Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/08/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4541

Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas JU.FE.JUS.; Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y Federación Argentina de la Magistratura F.A.M..Que el propósito de dicha Jornada está orientado a desarrollar criterios de gestión, propiciar mecanismos para reducir la litigiosidad y buscar herramientas para impulsar un cambio desde el Poder Judicial.
Que las razones expuestas fundamentan el auspicio y colaboración del Poder Judicial de Río Negro.
Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia RESUELVE:
1.- Declarar de Interés Judicial y Auspiciar oficialmente la Jornada Preparatoria de la Segunda Conferencia Nacional de Jueces que se desarrollará el día 9 de agosto del corriente, en la ciudad de General Roca.
2º - Facultar al Presidente del Superior Tribunal de Justicia a efectos de ponderar dicho auspicio, haciendo saber a la Administración General del Poder Judicial a fin de adoptar los recaudos administrativos correspondientes.
3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, notifíquese y oportunamente archívese.
Fdo.: Víctor Hugo Sodero Nievas, Presidente STJ.Alberto Italo Balladini, Juez STJ.- Ante mí: Stella Latorre, Secretaria Superintendencia STJ.
Resolución Nro. 541
Viedma, 2 de agosto de 2007.Visto y Considerando:
Que en el marco de las actividades de la Escuela de Capacitación Judicial previstas para el año en curso, se realizará el Seminario - Taller Una Contribución a
Viedma, 13 de Agosto del 2007

las Unidades Judiciales: Herramientas para el Manejo de los Conflictos Internos en la ciudad de San Carlos de Bariloche durante los días 4 y 5/09/07, y en Cipolletti los días 10 y 11/09/07.Que el mismo, será dictado por los Dres. Gladys Alvarez y Damián DAlessio con la colaboración del Área Técnica de Recursos Humanos del Poder Judicial;
Que teniendo en cuenta que la temática a tratarse en el mismo apunta a la comprensión y solución de los conflictos en los organismos judiciales, dicho seminario está destinado a Miembros de Tribunales Colegiados, titulares de Juzgados Unipersonales y Representantes del Ministerio Público de la Tercera y Cuarta Circunscripciones Judiciales, cuya asistencia será obligatoria, acorde a lo dispuesto por la Acordada 12/2005, apartado 16, con ajuste al inc. 8 del art. 206 de la C.P. y el Art. 12 in fine de la Ley 2430, compartiendo la Sra. Procuradora General dicha obligatoriedad en lo que respecta a los Representantes del Ministerio Público de la dichas Circunscripciones;
Que la Organización del evento estará a cargo de la Escuela de Capacitación Judicial de la Provincia y el Área Técnica de Recursos Humanos, con el apoyo logístico de la Delegaciones Administrativas de San Carlos de Bariloche y Cipolletti;
Que este Superior Tribunal de Justicia considera necesario disponer la suspensión de términos judiciales, sin perjuicio de los actos procesales que se cumplan en los organismos judiciales de la Tercera Circunscripción judicial para los días 4 y 5/09/07 y en los organismos judiciales de la Cuarta Circunscripción Judicial durante los días 10 y 11/09/07.-

Que la Administración General deberá arbitrar las medidas pertinentes para posibilitar la asistencia de los magistrados y funcionarios y funcionarios designados.
Por ello, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia RESUELVE:
1º - Convocar a los Sres. Miembros de Tribunales Colegiados, titulares de Juzgados Unipersonales y Representantes del Ministerio Público de la Tercera y Cuarta Circunscripciones Judiciales, a participar del Seminario - Taller Una Contribución a las Unidades Judiciales: Herramientas para el Manejo de los Conflictos Internos que se realizará en las ciudades de San Carlos de Bariloche durante los días 4 y 05/09/
07, y en Cipolletti durante los días 10 y 11/09/07, cuya asistencia será obligatoria, acorde a lo dispuesto por la Acordada 12/2005 apartado 16, con ajuste al inc. 8 del art. 206 de la C.P. y el art. 12 in fine de la Ley 2430.2º - Disponer suspensión de términos judiciales, sin perjuicio de los actos procesales que se cumplan en los organismos judiciales de la Tercera Circunscripción Judicial para los días 4 y 5/09/07 y en los organismos judiciales de la Cuarta Circunscripción Judicial durante los días 10 y 11/09/07.3º - Las Administración General instrumentará los actos que sean menester para las actividades antes señaladas.4º - Registrar, comunicar, tomar razón y oportunamente archivar.Fdo.: Víctor Hugo Sodero Nievas, Presidente STJ.Alberto Italo Balladini, Juez STJ.- Luis Alfredo Lutz, Juez STJ.- Ante mí: Stella Latorre, Secretaria Superintendencia STJ.-

oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 895
Viedma, 1 de agosto de 2007.
Visto, los artículos 22 y 23 de la Ley 1301, y CONSIDERANDO:
Que la Federación de Clínicas FECLIR de la Provincia de Río Negro ha solicitado la prórroga del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos atento la imposibilidad material de realizarlos. Funda su dificultad en la abultada deuda que mantiene el Instituto Provincial de Seguros de Salud IPROSS con los integrantes de la Federación;
Que dicho inconveniente fue tratado en una reunión conjunta entre los representantes de la FECLIR, el IPROSS, y la DGR. En ella, luego de analizar las diferentes variantes, se acordó articular los mecanismos necesarios para prorrogar el pago de los vencimientos correspondiente al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos abarcando el período 05/2007 al 12/2007 inclusive;
Que dicha prorroga se mantendrá hasta tanto se resuelva la problemática planteada, o finalice el período de tiempo detallado, encontrándose facultada únicamente la DGR para analizar su continuidad;
Que conforme los artículos 22 y 23 de la Ley 1301, la Dirección General de Rentas se halla facultada para determinar la forma, plazos y condiciones en que los contribuyentes deberán integrar el impuesto.
Por ello, El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c. de la Dirección General de Rentas RESUELVE:
1 .- Prorróguense los vencimientos de los anticipos 5 a 12/2007 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ambos inclusive, para aquellos contribuyentes adheridos a la Federación de Clínicas de la Provincia de Río Negro FECLIR y que se encuentran identificados en el anexo que integra la presente, de acuerdo al siguiente detalle:
Contribuyentes Directos A n ticip o
M es d el n u ev o V en cim ien to
C o ntrib. co n N ros. de C u it ter m in ado s e n:
0-1
2-3
4-5
6-7
8 -9
D ía
D ía
D ía
D ía
D ía
0 5 /0 7

D iciem bre/07

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19

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21

0 6 /0 7

E nero/0 8

15

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18

21

0 7 /0 7

Febrero/08

15

18

19

20

21

0 8 /0 7

M arzo/08

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18

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24

25

0 9 /0 7

A bril/08

15

16

17

18

21

10/0 7

M ayo/08

15

16

19

20

21

1 1 /0 7

Junio/08

17

18

19

20

23

1 2 /0 7

Julio/08

15

16

17

18

21

Contribuyentes de Convenio Multilateral Contribuyentes con Nro. De Inscripción Anticipo
Mes del nuevo Vencimiento
terminados en Dígito Verificador 0-1

2-3

4-5

6-7

8-9

Día
Día
Día
Día
Día
05/07

Diciembre/07

13

14

17

18

19

06/07

Enero/08

14

15

16

17

18

07/07

Febrero/08

13

14

15

18

19

08/07

Marzo/08

13

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18

19

09/07

Abril/08

14

15

16

17

18

10/07

Mayo/08

13

14

15

16

19

11/07

Junio/08

13

17

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19

20

12/07

Julio/08

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18

2.- Será aplicable para los vencimientos precedentes, lo expresado en el Art.
16 del decreto 1129/03 reglamentario del Código Fiscal.
3.- Los contribuyentes encuadrados en la presente deberán presentar las declaraciones juradas mensuales respetando los vencimientos originales, en las cuales informarán las bases imponibles e impuestos declarados de cada período.
4- La presente Resolución tendrá efectos a partir del anticipo 5/2007 para contribuyentes Directos y de Convenio Multilateral. Los anticipos vencidos a la fecha de esta Resolución deberán ser presentados dentro de los cinco 5 días de notificados y serán considerados como presentados en término.
5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.Cr. Graciano A. Bracalente, Subsecretario de Ingresos Públicos a/c. de la Dcción.
Gral. de Rentas.

Anexo de la Resolución DGR Nº 895
Establecimiento Clínica Central SRL
Pimed SRL
Clínica Regina SRL
Clínica Roca S.A.
Clínica San Patricio SRL.
Clínica Santa Catalina SRL
Fumic Inst. Médico Patagónico S.A.
Medicina XXI S.A.

Localidad Villa Regina Choele Choel Villa Regina GeneralRoca Catriel Allen GeneralRoca ChoeleChoel Neuquén
Dirección OHiggins 109
Alsina 863
Las Heras 63
Mitre 310
Jujuy 576
Tomás Orell 145
Chacabuco1632
Avellaneda1023
Alderete445

Cuit 30-58978001-5
30-70817754-3
30-56774601-8
33-54579048-9
30-58925083-0
30-56388750-4
30-63327306-1
30-68958538-4
30-64713850-7

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/08/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data13/08/2007

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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