Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/05/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Art. 2º.- Inscribir al establecimiento Ruca Peñi en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.
oOo Resolución Nº 156/11 MT
Viedma, 13 de abril de 2011..
Visto, el Expte n 1.717-AT-02 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Familia Novielo, propiedad del Sr. Raúl Enrique Novielo, con domicilio en la Ruta Nacional 40, Km 1300, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 10/07/02, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 47 obra Acta de Inspección n 0486 y a Fs. 48/
63 el relevamiento confeccionado con fecha 24 de noviembre de 2009;
Que a Fs. 64/66, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento denominado Familia Novielo, propiedad del Sr.
Raúl Enrique Novielo, DNI 11.615.137, en el Tipo 5: CAT Casas de Alquiler Turístico, Categoría:
Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/
03 y Resolución 228/05, con un total de cinco 5
Unidades Alojativas y veinticuatro 24 Plazas.
Art. 2.- Inscribir al establecimiento Familia Novielo en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.

BOLETIN OFICIAL N 4929
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.
oOo Resolución Nº 157/11 MT
Viedma, 13 de abril de 2011..
Visto, el Expte n 2.457-AT-09 del registro de la Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado La Terraza, comodataria de la Srta. Nancy Beatriz López, con domicilio en la Av. Belgrano 1738 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 14/10/09, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 06 obra Acta de Inspección n 0463 y a Fs. 07/
16 el relevamiento confeccionado con fecha 08 de octubre de 2009;
Que a Fs. 17/19, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento denominado La Terraza, comodataria de la Srta.
Nancy Beatriz López, DNI 25.338.026, en el Tipo 5: CAT Casas de Alquiler Turístico, Categoría:
Única, en virtud de lo normado por /a Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de tres 3 Unidades Alojativas y doce 12 Plazas.
Art. 2.- Inscribir al establecimiento La Terraza en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.
oOo Resolución Nº 158/11 MT
Viedma, 13 de abril de 2011..
Visto, el Expte n 1.452-AT-92 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Lincoln
Viedma, 02 de Mayo de 2011
Ranch, propiedad del Sr. Agustín Alonso de la Fuente, con domicilio en la calle Los Maitenes s/n de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 20/03/92, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 100 obra Acta de Inspección n 0497 y a Fs.
101/124 el relevamiento confeccionado con fecha 26 de noviembre de 2009;
Que a Fs. 126/128, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 2: Apart Hotel, Modalidad: Cabañas y con un puntaje de trescientos treinta y uno con 72/100 331,72
puntos, lo que determina la categoría de Dos 2
Estrellas.
Por ello, El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Lincoln Ranch, propiedad del Sr. Agustín Alonso de la Fuente, DNI.
93.670.062, en el Tipo 2: Apart Hotel, Modalidad:
Cabañas, Categoría: Dos 2 Estrellas, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de once 11 Unidades Alojativas y cincuenta y cuatro 54 Plazas Hoteleras.
Art. 2.- Inscribir al establecimiento Lincoln Ranch en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la reepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.
oOo Resolución Nº 159/11 MT
Viedma, 13 de abril de 2011..
Visto, el Expte n 2.257-AT-05 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramitó la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Los Teros, propiedad del Sr. Fabio Nir Ekdesman, con domicilio en la Tres Cipreses s/n la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 246/06, de fecha 19/07/06
se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 2: AH Apart Hotel, Modalidad:
Cabañas, Categoría: Tres 3 Estrellas, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 6/10/2009 se realizó un nuevo relevamiento hotelero que se encuentra a Fs 140/
159 y Acta de Inspección n 0443 a Fs. 139;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/05/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data02/05/2011

Conteggio pagine30

Numero di edizioni1920

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione15/07/2024

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