Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/10/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Octubre de 2012
Por ello, El Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización del Ministerio de Turismo RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Lofts de la Patagonia, propiedad de la Sra. Miriam Ramírez, en el Tipo: 5
- Departamentos de Alquiler Turístico, Categoría:
Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de dos 2 Unidades Alojativas y ocho 8 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Lofts de la Patagonia en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante de su Legajo Hotelero Provincial, presentando las renovaciones de las mismas para el caso de que se encuentren vencidas.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de General Roca, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización.
oOo Resolución Nº 031/12 SCCyFT
S. C. de Bariloche, 25 de septiembre de 2012.
Visto, el Expte n 2.440-AT-09 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Buena Vida Social Club, propiedad del Sr. Horacio Alejandro Tubio, con domicilio en la calle Los Nires s/nº, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 01 de julio de 2009, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 30 obra Acta de Inspección n 0920 y a Fs. 31/
38 el relevamiento confeccionado con fecha 10 de mayo de 2012;
Que a Fs. 39/41, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3 - B&B, Categoría Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización del Ministerio de Turismo RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Buena Vida Social Club, propiedad del Sr. Horacio Alejandro Tubio, en el Tipo: 3 - B&B, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado
BOLETIN OFICIAL N 5083
por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de cinco 5 Unidades Alojativas y diez 10
Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Buena Vida Social Club en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción a ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante de su Legajo Hotelero Provincial, presentando las renovaciones de las mismas para el caso de que se encuentren vencidas.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización.
oOo Resolución Nº 032/12 SCCyFT
S. C. de Bariloche, 25 de septiembre de 2012.
Visto, el Expte n 2.465-AT-09 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Elías, propiedad de la Sra. Blanca Alicia Torres, con domicilio en la calle Roca 167 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 03 de diciembre de 2009, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 43 obra Acta de Inspección n 0922 y a Fs. 34/
42 el relevamiento confeccionado con fecha 11 de mayo de 2012;
Que a Fs. 45/47, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turísticos, Categoría Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización del Ministerio de Turismo RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Elías, propiedad de la Sra.
Blanca Alicia Torres, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de dos 2 Unidades Alojativas y nujeve 9 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Elías en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante de su Legajo Hotelero
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Provincial, presentando las renovaciones de las mismas para el caso de que se encuentren vencidas.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización.
oOo Resolución Nº 033/12 SCCyFT
S. C. de Bariloche, 25 de septiembre de 2012.
Visto, el Expte n 2.475-AT-10 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Tra-Su-Lag, propiedad del Sr. César Alberto Peña, con domicilio en la calle OHoggins 792 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 10 de enero de 2010, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente no mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 31 obra Acta de Inspección n 0919 y a Fs. 32/
40 el relevamiento confeccionado con fecha 10 de mayo de 2012;
Que a Fs. 41/43, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turísticos, Categoría Única.
Por ello, El Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización del Ministerio de Turismo RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Tra-Su-Lag, propiedad del Sr. César Alberto Peña, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turísticos, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de cuatro 4 Unidades Alojativas y veinticuatro 24 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Tra-SuLag en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante de su Legajo Hotelero Provincial, presentando las renovaciones de las mismas para el caso de que se encuentren vencidas.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Calidad y Fiscalización.
oOo Resolución Nº 034/12 SCCyFT
S. C. de Bariloche, 25 de septiembre de 2012.
Visto, el Expte n 2.478-AT-10 del Registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/10/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data15/10/2012

Conteggio pagine24

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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