Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/11/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4363

campo de la agrupación tradicionalista Gauchos Libres durante los días 12 y 13 de noviembre del corriente año. El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la asociación civil Federación Gaucha del Río Negro de Allen, y/o su Presidente Señor Julio Guillermo KOPPRIO, C.U.I.L. N 20-07567591-8, quién será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 140262-SCA-DA-05.DECRETO Nº 1467.- 15-11-05.- Otorgando un aporte no reintegrable a la Cooperativa de Provisión y Comercialización Agropecuaria, Apícola y Granjera PRODUCTORES ORGANICOS PATAGONICOS
COOPOP Limitada, CUIT N 33-70730150-9 por la suma de PESOS VEINTE MIL $ 20.000,00
destinado a solventar los gastos que demande el 36 Congreso Provincial de Cooperativas que tendrá lugar en el Balneario El Cóndor, de la ciudad de Viedma durante los días 25, 26 y 27 de Noviembre de 2005. La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto N 194/76 siendo responsables de ello el Presidente, Señor Edgardo TRENTI CUIL N 2005143511-8 y el Secretario de Desarrollo Económico, Guillermo José GROSVALD CUIL N 20-076573167. Expte. Nº 73474-SES-05.DECRETO Nº 1469.- 15-11-05.- Aceptando a partir del 14 de Noviembre de 2005, la renuncia presentada por el Sr Arturo GALIÑANES DNI. N 18.708.086, al cargo de Subsecretario de Promoción Familiar.DECRETO Nº 1475.- 15-11-05.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de PESOS DOS MIL
OCHOCIENTOS $ 2.800,00, a favor de la Municipalidad de Los Menucos, con destino a solventar los gastos que demanda el pago de los Promotores Comunitarios del Programa Comer en Familia. El monto total asignado deberá ser girado a la orden de la Intendente Municipal señora YAUHAR, Mabel Fanny CUIL N 27-13899913-6, siendo responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 95865-SP-05.DECRETO Nº 1477.- 15-11-05.- Adhiriendo a los festejos organizados con motivo de la celebración en la localidad de Allen del Día de la Patrona del Pueblo Santa Catalina V. y M..DECRETO Nº 1478.- 15-11-05.- Otorgando un aporte no reintegrable a la Fundación José A. Balseiro CUIL N 30-62600060-2 por la suma de PESOS
TREINTA MIL $ 30.000,00 destinado a colaborar en la implementación de la Escuela Latinoamericana de Física Forense. La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido en el Decreto N 194/76 siendo responsables de ello el Dr. Ernesto Nelson MARTINEZ CUIL N 20-07938539-6 y el Dr.
Rodolfo Guillermo PREGLIASCO CUIL N 2014927226-8. Expte. Nº 73422-DGA-05.oOo
RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Resolución Nº 563
Viedma, 17 de noviembre de 2005.Visto y Considerando:
Que el Dr. Roberto Joison integrante de la Comisión Organizadora de las V Jornadas Rionegrinas de Derecho Privado, solicita la extensión de la suspensión de términos dispuesta por Res. nro. 527/05-STJ-, al fuero laboral de toda la Provincia, a efectos de que concurran los profesionales que litigan en dicho fuero.Que este Cuerpo considera viable dicha petición, por lo que corresponde disponer la suspensión de términos en el Fuero Laboral para todos los organismos de la Provincia, para el día 24 de noviembre de 2005.-

Por ello, y en uso de atribuciones que le son propias, El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia RESUELVE:
1º - Disponer suspensión de términos en el Fuero Laboral, para todos los organismos de la Provincia, para el día 24 de noviembre del cte. año, conforme considerandos de la presente.2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón y oportunamente archívese.Fdo.: Luis Lutz, Presidente Subrogante S.T.J. - Víctor Hugo Sodero Nievas, Juez S.T.J.
Ante mi: Stella Latorre, Secretaria Superintendencia ST.J.
oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Producción DIRECCIÓN GENERAL DE MINERÍA
Resolución A.M. Nº 47/2005
Viedma, 8 de noviembre del 2005.
Visto, El expediente N 30.077-M-2.005, del registro de la Dirección General de Minería; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita una servidumbre de paso solicitada por la Empresa Studio Prima S.A. para las canteras Jorge Expediente N 30.017-M-2.005;
Hugo Expediente N 30.021-M-05; Konda Expediente N 30.020-M-05;
Que la servidumbre fue ubicada por Catastro Minero con fecha 6 de Junio de 2.005, de acuerdo a la constancia de fojas 6;
Que Escribanía de Minas, de conformidad a lo establecido en el Art. 122 de la Ley 3673 certifica la vigencia de los derechos en trámite, a cuyo favor se solicita la servidumbre;
Que del informe de Area Técnica a fojas 8, se desprende la necesidad de otorgar la servidumbre solicitada, dando cumplimiento así a lo determinado en el Art. 122 segunda parte;
Que la solicitud de servidumbre se ubica en tierras fiscales, según informe de la Dirección General de Catastro e Información Territorial, a fojas 11, por lo que se cumplió con el trámite previsto en el artículo 70 de la Ley, de conformidad a lo establecido en el art. 123, parr.
2 de la Ley 3673;
Que la Dirección de Tierras, Colonias y Asesoramiento Técnico Institucional se expide mediante el Dictamen N 70, Atento a que la Dirección General de Minería es la Autoridad de aplicación que según el art. 121 y ss. de la Ley 3673 Cód. Proc.
Minero debe constituir la servidumbre solicitada
Que se dió cumplimiento a lo establecido en el artículo 123 del Código de Procedimiento Minero, respecto a la publicación de edictos, conforme surge a fojas 22/23 del expediente de marras;
Que es de práctica de la Dirección y en virtud de lo establecido en el art. 53 del Código de Minería de Nación, enviar copia del edicto de la solicitud de servidumbre, al Jefe de Policía de Río Negro, a efectos de que el edicto sea expuesto durante quince días consecutivos en las puertas del Destacamento Policial más próximo al Distrito Minero correspondiente, y devuelta a esta Autoridad con constancia de su exposición;
Que a fojas 21 se acredita el cumplimiento de la exposición del edicto mencionado, en la Comisaría 18va.
de Los Menucos;
Que a fojas 24 obra acreditación de Escribanía de Minas, que ha vencido el plazo establecido en el Art.
132 de la Ley 3673, sin deducirse oposiciones de terceros, a la solicitud efectuada;
Que esta Autoridad Minera entiende que debe constituirse la servidumbre solicitada toda vez que según lo dispuesto por el art. 13 del Código de minería la explotación de las minas, su exploración, concesión y demás actos consiguientes, revisten el carácter de utilidad pública

Viedma, 28 de Noviembre del 2005
Que las servidumbres son verdaderas restricciones al dominio y al uso de los bienes de la superficie con el fin de favorecer los trabajos de exploración y explotación de las minas, y se extiende sobre los fundos vecinos, en procura de situaciones favorables a la economía de la explotación;
Que el presente trámite se encuadra en lo dispuesto por los Arts. 146 inc 2 del Código de Minería y 121 y ss.
de la Ley 3673;
Que se dió cumplimiento a lo dispuesto por el art.
12 inc. e de la Ley 2938;
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Por ello, La Autoridad Minera de Primera Instancia RESUELVE:
Artículo 1º - Constituir la servidumbre de paso solicitada por Expediente n 30.077-M-2005, ubicada en los Lotes 77 y 84 de la Sección III del Departamento 25 de Mayo. La traza está conformada por un trazo inicial, de orientación NE-SSO, que parte de la cantera La Bianca para luego bifurcarse y adoptar, en conjunto, forma de Y invertida. Queda definida por las siguientes coordenadas GK-Posgar: Hacia Hugo:
Longitud 3.633 mts.: Vértice 1 = XN-S: 5476969 YEO: 2568849 en Cantera La Bianca; Vértice 2 = XNS: 5476395 YE-O: 2568220; Vértice 3 = XN-S: 5476075
YE-O: 2568091; Vértice 4 = XN-S: 5475313 YE-O:
2568147 en cantera Jorge; Vértice 5 = XN-S:
5474904 YE-O: 2567814; Vértice 6 = XN-S: 5474158
YE-O: 2566945 en Cantera Hugo; Hacia Konda:
Longitud: 1.878 mts.: Vértice 2 = XN-S: 5476395 YEO: 2568220 es Vértice 2 del trazo anterior; Vértice 7 =
XN-S: 5475843 YE-O: 2568972; Vértice 8 = XN-S:
5475360 YE-O: 2569129; Vértice 9 = XN-S: 5474927
YE-O: 2569069 en cantera Konda.Art. 2º - Inscribir en el Registro correspondiente la servidumbre minera otorgada a Studio Prima S.A. titular de las canteras Jorge Expediente N 30.017-M2005; Hugo Expediente N 30.021-M-05; Konda Expediente N 30.020-M-05, ubicadas en la grilla 4169II Los Menucos del Catastro Minero. En parte de los Lotes 77 y 84, ambos de la Sección III del Dpto 25 de Mayo. Localidad próxima: Los Menucos.Art. 3º - Registrar, publicar por una vez en el Boletín Oficial, tome conocimiento Escribanía de Minas, Catastro Minero, Registro Protocolar, Policía Minera.
Cumplido, archívese.Ing. Qco. Gustavo M. Bevacqua, Director General de Minería.- Ana Paula Suárez, Escribana de Minas.
oOo
LICITACIONES

Presidencia de la Nación Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios Secretaría de Obras Públicas DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Licitación Nº 75/05
Aviso de Prórroga La Dirección Nacional de Vialidad, en relación a la Licitación Pública Nacional, comunica la prórroga de la fecha de apertura de la siguiente obra:
Licitación Nº 75/05
Ruta Nacional Nº 23 - Provincia de Río Negro.
Tramo Valcheta - Los Menucos.
Sección VI: Sierra Colorada - Los Menucos.
Tipo de Obra: Comprende la construcción de una obra básica con un ancho de coronamiento de 10,70
m., ejecución de una capa de suelo seleccionado de ripio zarandeado de 7,60 m. de ancho y 0,15 m. de espesor, la ejecución de una base de agregado pétreo y suelo de 7,20 m. de ancho y 0,20 m. de espesor, una imprimación con asfalto diluido tipo EM - 1 en 7,20 m.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/11/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data29/11/2005

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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