Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/12/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial archivar.SAIZ.- A. D. Pega.
CONVENIO
Prórroga En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a 24 días del mes de Febrero de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO PROVINCIAL DE RIO NEGRO, representada en este acto por su titular, Sr. Gobernador, Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO, por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ingeniero Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscrito oportunamente, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004, en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N 1098/
97"LRN, respecto del agente Raúl Manuel ARISMENDI DNI N 21.389.279, quien reviste actualmente con la categoría A-J10 - de la Planta Permanente del Poder Legislativo, a fin de ser transferido temporariamente al Mercado Artesanal, dependiente del Ministerio de la Familia de Río Negro, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.SEGUNDA: La presente prorroga se efectúa a partir del 1 de Enero de 2005, y hasta el 31 de Diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de partes.TERCERA: El agente Raúl Manuel ARISMENDI, en el período indicado precedentemente, cumplirá servicios en el Mercado Artesanal, dependiente del Ministerio de la Familia, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en las Leyes N 3.487 y N 838.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. Alfredo Daniel PEGA, en su carácter de Ministro de la Familia de la Provincia de Río Negro.QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Raúl Manuel ARISMENDI:
En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley, de un mismo tenor y a un solo efecto.oOo DECRETO Nº 1409
Viedma, 13 de Octubre de 2006.Visto, el Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Legislatura de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha celebrado el Convenio entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, para la transferencia temporaria del Señor Francisco Raúl DIGUERO agente del Poder Legislativo al Ministerio de Familia, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratificar el Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo Provincial y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual
BOLETIN OFICIAL N 4468
se establece la transferencia temporaria del Señor Francisco Raúl DIGUERO DNI N 16.731.187 agente del Poder Legislativo, al Ministerio de Familia, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98.Art. 2.- Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dicho agente pasó a prestar servicios en el lugar de destino, no pudiéndose modificar la misma, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Familia.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- A. D. Pega.
CONVENIO
En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 31 días del mes de enero de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO de la PROVINCIA DE RIO NEGRO, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ing. Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N
1098/97 LRN, suscribir el presente Convenio, respecto del agente Francisco Raúl DIGUERO DNI.
N 16.731.187, dependiente de la Legislatura de Río Negro, a fin de ser transferido temporariamente a la Secretaría de Familia del MINISTERIO DE FAMILIA, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.SEGUNDA: La presente transferencia se efectúa a partir del 1 de enero de 2006, y hasta el 31 de diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.TERCERA: El agente Francisco Raúl DIGUERO, durante el periodo indicado precedentemente, cumplirá funciones en la Secretaría de Familia, del Ministerio de Familia, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en la Ley 838 y en la Ley 3487.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. JULIO
RODOLFO SALTO, en su carácter de Secretario de Familia, del Ministerio de Familia de la provincia de Río Negro.QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Francisco Raúl DIGUERO.En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley, de un mismo tenor y a un solo efecto.
oOo DECRETO Nº 1410
Viedma, 13 de Octubre de 2006.Visto, el Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Legislatura de la Provincia de Río Negro, y;
CONSIDERANDO:
Que se han celebrado las Prórrogas de los Convenios entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, para la transferencia temporaria de las Señoras Adriana Sylvia ABRAMETO, Patricia Mónica MARIÑO y el Señor Agustín BATTISTI BOLAND agentes del Poder Legislativo, al Ministerio de Familia, en un todo de
Viedma, 30 de Noviembre del 2006
acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Articulo 181 inc. 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratificar las Prórrogas de los Convenios celebrados entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por los cuales se establece la transferencia temporaria de las Señoras Adriana Sylvia ABRAMETO DNI N 14.775.419, Patricia Mónica MARIÑO DNI N 17.536.363 y del Señor Agustín BATTISTI BOLAND DNI N 28.392.784 agentes del Poder Legislativo, al Ministerio de Familia, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98.Art. 2.- Notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, la fecha en que dichos agentes pasaron a prestar servicios en el lugar de destino, no pudiéndose modificar la misma, sin previa comunicación a dicho organismo.Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Familia.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- A. D. Pega.
CONVENIO
Prórroga En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 23 días del mes de junio de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO PROVINCIAL DE RIO NEGRO, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ingeniero Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscrito en fecha 08 de Agosto de 2005, con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2005, en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N
1.098/97 LRN, respecto de la Sra. Patricia Mónica MARIÑO DNI N 17.536.363, agente dependiente del Poder Legislativo de Río Negro, a fin de ser transferido temporariamente al Ministerio de la Familia, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa a partir del día 01 enero de 2006, y hasta el día 31 de diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.TERCERA: El agente Patricia Mónica MARIÑO, en el período indicado precedentemente, cumplirá funciones en el Mercado Artesanal Provincial, dependiente del Ministerio de la Familia, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en las Leyes N 3.487 y N 838.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. Alfredo Daniel PEGA, en su carácter de Ministro de la Familia de la Provincia de Río Negro.QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Patricia Mónica MARIÑO.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/12/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data01/12/2006

Conteggio pagine38

Numero di edizioni1920

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione15/07/2024

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