Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/08/2009

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 6 de Agosto de 2009
Que debe entenderse por planificación estratégica, a un sistema de ideas y de pensamientos configurados para someterlos a la acción, y que está destinado al logro y a los fines de la temática considerada. Este sistema, a su vez, busca prevenir y evitar situaciones contingentes no deseadas que de concretarse, deberán ser superadas para preservar los fines y objetivos mediante el planeamiento, la preparación y la dirección, en sus grandes lineamientos, de todos los medios disponibles;
Que la planificación deberá orientarse a la modificación de las pautas sociales de comportamiento poniendo todo su énfasis en una mejor calidad de vida, una mayor importancia de los efectos sociales y del medio ambiente y finalmente en una mayor participación ciudadana en la toma de decisiones. Todo ello, considerando que organizar el transporte y el tránsito es un factor de primer orden en el reciclaje del medio ambiente;
Que el Estado por sí solo no puede realizar actividades de Seguridad Vial exitosas a largo plazo.
Las actividades de Seguridad Vial son una tarea social que los organismos estatales no pueden desarrollar con exclusión de otros sectores, ya que de este modo existe el riesgo que sólo se realice una administración de problemas a nivel de organismos públicos. En todos los países en donde se han aplicado políticas exitosas en materia de prevención de accidentes, este supuesto se ha convertido en una norma del tratamiento de la Seguridad Vial. En consecuencia, deben aumentarse las posibilidades prácticas de participación de las instituciones no estatales y de las organizaciones no gubernamentales;
Que es necesario generar un marco de participación y consideración de las actividades de las organizaciones no gubernamentales, para que junto con el Estado se constituyan en motores de la generación de un profundo cambio cultural;
Que la Seguridad Vial es una actividad multidisciplinaria, es por ello que la elaboración, implementación y seguimiento de un Programa de acción, requiere no sólo la consideración integral del problema sino también un marco de organicidad y participación conjunta del Estado, las Organizaciones no Gubernamentales, los sectores manufactureros del transporte, los operadores del mismo y los medios de comunicación, de forma tal de atacar el problema con una estrategia común, evitando el despilfarro de esfuerzos personales y medios materiales;
Que la provincia de Río Negro, no es ajena al resto del país en cuanto a la cantidad de hechos de transito, y las consecuencias que producen e impactan en la población regional este flagelo, considerado por la Organización Mundial de la Salud como pandemia;
Que para contrarrestar el flagelo, existen varios pilares o ejes para lograr la seguridad vial que pretendemos para nuestra población, tales como la Campaña de difusión de prevención Seguridad Vial, Control y Fiscalización del tránsito, Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito, Mapa de RiesgoPuntos Negros, Revisión Técnica Obligatoria y la Educación Vial;
Que en este marco y utilizando un recurso valioso para aquellos ciudadanos que desean un futuro con mejores expectativas, como lo es el conocimiento, es que se emprende el presente trabajo fortaleciendo la creación del Programa de Seguridad Vial;
Que debemos lograr compromisos personales en cada persona, que sale a formar parte del transito diariamente, sin necesidad de la mirada de un fiscalizador para corregir conductas mal incorporadas, que cada uno pueda decir que de nuestra responsabilidad también depende nuestra seguridad;
Que las medidas que se vienen implementando, contribuyen a mejorar la seguridad vial. Persiguiendo el objetivo como lo es la disminución de daños a personas y bienes, preservando el patrimonio privado y público, a través de objetivos concretos como son la educación, la fiscalización, el control;

BOLETIN OFICIAL N 4748
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 15 Inciso 1, 2 y 17 de la Ley K N 4.002; Artículo 37 de la Ley S N 4.200 y lo dispuesto por el Artículo 2 de la Ley N 4.325;
Por ello:
El Ministro de Gobierno RESUELVE:
Artículo 1: Crear en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Secretaría de Seguridad y Justicia, el Programa de Seguridad Vial, que tendrá por misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio provincial, mediante la promoción, coordinación, control y seguimientos de las políticas de seguridad vial nacional.
Artículo 2: Designar como responsable del Programa al Subsecretario de Seguridad Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Seguridad y Justicia, quien tendrá a su cargo la organización, difusión, supervisión y evaluación de todas las actividades que impliquen el desarrollo del mismo, como también la aplicación de políticas y medidas en esta temática.Artículo 3: Las actividades a desarrollar dentro del Programa de Seguridad Vial serán:
a Coordinar las medidas estratégicas y políticas emergentes de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
b Coordinar e impulsar la implementación de políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un movimiento vehicular terrestre seguro en todo el territorio provincial, como complemento y en forma paralela a las medidas nacionales.c Propiciar la actualización de la normativa en materia de seguridad vial.d Evaluar la efectividad de las normas técnicas y legales.
e Acordar con las Fuerzas Públicas la fiscalización en el transito y la seguridad vial.f Realizar y fomentar la investigación de siniestros de tránsito, proponiendo las políticas estratégicas para implementar medidas preventivas en pos de reducir el flagelo por intermedio de la Dirección de Estadística Provincial.
g Organizar y dictar, cursos, jornadas de capacitación destinados al recurso humano vinculado o que pueda vincularse con la seguridad vial.
h Elaborar campañas de seguridad vial de prevención de siniestros viales, coordinando la colaboración de organismos gubernamentales, y no gubernamentales, municipales, de implementación provincial, regional y/o municipal.
i Suscribir convenios de colaboración con organismos, instituciones u otra entidad, en pos de lograr los objetivos de la presente, ad referéndum del Ministerio de Gobierno o el Poder Ejecutivo Provincial según corresponda- .
j Tendrá a su cargo el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito Re.PA.T.k Administrar sus propios recursos.Artículo 4: El responsable del Programa de Seguridad Vial tendrá los siguientes deberes y funciones:
a Ejercer la dirección general del Programa de Seguridad Vial.b Ejercer la administración del Programa de Seguridad Vial suscribiendo los actos administrativos pertinentes, conforme las competencias legales vigentes:
c Elaborar la implementación de los planes anuales.Artículo 5: El citado Programa tendrá por misión la coordinación entre la Provincia y los Municipios de las medidas de fiscalización, control del movimiento vehicular dentro del territorio de la Provincia, debiendo implementar medidas tendiente a unificar la legislación
3 de aplicación, correspondiendo mensualmente presentar informes de las medidas implementadas y efectos.- sector.
Artículo 6: Registrar, comunicar , publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Cr. José L. Rodríguez, Ministro de Gobierno.
oOo Provincia de Río Negro CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
Junta de Disciplina Docente Supervisión Zonal - Roca Resolución Nº 59/09
General Roca, 3 de Agosto de 2.009.
Destinatario: Ramón Ramírez - General Roca, Río Negro.
Cito a Ud., a efectuar su descargo dentro del plazo de diez 10 días hábiles, bajo apercibimiento o en supuesto de silencio a dar por cerrado el sumario instruido s/Presunto abandono de cargo Prof. Ramón Ramírez - Gral. Roca, por el que se tramita Sumario Pedagógico Administrativo, ordenada por Resolución Nº 59/09 de la Junta de Disciplina Docente.
Sede Supervición Zonal - Gral. Roca - Escuela Primaria Nº 168 - Tucumán y Misiones.
Resolución Nº 59/09: Se transcribe texto original.
Viedma R.N., 5 de junio de 2009.
Visto, el Expte. Nº 17.671-EDU-09 del registro del Concejo Provincial de Educación, del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro s/Presunto Abandono de Cargo Prof. Ramón Ramírez, Gral. Roca, y;
CONSIDERANDO:
Que la Directora del CEM Nº 116, Prof. Andrea del Valle Pinto, informa Nota Nº 185/09, que el docente Ramírez, Ramón se encontraría en presunto abandono de cargo fs. 02;
Que obra telegrama de intimación al Sr. Ramírez, Ramón, solicitando regularice la situación laboral fs.
03-04;
Que analizado el expediente de marras, esta Junta de Disciplina Docente amerita ordenar la investigación del hecho denunciado instruyendo sumario al docente Ramón Ramírez, garantizándole el constitucional derecho a defensa;
Que la presente se ajusta a las facultades conferidas por la Ley 391 Estatuto del Docente - y su modificatoria Ley 2445, como así también por la Resolución Nº 2288/
93 - Reglamento de Sumarios.
Por ello, La Junta de Disciplina Docente RESUELVE:
Artículo 1º - Instruir Sumario Administrativo al Prof.
Ramírez, Ramón, Cuil Nº 20-20.557.973-5, docente del establecimiento de Nivel Medio de la ciudad de General Roca.
Art. 2º - Designar al Sumariante Zonal Sr. Juan Pavón para la sustanciación del presente sumario, quedando facultado para nombrar secretario ad hoc.
Art. 3º - Notificar fehacientemente al interesado mediante la Supervisión correspondiente.
Art. 4º - Registrar, comunicar y archivar.
Juan Ernesto Pavón, Instructor Sumariante - Junta de Disciplina Docente - C.P.E.
oOo Resolución Nº 68/09
General Roca, 3 de Agosto de 2.009.
Destinatario: Roxana Leguizamón - General Roca, Río Negro.
Cito a Ud., a efectuar su descargo dentro del plazo de diez 10 días hábiles, bajo apercibimiento o en supuesto de silencio a dar por cerrado el sumario instruido s/Presunto abandono de Cargos y Presunto incumplimiento de la Normativa vigente en Licencias por enfermedad Leguizamón Roxana, por el que se tramita Sumario Pedagógico Administrativo, ordenada por Resolución Nº 68-JD-09 de la Junta de Disciplina Docente.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/08/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data06/08/2009

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1918

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione08/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2009>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031