Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/07/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Resolución Nº 058/15 ST
S. C. de Bariloche , 17 de Junio de 2015
Visto: el Expte. 0.071-AT 82 del Registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante la cual se tramitó la Habilitación Turística del alojamiento denominado Palax, propiedad del señor Daniel Alfredo Carrascal, con domicilio en la calle Dinamarca 370 de la localidad Catriel, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
ha sido aprobada la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que con fecha 28 de Mayo de 2015 se constató que el establecimiento se encuentra cerrado ya que no opera más como alojamiento, por lo que corresponde su baja;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministro de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Dar de Baja a partir del día 28 de Mayo de 2015 la habilitación turística del Tipo: 3
- Residencial u Hospedaje, Categoría: Única, denominado Palax , pro iedad del señor Daniel Alfredo Carrascal, con domicilio en la calle Dinamarca 370 de la localidad Catriel, en virtud de no desarrollar más la actividad hotelera en dicho inmueble.
Art. 2.- Déjase sin efecto en consecuencia, a partir de la fecha indicada en el Artículo precedente, la Resolución 621/10 MT.
Art. 3.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Catriel, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 059/15 ST
S. C. de Bariloche , 17 de Junio de 2015
Visto: el Expte. 0.228-AT-81 del Registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante la cual se tramitó la Habilitación Turística del alojamiento denominado San Rafael, propiedad de la señora Alicia Beche, con domicilio en la calle Colombia 205 de la localidad Catriel, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
ha sido aprobada la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que con fecha 27 de Mayo de 2015 se constató el cambio de titularidad y de denominación comercial, por lo que corresponde su baja;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministro de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Dar de Baja a partir del día 27 de Mayo de 2015 la habilitación turística del Tipo: 3
- Residencial u Hospedaje, Categoría: Única, denominado San Rafael, propiedad de la Sra. Alicia Reche, con domicilio en la calle Colombia 205
de la localidad Catriel, en virtud de no desarrollar más la actividad hotelera en dicho inmueble.
Art. 2.- Déjase sin efecto en consecuencia, a partir de la fecha indicada en el Artículo precedente, la Resolución 620/10 MT
Art. 3.- Registrar, comunicar; notificar al interesado, publicar remitir copia a /a Municipalidad de Catriel, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 060/15 ST
S. C. de Bariloche , 17 de Junio de 2015
Visto: el Expte. 2.472-AT 09 dei Registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante la cual se tramitó la Habilitación Turística
BOLETIN OFICIAL N 5370
del alojamiento denominado San Ceferino, propiedad del señor Otto Emilio Garbers, con domicilio en la calle Sección 2 Chacra 2 de la localidad Luis Beltrán, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
ha sido aprobada la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que con fecha 02 de Junio de 2015 se constató que el establecimiento se encuentra cerrado ya que no opera más como alojamiento, por lo que corresponde su baja;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministro de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Dar de Baja a partir del día 02 de Junio de 2015 la habilitación turística del Tipo:
Casa Rural, Categoría: Única, denominado San Ceferino, propiedad del señor Otto Emilio Garbers, con domicilio en la calle Sección 2 Chacra 2 de la localidad Luis Beltrán, en virtud de no desarrollar más la actividad hotelera en dicho inmueble.
Art. 2.- Déjase sin efecto en consecuencia, a partir de la fecha indicada en el Artículo precedente, la Resolución 379/11 MT.
Art. 3º.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Luis Beltrán, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 061/15 ST
S. C. de Bariloche , 17 de Junio de 2015
Visto: el Expte n 2.075-AT-04 del Registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Refugio Patagónico, propiedad del señor Ernesto Cingolani, con domicilio en la calle Islas Malvinas 2630 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 201/11 MT, de fecha 02/
05/11 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 4 - Albergue, Categoría:
Única, por el término de Tres 3 años;
Que con fecha 30/03/15 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1060
P a Fs. 82;
Que a Fs. 76/77, surge del Informe de Categorización que et establecimiento reúne los requisitos para continuar como Tipo 4 - Albergue, Categoría: Única;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministro de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Refugio Patagónico, propiedad del señor Ernesto Cingolani, en el Tipo:
4 - Albergue, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Ocho 8 Unidades Alojativas y Cuarenta y Seis 46 Plazas Hoteleras.
Art. 2.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3.- Hacer Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.

Viedma, 09 de Julio de 2015
Art. 4.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 062/15 ST
S. C. de Bariloche , 25 de Junio de 2015
Visto: el Expte n 2.750-AT-15 del Registro de la Secretaria de Turismo, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Gran Allen, propiedad del señor Eduardo Toth, con domicilio en la calle Eva Perón 120 de la localidad de Allen, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Rio Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 10/06/2015, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior:
Que ha presentado documentación suficiente a/
efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05
y a Fs. 01 obra Acta de Inspección n 1530 y a Fs.
07/21 el relevamiento confeccionado con fecha 05/06/15;
Que a Fs. 47/52, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Complejo compuesto de Tipo 1: H - Hotel y de Tipo 2: AH - Apart Hotel, y con un puntaje de Trescientos Cincuenta con 65/100 360, 65 y Trescientos Ochenta y Seis con 07/100 386.07
puntos respectivamente, lo que determina su Categoría en Dos 2 Estrellas;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministro de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Gran Allen, propiedad del señor Eduardo Toth, como Complejo compuesto de Tipo 1: H - Hotel y de Tipo: 2
AH - Apart Hotel, Categoría: Dos 2 Estrellas, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de Nueve 9 Habitaciones, Tres 3 Departamentos y Cuarenta 40 Plazas Hoteleras.
Art. 2.- Inscribir al establecimiento Gran Allen en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4.- Hacer Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Allen, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/07/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data09/07/2015

Conteggio pagine40

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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