Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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DECRETO Nº 171
Viedma, 22 de marzo de 2007.Visto, el expediente N 123464-ARN-DyR-2006 del registro de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación del Convenio suscripto entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación y el Municipio de Cervantes, en el marco del Programa de Inserción Comunitaria;
Que dicho Programa está destinado a brindar apoyo económico a la Dirección de Deportes de dicha localidad para solventar parte de los gastos que demanda la provisión de elementos deportivos y otros gastos de organización que hacen al accionar de la misma;
Que corre agregado a éstas actuaciones el Convenio oportunamente celebrado con el Municipio mencionado;
Que al no contar con la documentación necesaria para iniciar la tramitación, no se pudo efectivizar el pago de dicho Convenio en el año 2006;
Que para la prosecución del trámite durante el corriente año obra a fs. 10 la autorización del nuevo Presidente de la Agencia Río Negro y Recreación de la Provincia de Río Negro Señor Carlos Alejandro ZÁRRAGA;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 2 del Decreto N 194/76;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 26 y 27 de la Ley N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 0037207;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inc.1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, representada por el ex Presidente de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación de la Provincia de Río Negro Señor Carlos Enrique GUAITA, D.N.I. N 8.645.860 y el Municipio de Cervantes, representado por su Intendente Señora Regina DE PEDRO, D.N.I. N 4.634.496, en el marco del Programa de Inserción Comunitaria, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Apruébese el gasto por un monto total de PESOS CUATRO MIL $4.000,00 a girar a favor del municipio en una 1 cuota de PESOS MIL
CUATROCIENTOS $ 1.400,00 y dos 2 cuotas de PESOS MIL TRESCIENTOS $ 1.300,00 cada una, durante el transcurso del presente año conforme a la cláusula 1 del Convenio.Art. 3.- El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Cervantes, C.U.I.T. N 30-65056167-4, y/o su Intendente Señora Regina DE PEDRO, C.U.I.L. N
23-04631496-4, quién será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76.Art. 4.- Comprométase la suma otorgada por el Artículo 2, a los créditos de la Jurisdicción 15 Programa 01 - Actividad 01 - Partida 572 Financiamiento 10 Rentas Generales, del Presupuesto general de gastos vigente.Art. 5.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 25
de la Ley N 3.186 abónese por Tesorería General de la Provincia la suma otorgada por el Artículo 2.-

BOLETIN OFICIAL N 4509
Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA
EL PROGAMA DE INSERCION COMUNITARIA
CON LOS MUNICIPIOS.
Entre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el señor Presidente de la Agencia, Don Carlos Enrique GUAITA, con domicilio en Las Heras No 757, de la ciudad de Viedma, en adelante La Agencia, por una parte y por la otra el Sr/a. Intendente REGINA DE
PEDRO C.U.I.L. o C.U.I.T. Nº 23-4631496-4 D.N.I. Nº 4.631.496 con domicilio en la calle San Martin 267 de la localidad de CERVANTES, con el poder suficiente para este acto, en adelante El Beneficiario, se conviene lo siguiente:
OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓN
COMUNITARIA
El presente convenio tiene como objetivo la atención de las necesidades en el aspecto deportivo y recreativo, la compra de material didáctico e indumentaria deportiva de los jóvenes y/o niños asistidos por este programa, por lo cual la Agencia Río Negro Deporte y Recreación conjuntamente con la Municipalidad asumen la responsabilidad en forma recíproca de llevar adelante dicho programa con toda la seriedad que este merece.PRIMERO: La Agencia otorga a El Beneficiario con carácter de apoyo económico cuyo único fin y exclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial de Inserción Comunitaria, la suma de PESOS CUATRO
MIL $ 4000.-, pagadero en tres 3 cuotas durante el transcurso del año, a partir de la iniciación efectiva del Programa, desde el mes de Marzo de 2006 y por el término de diez 10 meses, para atender prestaciones deportivas y/o recreativas anteriormente mencionadas.SEGUNDO: El Beneficiario se compromete a partir de la firma del presente convenio, a confirmar los siguientes datos y requisitos a satisfacción de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación:
a Determinación de la cantidad de asistidos por este Programa. b Determinación de la infraestructura deportiva necesaria o a adquirir.
c Identificación del lugar donde se llevará a cabo el Programa Provincial de inserción Comunitaria.
TERCERO: El Beneficiario se compromete por el presente, a realizar tareas y/o compras específicamente mencionadas en el OBJETIVO de éste convenio, para el normal desarrollo del mismo. Queda expresamente convenido el monto del apoyo económico precedentemente aludido se producirá previa certificación del efectivo cumplimiento del Objetivo de dicho programa.
CUARTO: La Agencia a través de las Agencias Regionales de Deportes y Recreación, efectuará controles en cuanto al funcionamiento e implementación del Programa, realizar evaluaciones mensuales sobre la actividad desarrollada y los adelantos obtenidos.QUINTO: La Agencia dispondrá de la caducidad del beneficiario del apoyo económico por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se asumen en este compromiso y dictar las medidas administrativas que fueran pertinentes, e iniciar las acciones judiciales destinadas a obtener el reintegro de las sumas entregadas.SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes y Recreación de la Provincia de Río Negro, queda autorizada a efectuar inspecciones técnicas
educativas, contables y administrativas, de acuerdo al Programa de Inserción Comunitaria, durante la vigencia del presente convenio.-

Viedma, 23 de Abril del 2007
SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que La Agencia no asume las obligaciones derivadas del rubro contractual o laboral, específicamente los accidentes de trabajo, enfermedades, daños y/o perjuicios que pudiera sufrir el Beneficiario Queda expresamente establecido que dicho personal no tendrá relación de dependiente o contractual con La Agencia, queda asimismo exenta de toda obligación derivada de daños producidos a terceros por El Beneficiario o por el personal que se desempeña en el programa de Inserción Comunitaria que funcione en su jurisdicción.OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitaria está incluido en el Programa Provincial de la Agencia Río Negro deportes y recreación de la Provincia de Río Negro, que aporta el dinero para la puesta en marcha de la iniciativa Municipal.NOVENO: Cada municipio y/o Institución deberá realizar la difusión del Programa de Inserción Comunitaria en los medios de prensa locales y regionales, dando a conocer el convenio y el Objetivo del mismo.
DECIMO: El Beneficiario se compromete a realizar una rendición del gasto realizado ante La Agencia a los treinta 30 días hábiles de realizado el pago de las cuotas, y deberá realizar un informe con las metas alcanzadas dentro programa de Inserción Comunitaria.UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial las partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o Jurisdicción.DUODECIMO: La vigencia del presente Convenio caducará el treinta y uno 31 de Diciembre del año dos mil seis.En prueba de conformidad, se firman tres 03
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Cervantesa los 10 días del de Abril del año dos mil seis.
oOo DECRETO Nº 172
Viedma, 22 de marzo de 2007.Visto, el expediente N 123443-ARN-DyR-2006 del registro de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación del Convenio suscripto entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación y el Municipio de Guardia Mitre, en el marco del Programa de Inserción Comunitaria;
Que dicho Programa está destinado a brindar apoyo económico a la Dirección de Deportes de dicha localidad para solventar parte de los gastos que demanda la provisión de elementos deportivos y otros gastos de organización que hacen al accionar de la misma;
Que corre agregado a éstas actuaciones el Convenio oportunamente celebrado con el Municipio mencionado;
Que al no contar con la documentación necesaria para iniciar la tramitación, no se pudo efectivizar el pago de dicho Convenio en el año 2006;
Que para la prosecución del trámite durante el corriente año obra a fs. 10 la autorización del nuevo Presidente de la Agencia Río Negro y Recreación de la Provincia de Río Negro Señor Carlos Alejandro ZÁRRAGA;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 2 del Decreto N 194/76;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 26 y 27 de la Ley N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 0037307;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/04/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data23/04/2007

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1918

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione08/07/2024

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