Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/11/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, Noviembre de 2009.-

SUPLEMENTO

DECRETO Nº 930
Viedma, 11 de noviembre de 2009.Visto, el Expediente N 126.362-RENTAS-2.009, del registro de la Dirección General de Rentas, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del Contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia, por excepción al Art. 2 de la Ley H N 3.238, celebrado entre el Subsecretario de Ingresos Públicos, a cargo de la Dirección General de Rentas, Cdor. José Luis GIORGIS DNI. N 17.135.856 y el Licenciado en Ciencias de la Computación Claudio Alejandro ARRIAGADA JARA Cuil N 23-275168149, en la Categoría Analista D, SubagrupamientoAnálisis y Diseño, Agrupamiento Desarrollo, del Escalafón de la Ley L N 2.094;
Que el Profesional mencionado prestará sus servicios en la Dirección de Fiscalización Externa Sede Viedma, Area de Inspección, dependiente de la Dirección General de Rentas;
Que el citado Contrato entrará en vigencia a partir de la firma del presente Decreto;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para administrar excepciones en las contrataciones de personal en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial derivado de estrictas razones de orden funcional, se expidió favorablemente en el Punto 07 del Acta N
22/2008, obrante a fojas 36/37, de conformidad al Decreto N 1.774/98;
Que la aptitud psicofísica del postulante, exigida por la normativa de riesgos del trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, el 29 de Julio de 2005, de acuerdo a la fotocopia certificada y agregada a fojas 30;
Que se encuentran cumplimentados los requisitos establecidos en el Art. 12
de la Ley H N 3.238 y del Anexo I de su Decreto Reglamentario N 1.774/98;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley L N 3.487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial;
Que en cumplimiento del Artículo 42 de la Ley H N 4.372 del Presupuesto de Recursos Humanos y Gastos de la Administración Pública Provincial para el ejercicio fiscal 2009, se ha dado intervención a la Subsecretaria de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Dirección General de Rentas, Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado a fojas 49 Vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir de la firma del presente Decreto, el Contrato de Locación de Servicios en relación de Dependencia, celebrado entre el Ministerio de Educación y el Licenciado en Ciencias de la Computación Señor Claudio Alejandro ARRIAGADA JARA CUIL N 23-27516814-9, aprobado por Decreto N 1.751/05.Art. 2.- Aprobar en todos sus términos, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 2 de la Ley H N 3.238, el Contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia celebrado entre el Subsecretario de Ingresos Públicos, a cargo de la Dirección General de Rentas, Contador José Luis GIORGIS
DNI. N 17.135.856 y el Licenciado en Ciencias de la Computación Señor Claudio Alejandro ARRIAGADA JARA Cuil N 23- 27516814-9, en la Categoría Analista D, Subagrupamiento Análisis y Diseño, Agrupamiento Desarrollo, del Escalafón de la Ley L N 2.094 y su equiparación en la Categoría 10 del Agrupamiento profesional Escalafón Ley L N 1.844, del Régimen Retributivo Transitorio según lo determina la Ley L N 3.959 y su Decreto Reglamentario N 03/05, para cumplir funciones en la Dirección de Fiscalización Externa, Sede Viedma, Area de Inspección, dependiente de la Dirección General de Rentas, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2.009.Art. 3.- Proceder a la reserva interna para afrontar las erogaciones resultantes afectándola a los créditos presupuestarios a cargo de la Dirección General de Rentas, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisd.
48
48
48
48
48
48

Progr.
11
11
11
11
11
11

Subprogr. Rec.
00
10
00
10
00
10
00
10
00
10
00
10

Proy.
00
00
00
00
00
00

Activ.
05
05
05
05
05
05

Partida 121
123
124
125
126
127

$
$ $
$ $
$

Monto 3.840,40
815,44
423,12
291,24
5.944,64
151,92

Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- P. F. Verani.-

57

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los 16 días del mes de Octubre de 2.009, se celebra el presente Contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia entre la Dirección General de Rentas, representada en este acto por el Subsecretario de Ingresos Públicos a cargo de la Dirección General de Rentas, Contador José Luis GIORGIS DNI. 17.135.856, constituyendo domicilio en 25 de Mayo N 99 - Viedma, por una parte; y por la otra lo hace, el Licenciado en Ciencias de la Computación Sr. Claudio Alejandro ARRIAGADA JARA Cuil. N 23-27516814-9, con domicilio en Zatti N 77, Departamento 5, de la ciudad de Viedma Provincia de Río Negro, se convienen en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a lo establecido en el Capítulo IX y concordantes del Anexo I de la Ley L N 3.487 y a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO Y FUNCIONES
EL CONTRATADO prestará sus servicios en la Dirección de Fiscalización Externa, sede Viedma, Area de Inspección, dependiente de la Dirección General de Rentas, asignándole las siguientes tareas: Automatizar los procesos relacionados con el Plan de Contribuyentes Reticentes, por localidad. Sistematizar los procedimientos para la implementación del Convenio de Colaboración, Gestión Territorial y Fortalecimiento Institucional suscripto con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ARBA, aprobado por Decreto Provincial N
424/09. Sistematizar, mediante la utilización del Sistema OSIRIS, la información que se recibe como consecuencia del ACUERDO suscripto entre el Gobierno de la provincia de Río Negro y la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP, ratificado por Decreto N 1.339/08, de forma tal que los mencionados datos puedan ser cruzados automáticamente con la información existente en la base de datos de la Dirección General de Rentas. Adaptar el SIAT Sistema Integrado de Administración Tributaria al COT Control de Traslado de mercadería en tránsitopara la incorporación de información, cruce y seguimiento de casos, provenientes del sistema.
SEGUNDA: REMUNERACIÓN
EL CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios, una remuneración mensual equivalente a la Categoría Analista D, Subagrupamiento Análisis y Diseño, Agrupamiento Desarrollo, del Escalafón de la Ley L N
2.094 y su equiparación en la Categoría 10 del Agrupamiento profesional de la Ley L N 1.844, del Régimen Retributivo Transitorio, según lo determina la Ley L
N 3.959 y su Decreto Reglamentario N 03/05, con más los adicionales y asignaciones familiares que se acrediten y otorguen debidamente, previa certificación de los servicios prestados emitida por el Departamento de Administración de Personal. Le corresponderán los proporcionales de aguinaldos y los incrementos con el reajuste de salarios que por aplicación de índices fijos o porcentuales se otorguen en forma general al personal de la Administración Pública Provincial. Asimismo se le practicarán los descuentos de Ley correspondientes al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones SIJP, Régimen de Seguridad Social de la Provincia IProSS y Régimen Previsional Solidario y Obligatorio de Vida, Incapacidad Total y Permanente y Sepelio IAPS.
TERCERA: LICENCIAS
EL CONTRATADO gozará de las licencias previstas en los incisos a, b, c d y e del Artículo N 27, Capítulo IV y Capítulo IX, Artículo 96 del Anexo I del Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, aprobado por la Ley L N3.487.
EL CONTRATADO tendrá derecho a las licencias previstas en los incisos a, b c, d y e del Artículo N 42, limitándose la del inciso f a 10 diez días corridos.
CUARTA: DISCIPLINA
EL CONTRATADO estará sujeto al régimen disciplinario establecido en el Capítulo VI del Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley L N 3.487 y Decreto N 1.405/01, que reglamenta el Artículo 54
de la Ley L N 3052.
QUINTA: ESTABILIDAD, DEBERES Y PROHIBICIONES
EL CONTRATADO carece del derecho a la estabilidad y queda sujeto a los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley L N 3487, en todo cuanto se le aplique y según la reglamentación al efecto.
SEXTA: DURACION DEL CONTRATO.
El presente contrato tendrá vigencia a partir de la firma del presente decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2009.
Podrá ser renovado por decisión del Sr. Director General de Rentas y conforme a las prórrogas que dicte el Poder Ejecutivo.
Las partes podrán rescindir el presente contrato unilateralmente, sin derecho a indemnización alguna, siempre que comuniquen a la otra parte fehacientemente su determinación, con una anticipación mínima de quince días hábiles.
SEPTIMA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para cualquier diferencia que pudiera suscitarse, las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes ordinarios, con asiento en Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.
De plena conformidad de partes, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/11/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data30/11/2009

Conteggio pagine64

Numero di edizioni1927

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione08/08/2024

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