Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/06/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 06 de Junio de 2011

Nº 4939

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 3,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LII
EDICION DE 18 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 18

LEYES

LEY Nº 4654
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- La Provincia de Río Negro adhiere en todos sus términos a la ley nacional n 26047 que establece las disposiciones por las que se regirán los Registros Nacionales de Sociedades por Acciones, de sociedades Extranjeras, de Asociaciones Civiles y Fundaciones y de Sociedades no Accionarias.
Art. 2.- A los fines de lo establecido en el Art. 8 de la ley nacional n 26047, facúltase al Poder Ejecutivo provincial a celebrar los convenios de colaboración necesarios con los organismos competentes del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil once.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

Viedma, 31 de mayo de 2011.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- Esc. Diego Rodolfo Larregui, Ministro de Gobierno.- José Omar Contreras, Ministro de Turismo.
DECRETO Nº 431
Registrada bajo el número de Ley cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro 4654.
Viedma, 31 de mayo de 2011.Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos.
oOo LEY Nº 4655
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Se ratifica, a través de su adhesión, la ley nacional n 26654
que crea un régimen especial para los servicios de transporte turístico terrestre y regula el otorgamiento de los permisos correspondientes para operar en el denominado Corredor de los Lagos.
Art. 2.- Se ratifica el convenio regional suscripto por las autoridades en materia de transporte de las provincias del Neuquén, Río Negro y Chubut, que forma parte de la presente ley como anexo.
Art. 3.- El Poder Ejecutivo, a través de su área competente, podrá establecer modificaciones a las especificaciones técnicas, administrativas y legales cuando razones así lo aconsejen, mediante acuerdos entre las tres provincias.
Art. 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil once.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.- Ing. Víctor Hugo Medina, Secretario Legislativo.

Viedma, 31 de mayo de 2011.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Miguel Ángel Saiz, Gobernador.- José Omar Contreras, Ministro de Turismo.- Ing. Carlos Alberto Oliva, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.DECRETO Nº 432
Registrada bajo el número de Ley cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco 4655.
Viedma, 31 de mayo de 2011.Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos.

CONVENIO REGIONAL PARA LOS SERVICIOS DE
TRANSPORTE TURISTICO TERRESTRE
Ley N 26654
Las Provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut, representadas por los Directores de Transporte el Sr. Luis Alberto De Brida, DNI N 11.074.336
designado como Director Provincial de Transporte de la Provincia del Neuquén mediante Decreto N 1890 de fecha 9/10/2009; el Sr. Rubén Horacio Capo, DNI N 10.942.899 designado como Subsecretario de Transporte de la Provincia de Río Negro mediante Decreto N 866/08 de fecha 12/09/
2008; y el Sr. Fernando Iglesias, DNI N 11.027.366 designado como Director General de Autotransporte Terrestre de la Provincia de Chubut mediante Decreto N 1644 de fecha 5/10/2009, convienen en celebrar el presente convenio denominado Corredor de los Lagos Andino Patagónicos Ley 26654.Artículo 1º - Del Espacio Físico. El espacio físico denominado Corredor de los Lagos Andino Patagónicos determinado en el Art. 4º de la Ley, se corresponde con el determinado por la Disposición N 21 de fecha 17 de diciembre de 1996 de la ex Subsecretaría de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia y que tuviera vigencia a través de las sucesivas Resoluciones de la Secretaría de Transporte de la Nación, en consecuencia el Aeropuerto Internacional Teniente Luis Candelaria, de la ciudad de Bariloche Río Negro, como así también el paso internacional Pino Hachado Neuquén, quedan comprendidos en el espacio definido.Art. 2º - A los fines del Espacio Físico descrito en el Art. 1, las Provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut, consideran incluidos en el Corredor de los Lagos Andino Patagónicos, aquellos centros de interés y/o atención al turista, históricos, religiosos, hoteleros, gastronómicos, y/o de servicios públicos de transporte que se encuentren vinculados por su naturaleza y proximidad geográfica que no excedan los límites impuestos por la Ley y Disposición N 21/1996 en mas de 120 km. Cuando razones climáticas, operativas u condiciones de fuerza mayor impidan temporalmente el acceso a un punto de ingreso de turistas, se admitirá el ingreso y acceso al punto más cercano habilitado como alternativo y bajo el mismo régimen. La aprobación legislativa del presente convenio en cada provincia ratificará la extensión señalada.
Art. 3º - Las Autoridades en materia de transporte de las provincias otorgarán las habilitaciones a los vehículos que cumplan con los requisitos que se establecen en el presente convenio en la modalidad Turismo - Corredor de los Lagos Andino Patagónicos, y, en consecuencia, las unidades estarán facultadas para circular en todo el espacio físico definido en el articulo anterior, desarrollando los servicios para el turismo en cualquiera de las modalidades establecidas por la ley N 26.654.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/06/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data06/06/2011

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1917

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione04/07/2024

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