículo 32 del Anexo II del Anexo Único del Decreto N 1.181/21;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del organismo, la Secretaría Ejecutiva de la Función Pública y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 02314-22;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
La Gobernadora de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Incorporar a partir de la fecha del presente Decreto a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, a los agentes que cumplen funciones en el Instituto Provincial del Seguro de Salud de la Provincia de Río Negro, en los Agrupamientos y Categorías que se detallan en la Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo a lo normado por la Ley N
5.511 y su Decreto Reglamentario N 1.181/21.Artículo 2.- Se deja establecido que las categorías asignadas en el Anexo I del presente Decreto, lo son solo a los fines de la carrera del agente, y en ningún caso, implicará pago retroactivo de importe alguno en concepto de diferencias salariales.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Salud.Artículo 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.CARRERAS.- L. F. Zgaib.

PLANILLA ANEXA DECRETO N 835

oOo DECRETO Nº 837/22

Viedma, 22 de julio de 2022

Visto: El expediente N 082003-SEPYED-2022 del Registro de la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 343/22 se procedió a adecuar algunas cuestiones contempladas en el Decreto Provincial K N 1.678/2004, en el Título II De Los Auxiliares Del Control Público Capítulo I-De Las Comisiones Fiscalizadoras;
Que la intención de la modificación en relación a la composición de las Comisiones Fiscalizadoras consistía en garantizar que la fiscalización de las empresas públicas sea llevada a cabo por órganos interdisciplinarios, siendo necesaria la participación de al menos un profesional graduado con el título de abogado y al menos un profesional graduado de contador público;
Que se omitió incluir en el Artículo 1 del Decreto N 343/22 que las Comisiones Fiscalizadoras deberán contar con al menos un profesional graduado con el título de contador público;
Que en consecuencia se hace necesario modificar la redacción del mentado artículo a fin de reflejar la intención original, garantizando que las Comisiones Fiscalizadoras sean interdisciplinarias;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Secretaría General, la Secretaría Legal y Técnica y la Fiscalía de Estado mediante la Vista N 02476-22;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 Incisos 1 y 5 de la Constitución de la Provincia de Río Negro;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6110.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data18/08/2022

Conteggio pagine36

Numero di edizioni1924

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione29/07/2024

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