Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/08/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 12 de Agosto de 2013
DECRETO Nº 1147
Viedma, 1 de agosto de 2013.
Visto, el Expte. Nº 170.612-SP-2013, del registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma total de pesos noventa mil $ 90.000,00 a favor de la Asociación Civil denominada Asociación Civil Rugby en Acción por la Inclusión Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 1055, de fecha 18 de diciembre de 2012 de la Inspección General de Personas Jurídicas, de la ciudad de General Roca, destinado a solventar los gastos que demanda el funcionamiento de la implementación del programa Rugby en Acción por la Inclusión;
Que a fojas 30/31 obra Informe Institucional al otorgamiento de dicho aporte;
Que es política del Ministerio de Desarrollo Social, atender este tipo de erogaciones, de acuerdo con lo establecido en el Art. 3º del Decreto Nº 134/
10 y su modificatorio, Decreto Nº 229/13;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Jurídicas del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista Nº 04621-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inc. 1º de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otórgase un aporte no reintegrable por la suma total de pesos noventa mil $
90.000,00, que será abonado en tres 03 cuotas iguales y consecutivas de pesos treinta mil $
30.000,00 cada una, a favor de la asociación civil denominada Asociación Civil Rugby en Acción, por la Inclusión Cuit Nº 30-71331860-0, destinado a solventar los gastos que demanda el funcionamiento de la implementación del Programa Rugby en Acción por la Inclusión, de acuerdo con el Visto y Considerando del presente Decreto.
Art. 2º - El monto total asignado deberá ser girado a la orden de su Presidente, Sr. Alejandro Cristian Moreno Cuil Nº 20-23329142-1, siendo responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 134/10 y su modificatorio Decreto Nº 229/13.
Art. 3º - Comprométase para el presente Ejercicio Financiero, la suma de pesos noventa mil $ 90.000,00, a los créditos del Programa 24, Actividad 05, Partida 517, Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.
Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.
Art. 5º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- E. V. Paillalef.
oOo DECRETO Nº 1161
Viedma, 2 de agosto de 2013.
Visto, el Expte. Nº 24211-A-2013, del registro de la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Asociación Civil denominada Liga Regional de Fútbol Avellaneda, de la localidad de Luis Beltrán, a solicitud de su Presidente, Sr. Norberto Enrique Perouene, DNI. Nº 14.931.337, destinado a solventar los gastos de combustible y transporte a los clubes que integran la Liga Regional de Fútbol para la participación del Torneo Clausura 2013;

BOLETIN OFICIAL N 5171
Que dicha Asociación cuenta con Personería Jurídica otorgada el 11 de julio de 1985, mediante Decreto Nº 1129/85;
Que el Sr. Secretario General ha prestado conformidad a la solicitud por la suma total de pesos doscientos doce mil cuatrocientos $
212.400,00, indicando que la misma será abonada en seis 6 cuotas iguales de pesos treinta y cinco mil cuatrocientos $ 35.400,00 en forma mensual y consecutivas;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Art. 3º del Decreto Nº 134/10 y modificatorias;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Arts. 30 y 31 de la Ley H Nº 3186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría General, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista Nº 04849-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inc. 1º de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otórguese un aporte no reintegrable por la suma de pesos doscientos doce mil cuatrocientos $ 212.400,00, pagaderos en seis 6 cuotas iguales de pesos treinta y cinco mil cuatrocientos $ 35.400,00 en forma mensual y consecutivas, a favor de la Asociación Civil denominada Liga Regional de Fútbol Avellaneda, de la localidad de Luis Beltrán, para ser destinado a solventar los gastos de combustible y transporte a los clubes que integran la Liga Regional de Fútbol para la participación del Torneo Clausura 2013.
Art. 2º - El monto asignado en el artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Asociación Civil denominada Liga Regional de Fútbol Avellaneda, de la localidad de Luis Beltrán, Cuit Nº 30-70735468-9, y/o su Presidente, Sr.
Norberto Enrique Perouene, Cuil Nº 20-149313371, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 134/10 y modificatorias.
Art. 3º - Comprométase la suma otorgada por el Art. 1º, a los créditos de la Jurisdicción 22 Programa 01 - Actividad 01 - Partida 517 Financiamiento 10 Rentas Generales, del Presupuesto General de Gastos vigente.
Art. 4º - Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Art. 29 de la Ley H Nº 3186, abónese por Tesorería General de la Provincia la suma otorgada por el Art. 1º.
Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- L. Di Giácomo.
oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 985.- 3-07-2013.- Dejar sin efecto, a partir del 1 de julio de 2013, las designaciones efectuadas por el Decreto Nº 1172/2012 del Sr.
Gastón Aníbal Coumeig, DNI. Nº 27.029.267
como representante titular del Poder Ejecutivo en la Comisión Especial prevista en el Art. 31
de la Ley G Nº 4193, y de la Sra. Edith Alejandra Marina Gertosio, DNI. Nº 28.433.968, y la Sra.
María Gabriela Mercapide, DNI. Nº 31.063.302
como representantes alternas en dicha
7 Comisión.- Designar, a partir del 1 de julio de 2013 al Sr. Ariel Alberto Gallinger, DNI. Nº 20.392.885 como representante titular del Poder Ejecutivo en la Comisión Especial establecida por el Art. 31 de la Ley G Nº 4193, y al Sr. Leandro Augusto Capponi, DNI. Nº 24.054.719 como representante alterno, quien podrá reemplazar en forma indistinta a los miembros titulares que representan al Poder Ejecutivo en la mencionada Comisión.Ratificar a la Sra. Carolina Alejandra Montironi, DNI. Nº 26.794.066 como representante titular del Poder Ejecutivo en la Comisión Especial establecida por el Art. 31 de la Ley G Nº 4193.
DECRETO Nº 1044.- 16-07-2013.- Dejar sin efecto, a partir de la firma del presente, las designaciones efectuadas por el Decreto Nº 1172/2012 de la Sra. Edith Alejandra Gertosio, DNI. Nº 28.433.968 y la Sra. María Gabriela Mercapide, DNI. Nº 31.063.302 como representantes alternos del Poder Ejecutivo en el Tribunal Calificador, establecido por el Art.
35 de la Ley G Nº 4193.- Designar, a partir de la firma del presente, a la Sra. Sonia Susay Urrutia, DNI. Nº 18.516.334 y al Sr. Leandro Augusto Capponi, DNI. Nº 24.054.719 como representantes alternos del Poder Ejecutivo en el Tribunal Calificador establecido por el Art.
35 de la Ley G Nº 4193, quienes podrán actuar en forma indistinta en reemplazo del miembro titular.- Ratificar a la Sra. Carolina Alejandra Montironi, DNI. Nº 26.794.066 como representante titular del Poder Ejecutivo en el Tribunal Calificador establecido por el Art. 35
de la Ley 4193 con las facultades previstas en la mencionada norma.
DECRETO Nº 1087.- 23-07-2013.- Crear una vacante Categoría 15, en el Agrupamiento Profesional de la Ley L Nº 1844, Jurisdicción 11, Programa 13, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, a cargo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.- Reubicar, a partir de la firma del presente Decreto, a la Sra. Liliana Beatriz Hidalgo, DNI. Nº 12.826.788, en la vacante creada, y suprimir la vacante Categoría 15 del Agrupamiento Administrativo.- Expte.
Nº 5042-SC-2013.
DECRETO Nº 1089.- 23-07-2013.- Créase una vacante Agrupamiento Profesional, Categoría 10 de la Ley L Nº 1844 en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.- Reubicar, a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, a la Sra. Martha Lourdes Romero Gareca, DNI. Nº 18.716.971, Legajo Nº 658401/2 en la vacante creada, conforme lo dispuesto en la Ley L Nº 1844, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Administrativo, Categoría 10 de la misma ley.Expte. Nº 89.519-S-2010.
DECRETO Nº 1090.- 23-07-2013.- Crear una vacante en el Agrupamiento Servicios de Apoyo, Categoría 10, de la Ley L Nº 1844, en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.- Reubicar, a partir de la firma del presente Decreto, al Sr.
Gustavo Rubén Ríos, DNI. Nº 16.332.287, Legajo Nº 659.794/7, en la vacante creada, conforme lo dispuesto en la Ley L Nº 1844, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Administrativo, Categoría 10 de la Ley L Nº 1844.- Expte. Nº 86.432-S-2012.
DECRETO Nº 1091.- 23-07-2013.- Crear una vacante en el Agrupamiento Tercero - Grado I, de la Ley L Nº 1904, en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública.- Reubicar, a partir de la fecha de la firma del presente Decreto, a la Sra. Gladys

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/08/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data12/08/2013

Conteggio pagine26

Numero di edizioni1922

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione22/07/2024

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