Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/03/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 27 de Marzo de 2017
Dr. José Bernardo Campana, Juez Subrogante del Juzgado de Instrucción er lo Criminal y Correccional nro. 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Guineo Vallejos, Nelson Andrés, que en expediente nro. 420-8-2016, se resolvió en fecha 20/12/2016 sobreseer a Nelsón Andrés Vallejo Guineo, respecto del hecho que se le imputara oportunumente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306 inc. 1 del C.P.P y se lo cita y emplaza para que en el término de 5 días comparezca ante el Tribunal.- Lorena Cordi, Secretaria.oOo Dr. José Bernardo Campana, Juez Subrogante del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro. 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Volpe, Oscar César, que en expediente nro. 458-8-2012, se resolvió en fecha 8/03/2016 Sobreseer Parcialmente a Fernando Paez Moreno y Oscar César Volpe, respecto del delito Defraudación que se les imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozaren art. 306 inc. 10 del C.P.P.
y se los cita y emplaza para que en el término de 5
días comparezcan ante el Tribunal.- Lorena Cordi, Secretaria.oOo Dr. Ricardo Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional. nro.
4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Arpires, Jonathan Adan, que en expediente nro. 469-7-2015, se resolvió en fecha 27/10/2016, Carlos de Bariloche, 27 de octubre de 2016. Y Vistos: Considerando Resuelvo: I.Dictar el Sobreseimiento de Jonathan Adan Arpires, ya filiado al comienzo del presente pronunciamiento; respecto del delito Lesiones que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306
inc. 1 del C.P.P.. II Remitir Vía Oficio de Estilo y en devolución al Juzgado de Familia N 7, los autos caratulados Rodríguez Judith Estefanía C/Arpires Jonathan Adan S/Ley 3040 Expte. 20950/15 en 17 fojas.- Protocolícese, regístrese, notifíquese, firme que se encuentre comuníquese donde corresponda. Fecho, Archívese, y se lo cita y emplaza para que en el término de 5 días comparezca ante el Tribunal.- Marcos Sosa Lukman, Secretario Subrogante.oOo Dr. José Bernardo Campana, Juez Subrogante del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro. 4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Mol, Alejandro Gabriel, que en expediente nro. 177-8-2014, se resolvió en fecha 16/05/2014 Dictar el Sobreseimiento de Alejandro Gabriel Mol
respecto del delito daño que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306 inc. 1 del C.P.P. y se lo cita y emplaza para que en el término de 5 días comparezca ante el Tribunal.- Lorena Cordi, Secretaria.oOo Dr. Ricardo Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.
4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Rojas Miguel Angel sin más datos conocidos por esta instrucción y Mayorga Paola de las Nieves sin más datos conocidos por esta instrucción-, que en expediente nro. 075-7-2015, se resolvió en fecha 06/12/2016, Carlos de Bariloche, 6 de diciembre de 2016. Resuelvo: I.Dictar el Sobreseimiento de Rojas Miguel Angel, Mesas José Iván y Mayorga Paola De Las Nieves
BOLETIN OFICIAL N 5549
ya filiados al comienzo del presente pronunciamiento, respecto del delito Daños que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306
inc. 1 del C.P.P.. II.- Dictar el Sobreseimiento de Mesas José Iván, ya filiado al comienzo del presente pronunciamiento, respecto del delito de Violación de Domicilio que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306 inc 1 del CPP. II.- Reservar las presentes actuaciones hasta tanto surgan datos respecto de la averiguacion de paradero dictada a fs. 62 en contra de Rojas Miguel Angel y Mayorga Paola de las Nieves.- Protocolícese, regístrese, notifíquese, firme que se encuentre comuníquese donde corresponda. Fecho. Reservese, y se lo cita y emplaza para que en el término de 5 días comparezca ante el Tribunal.- Marcos Sosa Lukman, Secretario Subrogante.oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.
4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Platti, Leonardo Sebastian Documento Nacional Identidad 24.190.880, que en expediente nro. 464-7-2016, se resolvió en fecha 22, Carlos de Bariloche, 27 de diciembre de 2016.- Resuelvo: Dictar el Sobreseimiento Total de Leonardo Sebastian Platti, ya filiado al comienzo del presente pronunciamiento, respecto del delito de amenazas que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306 inc. 2 del regístrese, notifíquese, firme que se encuentre Comuníquese donde corresponda. Fecho, archívese., y se lo cita y emplaza para que en el término de 5 días comparezca ante el Tribunal.-Marcos Sosa Lukman, Secretario Subrogante.oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.
4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Llanquileo, Patricia Noelia, que en expediente nro. 292-7-2016, se resolvió en fecha 23/12/2016, Carlos de Bariloche, 23 de diciembre de 2016.- Y Vistos: Y Considerando Resuelvo:
Dictar el Sobreseimiento en la presente causa y en relación al hecho que se describiera precedentemente, en favor de Patricia Noelia Llanquileo, ya filiado al comienzo de la presente, por extinción de la acción penal por aplicación por parte del Agente Fiscal de criterio de oportunidad art. 306 inc. 4 del Código Procesal Penal en función del art. 172 del mismo ordenamiento legal., y se lo cita y emplaza para que en el término de 5 días comparezca ante el Tribunal.- Marcos Sosa Lukman, Secretario Subrogante.oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.
4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Aguilar Loncón, Alexis Alejandro, que en expediente nro. 222-7-2016, se resolvió en fecha 28/12/2016, Carlos de Bariloche, 28 de diciembre de 2016. Y Vistos De lo que Resulta: Y
Considerando: Resuelvo: Dictar el Sobreseimiento de Alexis Alejandro Aguilar Loncón, Soltero, nacido en Calvuco Chile, el 05/06/1974, nacionalidad Chilena, Documento Nacional Identidad 92.371.990, Chofer ya filiado al comienzo del presente pronunciamiento, respecto del delito Desobediencia Judicial y Daño que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306 inc. 1 del C.

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P.P.Protocolícese, regístrese, notifíquese, firme que se encuentre comuníquese donde corresponda.
Fecho, Archívese., y se lo cita y emplaza para que en el término de 5 días comparezca ante el Tribunal.- Marcos Sosa Lukman, Secretario Subrogante.oOo Dr. Ricardo A. Calcagno, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro.
4, sito en John OConnor 20, notifica por medio de la presente a Marín, Raúl Ricardo, que en expediente nro. 142-7-2016, se resolvió en fecha 22/12/2016, Carlos de Bariloche, 22 de diciembre de 2016. Y Vistos: De lo que Resulta: Y
Considerando: Resuelvo: Dictar el Sobreseimiento de Raúl Ricardo Marín, ya filiado al comienzo del presente pronunciamiento, respecto del delito Amenazas que se le imputara oportunamente, con la expresa mención que la formación del presente no afecto el buen nombre y honor del que gozare art. 306 inc. 1 del C.P.P., y se lo cita y emplaza para que el el termino de 5 días comparezca ante el Tribunal.- Marcos Sosa Lukman, Secretario Subrogante.oOo Dr. José Bernardo Campana, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro. 2, sito en Jhon OConnor 20, notifica por medio de la presente a Victoria Ayelén Pedrero, que en expediente nro. S.3- 16-440, se ha dictado la siguiente resolución San Carlos de Bariloche, 22 de febrero de 2017, Autos y vistos De los que resulta Y considerando Resuelvo: Dictar el sobreseimiento de Muñoz Javier Humberto y de Pedrero Victoria Ayelen, ya filiados, por el hecho que se le imputara en la presente causa N S.3- 16440, de conformidad con lo establecido por el art.
306 inc. l primer supuesto del Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro. Con expresa mención que la formación del presente en nada afecta el buen nombre y honor del que gozara.
Protocolícese, regístrese, notifíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. José Bernardo Campana - Juez de Instrucción; Ante mí: Paola Del Río - Secretaria Subrogante.oOo Dr. José Bernardo Campana, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro. 2, sito en Jhon OConnor 20, notifica por medio de la presente a Miguel Angel Melgarejo, que en expediente nro. S.3- 16-428, se ha dictado la siguiente resolución San Carlos de Bariloche, 22 de febrero de 2017, Autos y vistos: De los que resulta: Y considerando Resuelvo: Dictar el sobreseimiento de Melgarejo Miguel Angel y Yarnoz Marcelo Facundo, por el hecho que se le imputara en la presente causa Nº S.3- 16-428, de conformidad con lo establecido por el art. 306 inc.1 del Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro. Con expresa mención que la formación del presente en nada afecta el buen nombre y honor del que gozara.
Protocolícese, regístrese, notifíquese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. José Bernardo Campana - Juez de Instrucción; Ante mí: Paola Del Río - Secretaria Subrogante.oOo Dr. José Bernardo Campana, Juez titular del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nro. 2, sito en Jhon OConnor 20, notifica por medio de la presente a Santiago Villalonga, que en expediente nro. S.3- 17-059, se ha dictado la siguiente resolución San Carlos de Bariloche, 22
de febrero de 2017, Autos y vistos: De los que resulta Y considerando Resuelvo: Sobreseer a Santiago Villalonga, ya filiado, por el hecho que se le imputara en la presente causa, de conformidad a lo establecido por el art. 306 inc. 2 del Código Procesal Penal de la Provincia de Río Negro. Con expresa mención que la formación del presente en

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/03/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data27/03/2017

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1923

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione25/07/2024

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