Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/03/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5858

Que el contribuyente Jose Barresi S.A. C.I.F.I.A. CUIT Nº 30-510966054, figura inscripto como Agente de Percepción Nº 107015714 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos desde el día 01/10/2017;
Que por lo expuesto anteriormente vemos que el contribuyente prácticamente no realiza operaciones de ventas sujetas a percepciones ya que posee escasos movimientos y dado que su designación como Agente de Percepción no fue notificada fehacientemente, creemos que no es de interés fiscal la designación como Agente de Jose Barresi S.A. C.I.F.I.A. CUIT Nº 30-51096605-4, por lo que corresponde la baja retroactiva al día 01/10/
2017;
Que así mismo entendemos que no corresponde exigirle la falta de presentaciones de las declaraciones juradas y por ende tampoco las sanciones aplicadas por multas automáticas en los periodos 07, 08, 09, 10, 11, 12/
2018 y 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12/2019 y 01/2020;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades que le son propias en virtud a lo establecido en los Artículos 5º y 34º, 3º párrafo del Código Fiscal Ley I 2686 concordantes con el Artículo 3º de la Ley Nº 4667;
Por ello:
El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar de baja la inscripción como Agente de Percepción Nº 107015714 del Impuesto sobre los Ingreso Brutos en forma retroactiva al 01/10/2017 al contribuyente Jose Barresi S.A. C.I.F.I.A. CUIT Nº 3051096605-4, con domicilio fiscal en la calle Domingo Faustino Sarmiento Nº 1105 de la localidad de General Roca, Provincia de Río Negro.Art. 2.- Remitir por falta de causa las multas automáticas interpuestas posteriormente a la fecha de baja del contribuyente por los períodos 07, 08, 09, 10, 11, 12/2018 y 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12/2019
y 01/2020 como Agente de Percepción Nº 107015714 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.Art. 3º.- Registrar, comunicar a los interesados, publicar en el Boletín Oficial, cumplido, archivar.Dr. Leandro Sferco, Director Ejecutivo.oOo Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL
DE AGUAS
Resolución Nº 214
Expediente Nº 22032-IGRH-13
Viedma, 27 de Febrero de 2020.Visto el artículo 43 del Código de Aguas de la Provincia de Río Negro, Ley Q N 2952, y CONSIDERANDO:
Que por la citada norma, se establece la obligación de pago de regalías para todos aquellos titulares de derechos privativos o especiales sobre las aguas públicas o de derechos de uso sobre los demás bienes integrantes del dominio público hídrico, ya se trate de personas públicas o privadas, por su condición de tales y con independencia del uso efectivo de recurso;
Que asimismo, se delegan en el Departamento Provincial de Aguas las facultades de fijar anualmente el valor de dicha regalía, la modalidad de pago, teniendo en cuenta la naturaleza del uso, los caudales efectivamente empleados y las circunstancias propias de cada tipo de utilización;
Que en relación a la industria petrolera, se puede afirmar que alrededor del 90% de los volúmenes de agua utilizados por la actividad extractiva de hidrocarburos se destinan actualmente a la recuperación secundaria y plantas de tratamiento. Esta demanda implica un uso consuntivo no solo por la degradación del recurso al provocarse una salinización que lo inhabilita para cualquier otro uso, sino porque además significa su desconexión con el ciclo hidrológico; lo que dicho en otros términos transforma una parte del agua en no renovable lo que implica que esta industria se diferencia de otras que realizan usos no consuntivos, por ello se deduce que la misma debería tributar a un costo superior;
Que en tal sentido, y a raíz de evaluaciones técnico - económicas desarrolladas en este Departamento Provincial de Aguas, se considera necesario regular en forma separada del resto de los usos al vinculado a la Industria Petrolera a efectos de determinar el cálculo de la regalía asociada a la rentabilidad de esta actividad;
Que la Secretaría de Energía recomienda atar el costo de la regalía al valor del combustible euro diésel fs. 45;
Que han tomado debida intervención el servicio de asesoramiento jurídico permanente del Organismo y Fiscalía de Estado;
Que la presente Resolución se ajusta a las disposiciones contenidas en el artículo 43º y concordantes, artículo 260º de la Ley Q Nº 2952;

Viedma, 16 de Marzo de 2020

Por ello:
El Superintendente General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1º.- Considerar a los fines de la regalía prevista en el artículo 43
y concordantes de la Ley Q N 2952, como usos especiales o privativos de las aguas del dominio público y demás bienes integrantes del dominio público hídrico, a la Industria Hidrocarburífera.
Art. 2.- Aplicar para el cálculo de las regalías referidas, la siguiente expresión matemática:
R =CbxFdxxT

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Donde:
R = Monto de la regalía a abonar por el beneficiario, expresada en pesos.
Cb = Costo básico de la regalía, expresada en $/m3
Fd = Factor de disponibilidad del recurso hídrico, variable entre 0 y 20, en consideración de los usos prioritarios, de las mediciones existentes en cuanto a cantidad y calidad y a previsiones de afectación futura.
T= Cuota de agua efectivamente utilizada en el período de facturación que se fije en el acto administrativo de otorgamiento de la autorización o permiso para los sistemas de captación con instrumental de medición.
Art. 3.- Fijar para las autorizaciones o permisos de uso de agua pública vinculada a la Industria Petrolera emitidas y/o a emitir, el siguiente Costo Básico Cb y modalidad de pago:
Cb Industrias Petrolera = 1.40 Valor del litro del Euro Diesel vigente en la estación de Servicio del Automóvil Club Argentino ACA de la ciudad de Viedma.
Como modalidad de facturación de esta regalía se adopta la bimestral, por lo tanto, durante la vigencia de la presente Resolución, los días a consultar al ACA serán: 05/03/20, 05/05/20, 05/07/20, 05/09/20, 05/11/20 y 05/01/21.
Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, Archivese.
Ing. Fernando Javier Curetti, Superintendente General, Departamento Provincial de Aguas.oOo Resolución Nº 215
Expediente Nº 77571-ACATA-19
Viedma, 27 de Febrero de 2020.Visto el expediente de referencia, caratulado "Expropiación de parte de parcela 22-2-540580 Ing. Jacobacci", y CONSIDERANDO:
Que este Departamento Provincial de Aguas necesita incrementar la capacidad de la reserva de agua potable para la localidad de Ing. Jacobacci, habida cuenta la sequía que viene castigando a la región que se suma al crecimiento poblacional de dicha localidad;
Que para tales efectos, se realizó un estudio de las vertientes ubicadas al norte de la localidad, en la zona conocida como arroyo las chacras, dónde se proyectó la captación y conducción por gravedad hasta la cisterna de distribución del agua que surge de las mismas, según informe de fs. 7/8;
Que a tales efectos, se considera necesario la expropiación de la parcela designada catastralmente como 22-2-631390;
Que la misma cuenta con la respectiva mensura en el terreno, a través del plano Nº 1250-19 obrante a fs. 5, el cual tiene la registración provisoria de la Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro de fecha 06-01-20, y dónde consta la superficie de la misma;
Que a fs. 10 obra certificación del valor catastral de la tierra y del valor máximo de indemnización, conforme a lo previsto por la Ley de Expropiaciones y el artículo 11 del Decreto A Nº 1325/75;
Que a fs. 3 obra informe de dominio del inmueble que nos ocupa Matrícula 22-2665 del que surge que los titulares registrales son Adhelma Ermelinda Oggier - C.U.I.L. N 27-02967776-5, Eduardo Daniel Simionatto - C.U.I.L.
N 20-14667346-6 y Marisa Irelis Emma Simionatto - C.U.I.L. N 2717473202-2;
Que habida cuenta, la declaración de utilidad pública que con carácter genérico establece el artículo 190 del Código de Aguas, corresponde la individualización del predio afectado;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO BEACON - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5858.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/03/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data16/03/2020

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1918

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione08/07/2024

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