Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/08/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Aguas, en especial los artículos 16, 257, 258 y 260 y concordantes, el Departamento Provincial de Aguas tomará la intervención que le corresponda.
Art. 11.- El presente permiso se otorga en el marco de la competencia legalmente atribuida del Departamento Provincial de Aguas y sin perjuicio de todo otro permiso o autorización que corresponda solicitar ante otros organismos o autoridades competentes.
Art. 12.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, Archívese.Ing. Fernando Javier Curetti, Superintendente General D.P.A..oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Gobierno INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS
JURÍDICAS
Resolución Nº 672
Viedma, 18 de Agosto de 2016
Visto, el Registro N 1928 de la Asociación Civil denominada: Asociación Pilotos de Safari de Viedma, con domicilio en la Localidad de Viedma, el Expte N 14639- IGPJ-2016, la Ley K 3827, el Decreto Reglamentario 725/07; y CONSIDERANDO:
Que el último acto asambleario realizado por la entidad, fue el día 20/05/06, una Asamblea General Ordinaria Fuera de Termino donde consideraron los ejercicios contables cerrados al 31/12/04/05 y renovación de autoridades;
Que el día 30/06/16 se le dio traslado, al presidente de la entidad al domicilio fijado ante esta Inspección General, de una nota presentada por socios reclamando la presentación de los balances, se llame a asamblea y se elijan autoridades, no habiendo sido recepcionada;
Que con fecha 26/07/16 se dio traslado al Sr.
Ricardo Zurman vocal primero, de la nota presentada por los socios, solicitando comunique a los demás integrantes de la comisión directiva de dicho traslado para su cumplimentación en los plazos establecidos, bajo apercibimiento de reconocer una comisión normalizadora y/o aplicar las sanciones establecidas por Ley Provincial n 3827 y Decreto Reglamentario n 725/2007.
Asimismo se le ordeno realizar un reempadronamiento de asociados previo a convocar al acto asambleario;
Que el día 27/07/16 socios interesados en la normalización de la entidad, presentaron una nota solicitando el reconocimiento de una comisión normalizadora, a los fines de regularizar la situación de la asociación;
Que con fecha 05/08/16 el Presidente de la entidad solicito mediante nota, una prorroga hasta el 20 de diciembre 2016 a los fines de dar cumplimiento a la totalidad de los requerimientos efectuados, tales como convocar a una asamblea general ordinaria fuera de termino para considerar los ejercicios contables correspondientes a los periodos 2006/2015, renovación de autoridades y reempadronamiento de asociados previo a la convocatoria;
Que mediante Nota n 1539 de fecha 10/08/16
se intimo al presidente de la entidad a que en un plazo de 24 horas presente en esta Inspección General, los balances correspondientes a los períodos entre el año 2006 y 2014, los que manifestara adjuntar a la nota de fecha 05/08/16 y que no fueran entregados;
Que con fecha 11/08/16 el Sr. Oscar Cader dio respuesta a la Nota 1539;
Que atento a que la entidad no ha cumplimentado con lo establecido por su estatuto social y el animus manifestado por los Señores Cascallares Ceferino DNI 20.398.266 y Estevanacio Luis DNI

BOLETIN OFICIAL N 5489
14.295.952, se estima pertinente el reconocimiento de una Comisión Normalizadora al frente de los señores mencionados, a solo efecto de normalizar la vida institucional de la entidad que hoy nos convoca;
Que la Ley K N 3827, cita en el visto de la presente en su artículo 9, inc. B, faculta a la Inspección General de Personas Jurídicas a fiscalizar permanentemente el funcionamiento, disolución y liquidación de las asociaciones civiles y fundaciones;
Que a fin de dar cumplimiento al mandato legal que ordena la fiscalización permanente por parte del Estado provincial sobre las personas jurídicas;
Por ello:
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE
Artículo 1.- Reconocer la Comisión Normalizadora de la Asociación Civil denominada Asociación Pilotos de Safari de Viedma, con domicilio en la Localidad de Viedma, la que estará integrada por los Señores Cascallares Ceferino DNI
20.398.266 y Estevanacio Luis DNI 14.295.952, quienes deberán regularizar la institución con este organismo de control, debiendo regir a todo evento la normativa del estatuto social de la entidad.
Art. 2.- Registrar, Publicar, Comunicar y Archivar.Dr. Martín Miguel Mena, Inspector General de Personas Jurídicas.
Resolución Nº 676
Viedma, 22 de Agosto de 2016
Visto: el expediente N 14.635-IGPJ-2016, caratulado Asociación Civil Club Deportivo Los Compadres Viedma Viedma S/ personería jurídica, adjunta documentación; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 consta nota suscripta por los señores Presidente y Secretario de la institución mencionada y se presentan ante este Organismo a efectos de tramitar la personería jurídica en los términos del Art. 168 del Código Civil y Comercial, conjuntamente con tasa retributiva de servicios;
Que a fojas 2 obra estado patrimonial de la asociación, y nómina de asociados fs 3;
Que así mismo, 4 vuelta, surge la sede social de la Asociación en los términos del Art. 11 del Decreto N 725/07, reglamentario de la Ley N
3827, el cual será tenido como válido para esta Inspección General de Personas Jurídicas a todos los efectos legales de notificación, inspecciones y demás, debiendo informar todo cambio en el plazo estipulado en el Art. 12 del mencionado Decreto.
La inobservancia de este artículo, dará lugar a aplicaciones de sanciones por parte de la mencionada Inspección General, de acuerdo a lo normado en los Arts. 11 y 13;
Que de fojas 4/10 obra Acta Constitutiva y Estatuto Social presentado en escritura pública N
18, en el que consta identificación de los constituyentes, nombre de la entidad, objeto, domicilio social, aceptación de cargos, plazo de duración, causas de disolución, contribuciones patrimoniales, régimen de representación y administración, cierre de ejercicio, categoría de asociados, régimen de ingresos, órganos de gobierno, procedimiento de liquidación y entidad beneficiaria;
Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial N 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor;
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N 3827 Art. 9, Inc. a, 168
s.s y c.c. del Código Civil y Comercial;

Viedma, 29 de Agosto de 2016
Por ello;
El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE
Artículo 1.- Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada:
Asociación Civil Club Deportivo Los Compadres Viedma, constituida y con domicilio en la Calle Padre Salvo N 22 de la localidad de Viedma, Departamento Adolfo Alsina de la Provincia de Río Negro, el día 12 de julio de 2016 y apruébese su Estatuto Social obrante de fojas cuatro 4, vuelta a diez 10 del expediente aludido.Art. 2.- Inscríbase, la misma bajo el número:
Tres Mil Trescientos Treinta y Seis 3.336.Art. 3º.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remítase la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación y archívese.Dr. Martín Miguel Mena, Inspector General de Personas Jurídicas.oOo
ORDENANZA MUNICIPAL

Provincia de Río Negro MUNICIPALIDAD DE POMONA
Concejo Deliberante Ordenanza Nro: 08/2016
Visto: El parque automotor municipal.
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesario contar con vehículo utilitario liviano, tanto para atender los programas provinciales de mantenimiento de escuelas, comedores escolares y otros, cuanto para la utilización en las diversos servicios municipales.
Que, habiendo esta Municipalidad optimizado la utilización de los recursos provinciales enviados para la ejecución del programa de transporte escolar, existe un remanente no ejecutado.
Que, en virtud de gestiones efectuadas por el Ejecutivo Municipal, el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro autorizó a la Municipalidad de Pomona a destinar esos fondos remanentes a la adquisición de un vehículo utilitario liviano.
Que, esta compra resulta adecuada y conveniente a los intereses municipales, puesto que permitirá contar un nuevo vehículo, el primero de estas características, para destinar al mejoramiento de la prestación de los servicios esenciales a nuestra comunidad, sin afectar el erario municipal atento no tratarse de fondos propios.
Que, resulta necesario establecer que el vehículo a adquirir sea del tipo utilitario liviano tipo furgón, de fabricación nacional, con puertas traseras y una puerta lateral corrediza, con dos asientos, carga útil mínima 800 kilogramos, motor naftero 1.600
cm, norma Euro 4.
Que, la presente compra, por tratarse de un bien registrable y en atención al importe de la misma, es facultad exclusiva del Concejo Deliberante conforme lo establece el art. 39 inc.
P de la Ley 2353 Orgánica de Municipios, y en atención al monto debe efectuarse mediante licitación pública.
Que, a efectos de fijar el presupuesto oficial y consultados los precios de vehículos como el requerido tenemos que en base a la cotizaciones vigentes al día de la fecha extraídas de la guía oficial de precios de la página web de la Asociación de Concesionarios de Automóviles de la República Argentina www.acara.org.ar para vehículos de similares características, Renault Kangoo Express $ 231.200, Peugeot Partner $ 232.200 y Citroen Berlingo $ 236.500, corresponde fijar el presupuesto oficial en la suma de $ 231.200.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/08/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data29/08/2016

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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