Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/12/2007

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

4
ANEXO I AL DECRETO N 1361
Personal Temporario Partidas Sra. Olga Suyhay Quilapan RETRIBUCIÓN AL CARGO
121
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO
123
CONTRIB. PATRON. JUBILACIÓN
124
CONTRIB. OBRA SOCIAL
125
COMPLEMENTOS
126
CONTRIB. P/OTRAS O. SOCIALES
127
COMISIONES BANCARIAS
355
TOTAL

BOLETIN OFICIAL N 4581

Período 01-01-07
Al 31-12-07
$ 7.814,40
$ 651,20
$ 860,95
$ 465,61
$ 8.356,40
$ 189,63
$ 76,50
$ 18.414,69

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Secretaría General de la Gobernación, representada por el Señor Francisco Javier GONZALEZ, DNI N 17.284.315 CUIL N 20-17284315-9, con domicilio legal en calle Laprida N 212, de la Ciudad de Viedma, en adelante EL CONTRATANTE, por una parte y la Señora Olga Suyhay QUILAPAN, DNI N 17.868.730, CUIL N 2717868730-7, con domicilio en calle Isidro Alvarez N 271, de la Localidad de Las Grutas, en adelante LA CONTRATADA, por la otra parte, se conviene celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATANTE encomienda a LA CONTRATADA el cargo de bibliotecaria de la Biblioteca Popular Comandante Luis Piedra Buena de la Localidad de Las Grutas, dependiendo de la Secretaría General de la Gobernación.SEGUNDA: LA CONTRATADA percibirá como retribución de sus servicios el equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón de la Ley N 1844, de acuerdo a los montos establecidos por la Ley de remuneración en vigencia, previa certificación de sus servicios mensuales, percibiendo además las asignaciones de Sueldo Anual Complementario, Viáticos y toda otra compensación que hubiere, inclusive aumento de asignaciones y otros beneficios existentes o que se otorguen en carácter general a los agentes de Planta Permanente.
Como así también a lo establecido en la Ley N 3487.TERCERA: LA CONTRATADA prestará servicios en el horario, forma y lugar que establezca EL CONTRATANTE.
CUARTA: LA CONTRATADA tiene derecho a las licencias instituidas en el capítulo IX de la Ley N 3487 en cuanto al Personal no permanente.
QUINTA: La retribución de la CONTRATADA estará sujeta a los descuentos previsionales establecidos por las Leyes Previsionales vigentes y cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.SEXTA: LA CONTRATADA queda sometida a las disposiciones de la Ley N 3487 y supletoriamente a la Ley N 1844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia. Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este Organismo.
LA CONTRATADA queda sometida a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.SEPTIMA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente, en cualquier momento sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. La rescisión se operará de pleno derecho con la comunicación fehaciente con treinta 30 días de anticipación.OCTAVA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de Enero de 2007
y hasta el 31 de Diciembre de 2007, pudiendo ser prorrogado de acuerdo a lo que establezcan las normas legales que se dicten al respecto y con el simple acuerdo de las partes.
NOVENA: Para todos los efectos emergentes de este Contrato las partes constituyen domicilio en los indicados ut-supra, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la Ciudad de Viedma, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro a los 03
días del mes de Septiembre del año 2.007.oOo DECRETO Nº 1362
Viedma, 21 de noviembre de 2007.Visto, el Expediente N 14478-G-2006, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita el Contrato de Locación de Servicios
mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3.238 de la Señorita Marianela GADANO DNI N 26.805.279, CUIL N 27-26805279-3, para desempeñar tareas administrativas en la Delegación II de la ciudad de General Roca de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno, Jurisdicción 17 Programa 14.00.00.01;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;

Viedma, 31 de Diciembre de 2007

Que la contratación de la Señorita Marianela GADANO fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3.487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que la aptitud psicofísica de la postulante, exigida por la normativa de riesgos del trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, obrante a fojas 33;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado a fojas 41 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno representado por su titular Señor Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N 14.853.721 y la Señorita Marianela GADANO DNI N
26.805.279, CUIL N 27-26805279-3, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2007 para cumplir tareas administrativas en la Delegación II de la ciudad de General Roca de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno.Art. 2.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 3 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón de la Ley N 1.844.Art. 3.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 14.00.00.01, Partidas 121 $ 2.164,00, 123 $ 366,67, 124 $ 256,76, 125 $ 138,86, 126 $ 2.236,00
y 127 $ 109,18, Código de Recursos 10 de Rentas Generales para atender las erogaciones resultantes.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 5.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, señor Pedro Iván LAZZERI
D.N.I. N 14.853.721, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO y la señorita Marianela GADANO, D.N.I. N 26.805.279, CUIL N 27-26805279-3, con domicilio en Irigoyen N 1283 de la ciudad de General Roca, por la otra, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL CONTRATADO cumplirá tareas administrativas en la Delegación II de Registro Civil y Capacidad de las Personas en la ciudad de General Roca, dependiente del Ministerio de Gobierno.SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N 1844, de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: salario familiar y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2007.CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.QUINTA: El CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley N 3487 Capítulo IX y Acta N 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.SEXTA: La retribución de El CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.
SEPTIMA: El CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El ORGANISMO
comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.OCTAVA: Las partes podrán, sin causa alguna, rescindir el presente contrato sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/12/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data31/12/2007

Conteggio pagine38

Numero di edizioni1924

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione29/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2007>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031