Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/05/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 30 de Mayo de 2013

Nº 5148

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 26 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 26

LEY

LEY Nº 4838
Viedma, 22 de mayo de 2013.Visto el Decreto Ley N 03/12, de fecha 28-12-12, publicado en el Boletín Oficial N
5109.
Se Promulga de conformidad al Art. 181 Inc.
6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el N de Ley Cuatro Mil Ochocientos Treinta y Ocho 4838.Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y Archívese.Dra. María Dolores Cardell, Secretaria Legal y Técnica.
oOo
DECRETOS

DECRETO Nº 612
Viedma, 20 de mayo de 2013.
Visto, el Expte. N 126671-DRH-2012, del Registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;

CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones, se tramitan las promociones automáticas al 31 de octubre de 2012, de los agentes de la Planta Permanente, establecida por los Arts. 12, 15, 19, 23 y 27 de la Ley L N 1.844 de acuerdo a lo detallado en la Planilla I Anexa que forma parte integrante del presente Decreto;
Que los agentes en cuestión, reúnen los requisitos establecidos por los Arts. 12, 15, 19, 23 y 27 de la Ley L N 1.844;
Que el Art. 1 de la Ley L N 3.959, fija un Régimen Retributivo Transitorio, a partir del 1 de enero de 2005, restableciendo la carrera administrativa de los Regímenes Escalafonarios pertenecientes a la Administración Pública Provincial;
Que a fojas 222, ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Economía, en los términos del Art. 33 de la Ley N
4.814;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado mediante Vista N 2668-13;

PLANILLA ANEXA I AL DECRETO Nº 612

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Promuévase automáticamente a los agentes que se detallan en Planilla Anexa I que forma parte integrante del presente Decreto, quienes prestan servicios en dependencias del Ministerio de Desarrollo Social, cuya situación de revista se especifica en las mismas, por aplicación de los Arts. 12, 15, 19, 23 y 27 de la Ley L N
1.844.
Art. 2º - Comprométase el gasto que demanda la presente erogación a los créditos de la Jurisdicción 32, Programa 01, Sub Programa 00, Proyecto 00, Actividad 01, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.
Art. 4º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- E. V. Paillalef.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/05/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data30/05/2013

Conteggio pagine26

Numero di edizioni1915

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione26/06/2024

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