Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/12/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

27 de diciembre de 2021

BOLETIN OFICIAL Nº 6045

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La rendición de fondos deberá estar foliada y remitirse al M.O.yS.P., debiendo ajustarse a lo establecido en el artículo 64 ANEXO I del Decreto N 1737/98 - Reglamentario de la Ley N 3186 de Administración Financiera.
OCTAVA: EL M.O.yS.P. podrá solicitar todo tipo de información al Municipio relativa a las sumas invertidas para la realización de los trabajos.NOVENA: Las Partes acuerdan que el M.O.yS.P. no asumirá responsabilidad alguna frente al personal contratado y/o afectado por la MUNICIPALIDAD para la realización de las obras o servicios previstos en el presente. La MUNICIPALIDAD se obliga en este acto a mantener a este MINISTERIO, indemne de todo reclamo por parte de sus empleados, proveedores, y/o terceros. Asimismo, La MUNICIPALIDAD será la única responsable de la modalidad y del efectivo cumplimiento de los procedimientos de contratación por los que esta opte para la ejecución del presente Convenio. La MUNICIPALIDAD se obliga asimismo a dar efectivo cumplimiento a las disposiciones laborales y previsionales vigentes, así como el oportuno cumplimiento de las obligaciones asumidas con los proveedores contratados.
DECIMA: Sin perjuicio de los controles que realice el M.O.yS.P., la MUNICIPALIDAD será responsable de fiscalizar la efectiva realización y/o la calidad de los trabajos que realicen sus dependientes y/o que contrate con terceros.DECIMOPRIMERA: Las Partes acuerdan que en caso de incumplimiento por parte de la MUNICIPALIDAD
de las obligaciones emergentes del presente Convenio, el M.O.yS.P. la intimará para que en el plazo perentorio de 48 horas hábiles subsane la falta de que se trate, bajo apercibimiento de aplicar la sanción que determine la omisión creada a tales efectos.
DECIMOSEGUNDA: La MUNICIPALIDAD, concluída la Obra Delegada, procederá a realizar la rendición ante el M.O.y S.P. de acuerdo a lo establecido en la Clausula Séptima, para su aprobación. La falta de rendición o de su aprobación, hará contar de Cargos Pendientes a la MUNICIPLIDAD, con la imposibilidad de ejecución de Obras bajo el Sistema de Obras Delegadas.DECIMOTERCERA: A los efectos legales correspondientes las partes fijan sus domicilios en los arriba enunciados, donde serán validas todas las notificaciones cursadas en relación al objeto del presente.DECIMOCUARTA: Las partes se comprometen a resolver en forma directa entre ellas o a través de las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento, interpretación y/o cumplimiento del presente convenio. En caso de contienda judicial las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Rio Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 7 días del mes de Septiembre de 2021.

DECRETOS SINTETIZADOS
DECRETO Nº 1465- 01-12-2021.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Bioquímico Rolando Alejandro Marenco DNI N
16.590.122 y la Señora Inti Guadalupe Olivera DNI N 37.662.597.- Expte. N 120632-D-2.021.DECRETO Nº 1466- 01-12-2021.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Bioquímico Rolando Alejandro Marenco DNI N
16.590.122 y la Señora Ivana Judith Gutiérrez DNI N 34.002.219.- Expte. N 119330-D-2.021.DECRETO Nº 1467- 01-12-2021.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Bioquímico Rolando Alejandro Marenco DNI
N 16.590.122 y la Señora Alejandra Viviana, Abarzua DNI N 26.808.126.- Expte. N 119387-D-2.021.DECRETO Nº 1468- 01-12-2021.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Bioquímico Rolando Alejandro Marenco DNI N
16.590.122 y la Señora Agustina Luana Belén Hidalgo DNI N 42.912.072.- Expte. N 119009-D-2.021.DECRETO Nº 1469- 01-12-2021.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Bioquímico Rolando Alejandro Marenco DNI
N 16.590.122 y la Señora Daiana Luz Grossenbacher DNI N 33.653.083.- Expte. N 119363-D-2.021.DECRETO Nº 1470- 01-12-2021.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Bioquímico Rolando Alejandro Marenco DNI N
16.590.122 y la Señora Yamila Nazarena Ferrada DNI N 42.970.815.- Expte. N 119347-D-2.021.DECRETO Nº 1471- 01-12-2021.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre el Señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud, Bioquímico Rolando Alejandro Marenco DNI N
16.590.122 y el Señor Bruno Nicolás Ponce DNI N 34.666.090.- Expte. N 121797-D-2.021.-

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6045.pdf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/12/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data27/12/2021

Conteggio pagine157

Numero di edizioni1916

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/07/2024

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