Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Artículo 2.- Inscribir al establecimiento Tosca en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Artículo 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Artículo 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Artículo 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Viedma, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.
Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.

Resolución Nº 679/09 MT
Viedma, 23 de Julio de 2.009.
Visto: El Expte. n 2.385-AT-08 del Registro de la Dirección de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Nijar, concesión de la firma Nijar S. A., con domicilio cn la calle Bartolomé Mitre 490 de la ciudad de Viedma, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05 se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 20/06/08, con habilitación comercial del 19/11/04 y Planos Visados por el municipio con fecha 22/05/96, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 38 obra Acta de Inspección n 0252 y a Fs.39/47 el relevamiento confeccionado con fecha 22 de Agosto de 2.008;
Que a Fs. 49/51, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 1: Hotel, y con un puntaje de Cuatrocientos Treinta y Uno con 46/100
puntos, lo que determina la categoría de Tres 3
Estrellas;
Por ello:
El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Nijar, propiedad de la firma Nijar S.A., en el Tipo 1: Hotel, Categoría Tres 3 Estrellas, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Treinta y Nueve 39 Unidades Alojativas y Ochenta y Dos 82 Plazas hoteleras.
Artículo 2º.- Inscribir al establecimiento Nijar en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Artículo 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Artículo 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.

BOLETIN OFICIAL N 4751
Artículo 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Viedma, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.
Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.

Resolución Nº 690/09 MT
Viedma, 28 de Julio de 2.009.
Visto: El Expte. n 2.433-AT-09 del Registro de la Dirección General de Proyectos y Fiscalización mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado La Posta, propiedad del señor Galván Hugo, con domicilio en la calle Los Notros 1133 de la ciudad de Dina Huapi , y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05 se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 08/06/09, con habilitación comercial del 15/05/09 y certificado de final de obra de 14/05/09, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 05 obra Acta de Inspección n 0409y a Fs.06/18 el relevamiento confeccionado con fecha 26 de Mayo de 2.009;
Que a Fs. 32/34, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: Casa de Alquiler Turístico, Categoría: Única;
Por ello:
El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1º.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado La Posta, propiedad del señor Galván Hugo, en el Tipo 5: Casa de Alquiler Turístico, Categoría Unica, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Tres 03 Unidades Alojativas y Doce 12 Plazas.
Artículo 2.- Inscribir al establecimiento La Posta en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Artículo 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Artículo 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Artículo 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Dina Huapi, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.
Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.

Resolución Nº 691/09 MT
Viedma, 28 de Julio de 2.009.
Visto: El Expte. n 2.384-AT-08 del Registro de la Dirección de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Los Alamos, propiedad del Sr.
Jorge Agustín Badel Carnazola, con domicilio en la calle Los Notros 1255 de la ciudad de Dina Huapi, y
Viedma, 17 de Agosto de 2009
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05 se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 21/05/08, con habilitación comercial del 09/01/07 y certificado de final de obra de 29/12/06, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 17 obra Acta de Inspección n 0346 y a Fs.18/25 el relevamiento confeccionado con fecha 06 de Noviembre de 2.008;
Que a Fs. 26/28, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: Casa de Alquiler Turístico, Categoría: Única;
Por ello:
El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Los Alamos, propiedad del señor Jorge Agustín Badel Carnazola, en el Tipo 5: Casa de Alquiler Turístico, Categoría Unica, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03
y Resolución 228/05, con un total de Una 1 Unidad Alojativa y Cuatro 4 Plazas.
Artículo 2.- Inscribir al establecimiento Los Alamos en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Artículo 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Artículo 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante del Legajo Hotelero Provincial, presentando la renovación de la misma para el caso de que se encuentre vencida.
Artículo 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Dina Huapi, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.
Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.

Resolución Nº 693/09 MT
Viedma, 28 de Julio de 2.009.
Visto: El Expte. n 2.393-AT-08 del Registro de la Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Posada del Cóndor, propiedad del señor Gastón Facundo Rubén Schmeisser, con domicilio en la calle Los Retamos 350
de la ciudad de Dina Huapi, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05 se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 30/10/08, con habilitación comercial del 15/01/07 y visado plano de obra, de 09/02/706, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data16/08/2009

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1923

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione25/07/2024

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