Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 21 de Octubre de 2019

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BOLETIN OFICIAL N 5818

Planilla Anexa al Decreto Nº 1332

RESOLUCIONES

Expte. Nº 161209-DRH-2019.DECRETO Nº 1333.- 27-09-2019.- Hacer lugar al reclamo como "denuncia de ilegitimidad" presentado por la Señora Gabriela García DNI Nº 25.285.962, con funciones en el Hospital Área Programa Chimpay, dependiente del Ministerio de Saludatento a lo dispuesto por el Artículo 75º de la Ley A Nº 2.938.- Rectificar las fechas de la Planilla Anexa que forma parte integrante del Decreto Nº 1.195/13 de Promoción Automática, de la Señora Gabriela García DNI Nº 25.285.962
- Legajo Nº 659.655/0 la que quedará redactada de la siguiente manera:
"Legajo 659655/0, apellido y nombres García Gabriela, CUIL
23252859624, Programa 4414000001, Hospital Chimpay, Categ.
actual 7, Agrupamiento Auxiliar Asistencial, último ascenso 01/12/
2010, Categoría Ascenso 8, Fecha Promoción 01/12/2012".Promover a la Categoría 9 a partir del 01/12/2014 y a la Categoría 10 a partir del 01/12/2017 a la Señora Gabriela García DNI Nº 25.285.962 Legajo Nº 659.655/0 del Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L Nº 1.844.
Anexo al Decreto Nº 1333

Expte. Nº 94.620-S-2016.DECRETO Nº 1334.- 27-09-2019.- Promover a partir del 01/07/2016 a la Sra. Eloisa Sandra Curugual DNI Nº 17.995.201 - Legajo Nº 655179/3, con funciones en el Ministerio de Salud, a la Categoría 14 del Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L Nº 1.844.- Expte. Nº 216.055-S2018.DECRETO Nº 1335.- 27-09-2019.- Rectificar la planilla anexa al Decreto Nº 669/19, en relación al agrupamiento del agente Adrián Moises Cayuqueo DNI Nº 32.057.439.

Planilla Anexa Decreto Nº 1335

Expte. Nº 1385-SFP-2018.DECRETO Nº 1336.- 27-09-2019.- Promover automáticamente a la agente Mirta Zulema Etcheverry CUIL Nº 27-14527528-3 - Legajo Nº 51701/
1, quien cumple funciones en la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía, a la categoría 15 del Agrupamiento Profesional conforme al Anexo II de la Ley L Nº 1.844 en el Artículo 15º en los programas, agrupamiento, categorías y fechas que se especifican en la Planilla Anexa.
Anexo Decreto 1336
Jurisdicción: 28 - Ministerio de Economía Escalafón: Ley L Nº 1.844

Expte. Nº 014.330-ERH-2019.DECRETO Nº 1353.- 27-09-2019.- Aprobar en todos sus términos, el Contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca representado por su titular Señor Alberto Ricardo Diomedi CUIL Nº 20-08119494-8 y la Señorita Cynthia Elizabeth De Gaetano Fernández CUIL Nº 2734545778-5, quien cumplirá funciones realizando tareas de Asistencia Técnico/Administrativas en el Departamento de Emergencia y Desastres Agropecuarios y Programa Agregado de Valor dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería y Pesca.- Expte. Nº 047.749-SRH2019.-

Provincia de Río Negro AGENCIA DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Resolución Nº 1157
Viedma, 10 de Octubre de 2019.
Visto: El Expediente N 169.000-ART-2019, la Ley I N 1.301 y modificatorias, las Resoluciones Conjuntas entre la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Rio Negro Agencia N 1130/2019 y Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP N 4604/2019, la Resolución N 1091/2019 de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro; y CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones Conjuntas mencionadas se aprueba el Sistema Único Tributario a través del cual se simplifican y unifican los trámites de las Administraciones tributarias nacionales, provinciales y se implementa la recaudación conjunta de los tributos correspondientes a los Regímenes Simplificados nacional y provincial que pudieran recaer sobre el pequeño contribuyente, por lo que deben adecuarse las disposiciones previstas en la Resolución N 1091/2019 de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro;
Que la Resolución Nº 1091/2019 de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro establece un Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de carácter obligatorio para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentesmonotributo RS nacional;
Que el Artículo 4 Inciso j de la Ley I Nº 4.667 y modificatorias autoriza a la Agencia de Recaudación Tributaria a efectuar la suscripción de convenios de colaboración y/o complementación de servicios técnicos especializados con organismos públicos, entes privados o mixtos en el ámbito de las materias que hacen a la competencia de la Agencia de Recaudación Tributaria;
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos y Gobierno de la Provincia de Río Negro, con fecha 28 de marzo de 2017, celebraron un Convenio Marco de Colaboración, mediante el cual se comprometieron a desarrollar acciones de cooperación mutua con el fin de optimizar la gestión en sus ámbitos de competencia, mejorar los servicios a los contribuyentes y fortalecer el control tributario;
Que por los motivos expuestos, se considera oportuno reglamentar la aplicación del monotributo unificado;
Que es competencia de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro dictar normas generales obligatorias, en cuanto a la forma y modo como deban cumplirse los deberes formales y materiales respecto de los tributos establecidos en el Código Fiscal y Leyes Especiales;
Que han intervenido las Gerencias de Recaudación y Cobranzas, Tecnológica de la Información y Asuntos Legales.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5º del Código Fiscal Ley I Nº 2.686 y modificatorias, concordantes con los Artículos 3º y 4 de la Ley Nº 4.667;
Por ello:
El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE
TITULO I
REGIMEN SIMPLIFICADO
Artículo 1.- La inscripción de los contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro Régimen Simplificado será efectuada en el momento de la adhesión al régimen a través del Sistema Único Tributario conforme a lo establecido en el Artículo 3 de la Resolución conjunta N 1130/2019 de la Agencia y la Resolución General N 4604/2019 de la AFIP. Los mismos, deberán declarar las actividades que desarrollan, y cuando el sistema lo solicite, declarar su condición.
Art. 2.- A fin de determinar el componente provincial, serán consideradas las exenciones subjetivas u objetivas que pudieran corresponder a cada contribuyente en la Provincia de Río Negro en función a las actividades en las que se encuentran inscriptos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos o la calidad de sujeto.
En este último caso, la exención será otorgada a partir de la fecha que se cumplan los supuestos para el goce efectivo de la misma y se mantendrá mientras se conserven las condiciones por las cuales se otorgó.Art. 3.- La actualización de datos para los contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado deberá ser realizada conforme a lo establecido en la Resolución conjunta N 1130/2019 de la Agencia y la Resolución General N 4604/2019, a través del sitio web de esta última y dentro de los plazos allí establecidos.-

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data21/10/2019

Conteggio pagine26

Numero di edizioni1920

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione15/07/2024

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