Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/02/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4803

Sra. Patricia Elda Querejeta, Cuil Nº 27-12768064-2, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 194/76.- Expte. Nº 50073-COD2010.
DECRETO Nº 42.- 5-02-2010.- Limitar los servicios a partir del 1 de enero de 2010, al Subcomisario, Agrupamiento Seguridad - Escalafón General, Bautista Colicheo, DNI. Nº 10.207.820, Clase 1951, Legajo Personal Nº 5800, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, previsto en el Art.
3º Capítulo III de la Ley L Nº 2.432 y en concordancia con el Art. 148, Título IV, Capítulo I de la Ley L Nº 679 del Personal Policial.- Expte. Nº 099.164-V-09.
oOo
RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
Junta de Disciplina Docente C.P.E. RN
Resolución Nº 07/10 J.D.D.
Edicto:
Se hace saber por este medio al Sr. Edgardo Adrián Miguel, Cuil N 20-26304004-0 que la Junta de Disciplina Docente dependiente del Consejo Provincial de Educación ha dictado la Resolución N 07/JD/
2010, del Expediente N 143110-JD-06, que en su parte pertinente dice:
Viedma R. N., 08 de febrero de 2010.
Visto:
El Expediente N 143110-JD-06 del registro del Consejo Provincial de Educación del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro; s/Presunto Abandono de Cargo docente Miguel, Edgardo Adrián.
Esc. N 279, de Villa Regina, y;
CONSIDERANDO:
Por ello, La Junta de Disciplina Docente RESUELVE:
Artículo 1º - Aplicar al docente Miguel, Edgardo Adrián, Cuil N 20-26304004-0 la sanción prevista en el Art. 61, Inc. g de la Ley 391 -Estatuto del Docentey su modificatoria Ley 2445, Cesantía por el término de tres 3 años en todas las horas y/o cargos que desempeñe, dependientes del Consejo Provincial de Educación.
Art. 2º - Notificar al interesado por medio del Boletín Oficial.
Art. 3º - Registrar, comunicar y archivar.
Queda Ud. debidamente notificado.
María de los A. Migone, Presidente.- Mabel Noemí González, Secretaria.- Mirta Adriana Venchi, Vocal.
oOo Resolución Nº 08/10 J.D.D.
Edicto:
Se hace saber por este medio al Sr. Roque Eusebio Cabrera, Cuil N 20-22057885-3 que la Junta de Disciplina Docente dependiente del Consejo Provincial de Educación ha dictado la Resolución N 08/JD/
2010, del Expediente N 141410-JD-06, que en su parte pertinente dice:
Viedma R.N., 08 de Febrero de 2010.Visto El Expediente N 141410-JD-06 del registro del Consejo Provincial de Educación del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro; s/Situación Irregular y/o Presunto Abandono de Cargo docente Roque Cabrera, CEM N 42 - General Roca, y;
CONSIDERANDO:
Por ello, La Junta de Disciplina Docente RESUELVE:
Artículo 1º - Aplicar al docente Cabrera, Roque Eusebio - Cuil N 20-22057885-3 la sanción prevista en el Art. 61, inc. g de la Ley 391 -Estatuto del Docentey su modificatoria Ley 2445, Cesantía por el término de
tres 3 años en todas las horas y/o cargos que desempeñe, dependientes del Consejo Provincial de Educación.
Art. 2º - Notificar al interesado por medio del Boletín Oficial.
Art. 3º - Registrar, comunicar y archivar.
Queda Ud. debidamente notificado.
María de los A. Migone, Presidente.- Mabel Noemí González, Secretaria.- Mirta Adriana Venchi, Vocal.
oOo Resolución Nº 11/10
Edicto:
Se hace saber por este medio a la Sra. Nélida Edith García, Cuil N 27-14403843-1 que la Junta de Disciplina Docente dependiente del Consejo Provincial de Educación ha dictado la Resolución N 11/JD/2010, del Expediente N 005915-JD-07, que en su parte pertinente dice:
Viedma R. N., 08 de febrero de 2010.Visto:
El Expediente N 005915-JD-07 del registro del Consejo Provincial de Educación del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro; s/Situación Irregular y Presunto Abandono de Cargo doc. García, Nélida Edith, Prof. de Biología del CEM N 32 - Viedma, y;
CONSIDERANDO:
Por ello, La Junta de Disciplina Docente RESUELVE:
Artículo 1º - Aplicar a la docente García, Nélida Edith - Cuil N 27-14403843-1 la sanción prevista en el Art. 61, Inc. g de la Ley 391-Estatuto del Docentey su modificatoria Ley 2445, Cesantía por el término de tres 3 años en todas las horas y/o cargos que desempeñe, dependientes del Consejo Provincial de Educación.
Art. 2º - Notificar a la interesada por medio del Boletín Oficial.
Art. 3º - Registrar, comunicar y archivar.
Queda Ud. debidamente notificado.
María de los A. Migone, Presidente.- Mabel Noemí González, Secretaria.- Mirta Adriana Venchi, Vocal.
oOo Provincia de Río Negro MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 1643
Viedma, 4 de diciembre de 2009.
Visto: El Expte. N 146.688-SSF-09 del registro del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Ley H N 9/02, se autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a emitir Certificados de Deuda Pública denominados Bonos Garantizados de Deuda Pública Rionegrina, hasta la suma de pesos trescientos millones $ 300.000.000,00 para ser aplicados al pago de obligaciones del sector público provincial, como Administración Centralizada, Descentralizada, Entes Autárquicos, Sociedades del Estado, Poder Judicial y Legislativo, consolidadas bajo el régimen de la Ley H
N 3.466;
Que los Certificados se denominan Bonos Garantizados de Deuda Pública Rionegrina BOGAR
Clase I y Clase II;
Que el Art. 17 del mencionado Decreto Ley establece El Poder Ejecutivo podrá, en el marco de la Ley H N 3186 y su reglamentación, implementar la conversión o canje de deuda provincial respecto de obligaciones que provengan de la tenencia de títulos provinciales, creados mediante las Leyes H N 2.545, H
N 3.140 Art. 3, y H N 3.372 Art. 4 por los certificados de deuda publica garantizados BOGAR II;
Que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos determinará el plazo, la forma y demás condiciones conforme las cuales deberá instrumentarse dicho canje o conversión de deuda pública;

Viedma, 15 de Febrero de 2010
Que el presente procedimiento de canje voluntario se efectuará por medio de la Subsecretaría de Financiamiento, atendiendo a las siguientes razones: a una mayor economía procesal y atento a la reducida cantidad de las obligaciones que provienen de las tenencias de títulos provinciales, creados mediante las Leyes H N 2.545, H N 3.140 Art. 3 y H N 3.372 Art. 4;
Que por el Art. 20 del Decreto Ley N 9/02 se autoriza al ex Ministerio de Economía hoy Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos a disponer los mecanismos necesarios para la implementación de dicha Ley;
Que debe fijarse el cronograma de entrega de los Bogar Clase II - Serie II y establecerse el procedimiento para consolidación de deuda;
Que la presente se encuadra en el artículo 16 de la Ley N 4002.
Por ello, El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar al Canje de Títulos Provinciales emitidos por la Provincia de Río Negro a las deudas que provengan de las tenencias originadas mediante las Leyes H N 2.545, H N 3.140 Art. 3, y H
N 3.372 Art. 4 por los certificados de deuda pública garantizados BOGAR II-II, por el término de 180
días corridos a partir de la fecha de la publicación de la presente, para la iniciación del proceso de conversión.Art. 2.- Apruébese el Instructivo de Procedimiento de Canje Bogar Clase II Serie II que como Anexo I
forma parte de la presente.Art. 3.- La Subsecretaría de Financiamiento deberá transferir los Bogar II-II a la cuenta indicada por el tenedor de acuerdo a los términos del Art. 4 del Decreto N 833/09, estableciéndose que al valor técnico del título a la fecha del último cupón pagado se le aplicará la Tasa de interés prevista en la normativa de creación de cada título hasta la fecha de emisión del Bogar Clase II
Serie II y luego se aplicará Tasa Encuesta hasta la fecha de entrega del mismo a Valor Técnico.Art. 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, tómese razón y archívese.Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.- Alicia Baldizzone, Directora General de Administración.

Anexo I
INSTRUCTIVO PROCEDIMIENTO CANJE
BOGAR II - II
1. Todo Tenedor de Títulos Provinciales emitidos por la Provincia de Río Negro Bocón U$S, Bocón Nacional, Río Clase II Series I y II y Cedepir Clase 2
Series I y II deberá dirigirse en forma voluntaria a cualquier Delegación de la Dirección General de Rentas o a la Subsecretaría de Financiamiento de la Provincia de Río Negro sita en 25 de Mayo 99, primer piso, de la ciudad de Viedma, a efectos de retirar los Formularios de Mandato, donde se le indicará el proceso a seguir.
Los citados formularios deberán confeccionarse por triplicado, siendo una copia para el titular, una para el Banco Depositante de los títulos, y otra para la Provincia de Río Negro.2. El Tenedor deberá solicitarle al Banco Depositante un Estado de Cuenta y autorizar la transferencia con destino a la Tesorería General de la Provincia de Río Negro las especies originales y accesorias de los títulos, presentando el Mandato de tenencia, el cual deberá ser certificado por el Banco.3. El Tenedor deberá entregar a la Subsecretaría de Financiamiento o a la Delegación de la Dirección General de Rentas de su lugar de residencia, el Mandato intervenido por el Banco Depositante de los títulos.4. La Tesorería General de la Provincia de Río Negro constatará la efectiva transferencia de los títulos e instruirá a Caja de Valores la transferencia a la cuenta del tenedor de los Bogar Clase II Serie II según Índice de Conversión, de acuerdo a la liquidación confeccionada por la Subsecretaría de Financiamiento.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/02/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data15/02/2010

Conteggio pagine14

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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