Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/07/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 28 de Julio de 2014

Nº 5271

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LV
EDICION DE 16 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS
Resolución Nº 639
Expediente N 60736-IGRH-14
Viedma, 18 de Julio de 2014
Visto: el expediente de referencia del registro del Departamento Provincial de Aguas, y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones obra trámite de constitución de servidumbre de acueducto sobre el inmueble cuya nomenclatura catastral de origen es: Departamento Catastral: 18, Circunscripción:
1, Sección: B, Chacra: 002, Parcela: 04C, Subparcela: S00l, propiedad de Saturnino Aniceto Otero y Barnes, Fernando Laborde DNI N
20.807.652, Eliseo Tulio Pazos DNI N 3.543.903, Margarita Bernardina Aguirre DNI N 3.520.811 y Jorge Fernando Malis DNI N 13.823.680, según surge del informe de dominio obrante a fs. 18, 19 y 20 del citado expediente;
Que dicha servidumbre tiene por objeto emplazar un acueducto de agua cruda del río Negro de 150 mm de diámetro, para la red de abastecimiento del parque industrial de Viedma, Departamento de Adolfo Alsina y un acueducto de agua potable de 355 mm de diámetro que une la Planta Potabilizadora N 2 con la red de distribución de la ciudad de Viedma;
Que se ha definido mediante la respectiva mensura en el terreno, a través del plano característica 365-14, la superficie a afectar por la servidumbre mencionada;
Que se torna necesario el dictado del acto administrativo que declare la utilidad pública, individualice los inmuebles y defina el objeto de la misma;
Que han tomado debida intervención el servicio de asesoramiento jurídico permanente del Organismo y la Fiscalía de Estado;
Que existen facultades suficientes para el dictado del presente en los artículos 2, 3 inciso c, 11, 17 y concordantes de la Ley A N 1015 y los artículos 16 inciso c, 90 inciso a 6, 190, 260
inciso a y concordantes del Código de Aguas;
Por ello, La Superintendente General de Aguas RESUELVE
Artículo 1 .- Declarar de interés público y afectada a servidumbre de acueducto, a la siguiente fracción de terreno: fracción sita en el Departamento Adolfo Alsina, que conforme al plano de mensura característica N 365-14 se denomina Subparcela S00l, con una superficie de
3.757,14 m, y que es parte de una fracción mayor cuya nomenclatura catastral es Departamento Catastral: 18, Circunscripción: 1, Sección: B, Chacra: 002, Parcela: 04C, propiedad de Saturnino Aniceto Otero y Barnes, Fernando Laborde, Eliseo Tulio Pazos, Margarita Bernardina Aguirre y Jorge Fernando Malis.
Art. 2.- Se procurará ejecutar la presente mediante concertación directa con el propietario del inmueble, dentro del valor máximo estimado por la Gerencia de Catastro, ello en los términos previstos por la ley A N 1015 y Ley Q N
2952.
Art. 3.- Para el caso de no llegar a un avenimiento, se seguirá la vía del juicio expropiatorio, para lo cual se encomienda a la Fiscalía de Estado el inicio de las acciones previstas por la Ley A N 1015, depositándose por donde corresponda los montos respectivos.
Art. 4.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al propietario afectado, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, Archívese.Ing. Raquel Hebe Morales, Superintendente General de Aguas DPA.oOo Provincia de Río Negro MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución Nº 422
Viedma, 07 de Julio de 2014.
Visto; el Expediente N 002219-DCeI-2014, del Registro del Ministerio de Economía; y CONSIDERANDO:
Que la Ley E N 4.618 regula la creación de agrupamientos industriales.
Que el Artículo 8 de la Ley mencionada tipifica categorías y entre ellas el inciso a menciona la categoría de Parque Industrial considerado como la porción de terreno delimitada, diseñada y subdividida para la radicación de establecimientos manufactureros y de servicios dotada de infraestructura, equipamiento y servicios comunes conforme a un proyecto aprobado por la Autoridad de Aplicación;
Que el Artículo 1 del Decreto Reglamentario 284/13, modifica el Artículo 17 del Decreto Reglamentario 942/12 de la Ley mencionada manifestando que el Ministerio de Economía o el que en el futuro lo reemplace será la autoridad de aplicación de la Ley 4.618;
Que a fs. 03, luce Nota de la Sra. Intendenta Municipal Liliana Alvarado de la localidad de Cinco Saltos comunicando el interés de diversas empresas de radicarse en el Parque Industrial de dicha localidad y solicitando el reconocimiento provincial del Parque Industrial mencionado;

Que a fs. 04 luce copia del plano de la Red de distribución de agua visado por la Jefatura de Obras Públicas de la Municipalidad de Cinco Saltos donde se detalla la red existente y la traza proyectada Red a ejecutarse;
Que a fs. 05 luce copia del plano de la Red de Gas existente proyectada elaborado por Camuzzi Gas del Sur S.A;
Que a fs. 06 luce plano de la Distribución de Energía Eléctrica con el alumbrado público existente y el proyectado visado por el Jefe de Catastro Municipal;
Que a fs. 07/10 luce copia de la Nota enviada a la Dirección del Registro de Propiedad y protocolorizada en dicho organismo en T 733 F
62 Fca. 142357, donde la Municipalidad solicita la inscripción del dominio del inmueble que consta en plano 560-74 donde se detalla la ordenanza 4/68
que declara de utilidad pública y sujeta a la expropiación la fraccion de tierra propiedad del Señor Nessin Ventura destinada al Parque Industrial de Cinco Saltos;
Que a fs. 11 Luce copia del plano de mensura particular de unificación en cumplimiento de la Ley N 19/69 del inmueble que le corresponde al parque industrial de la localidad de Nomenclatura catastral 02 1- M 078 7M visado por Dirección General de Catastro y Topografía de la Provincia de Río Negro;
Que a fs. 13/18 Luce Ordenanza Municipal N
247 donde se designa como Área Industrial al inmueble individualizado como Parcela Siete-MFracción 078, Nomenclatura Catastral 02 - 1- M 078 y se establece régimen de transferencia de parcelas del Área Industrial;
Que fs. 19 Luce Resolución Muncipal N 637/
94, donde se Promulga la Ordenanza Municipal N
247 sancionara por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de Julio de 1994;
Que a fs. 20 Luce Ordenanza Municipal N 797
donde se Designa como Parque Industrial la fracción de terreno situado en la Provincia de Río Negro, Departamento Gral. Roca, Ciudad de Cinco saltos individualizado como Parcela Siete-M-Fracción 078, Nomenclatura Catastral 02 - 1- M 078 - I;
Que a fs. 26 luce Nota del Departarmento Provincial de Aguas por el que se acredita que la parcela correspondiente al Parque Industrial se encuentra fuera de riesgo hídrico para una caudal de recurrencia 100 años de río Negro;
Que a fs. 28 Luce Certificación de Escurrimiento Pluvial emitido por el Secretario de Obras Públicas Arq. Manuel R. Jaramillo;
Que a fs. 29/106 Obra Estudio del Impacto ambiental y socioeconómica del lugar geográfico donde se va a emplazar el parque industrial;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/07/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data28/07/2014

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1916

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/07/2024

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