Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/10/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 9 de Octubre del 2003

BOLETIN OFICIAL N 4139

Artículo 3.- La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarse a lo establecido por el Decreto N 194/76, siendo responsables de ello el Presidente del EN.DE.CIC., Sr. Miguel Angel Ferrer C.U.I.L. N 20-11612150-7 y la Vicepresidente Sra. Rosa Ivars C.U.I.L. N 27-1-1612212-5
Artículo 4.- Comprometer los créditos y devengar el gasto a la Jurisdicción 28
del Presupuesto General de gastos vigente, conforme al siguiente detalle:

Prog. Subp. Proy. A/O
15
00
00
01
Total
Part.
517

Cód.
Rec. Fte.
Cuenta 11 11777 1011317/1

Importe $ 80.000,00

$ 80.000,00

Artículo 5º.- Devengado el gasto ordenar el pago y abonar a favor del EN.DE.CIC., CUIT 30-70751820-7, por la suma de pesos ochenta mil $ 80.000,00, debitándose de la Cta. Cte. N 1011317/1 "Fondo Nacional Pesquero" FO.
NA.PE, Artículo 6- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Cdor. José Luis Rodríguez, Mtro. de Economía. Pablo Cernaz, Director Gral.

ACTA COMPLEMENTARIA N 1 AL CONVENIO DE COLABORACIÓN
RATIFICADO POR DECRETO N 87/2003, ENTRE EL ENTE DE
DESARROLLO PARA EL LAGO PELLEGRINI, PENINSULA RUCA CÓ, PERILAGO Y CIUDADES DE CINCO SALTOS, CONTRALMIRANTE
CORDERO Y CAMPO GRANDE EN.DE.CIC Y LA DIRECCIÓN DE PESCA
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
Entre Ente de Desarrollo para el lago Pellegrini, Península Ruca Có, Perilago y ciudades de Cinco Saltos, Contralmirante Cordero y Campo Grande en adelante EN.DE.CIC. representado en este acto por su Presidente, el Sr. Miguel A. Ferrer, domiciliado en calle Avenida San Lorenzo 184 1 Piso de la Ciudad de Cinco Saltos, por una parte y la Dirección de Pesca de la Provincia de Río Negro en adelante LA
DIRECCION, representada por su Director el Sr. Italo Antonio Sangiuliano, domiciliado en Belgrano 544 de la ciudad de Viedma por la otra, convienen en celebrar la presente Acta Complementaria N 1 al Convenio de Colaboración entre ambos organismos ratificado por Decreto N 87/2003. La presente Acta Complementaria N 1 se regirá por las cláusulas que siguen a continuación:
PRIMERA: TEMATICA: Las partes se comprometen a trabajar en forma conjunta en el Programa denominado: "Programa de Acciones Complementarias para afianzamiento de medidas de manejo adoptadas sobre el lago Pellegrini y zonas aledañas para el estudio y repoblamiento del recurso íctico, en el marco de alternativas económicas productivas para la población de la región.
SEGUNDA: OBJETO: LA DIRECCION transfiere de acuerdo a la cláusula Cuarta del Convenio Marco obrante como Anexo I del Decreto 87/2003, y de conformidad con artículo 2 del mismo, al EN.DE.CIC un aporte no reintegrable de pesos cincuenta mil $ 50.000,00 a los fines de cumplir con el plan de trabajo del Programa indicado en la cláusula Primera de la presente, de conformidad con la propuesta de trabajo obrante a fs. 34 a 36 en las actuaciones N 66748-DP-02, conformado por nota del EN.DE.CIC a fs.37 de las actuaciones, que se describe en la cláusula tercera de la presente.TERCERA: El aporte no reintegrable indicado en la cláusula Segunda de la presente, será destinada exclusiva y excluyentemente a las actividades referidas en el plan de trabajo del Programa indicado anteriormente, que se reproduce a continuación:
1.- Refacción de las instalaciones y reinauguración de la estación Hidrobiológica del Lago Pellegrini, para la investigación y el desarrollo de programas de trabajo en los cuales las especies de pejerrey y perca bocona son las principales especies objeto de estudio.
2.- La incubación y posterior alevinaje de pejerrey y perca para su posterior siembra en el lago Pellegrini a los fines de la captura de reproductores, desove y posteriormente la incubación artificial de las ovas fecundadas en las instalaciones de la Estación Hidrobiológica antes mencionada.
3.- Adquisición de los elementos mínimos que hacen a la logística necesaria bote, combustible, artes de pesca para el desarrollo de los trabajos propuestos indicados en 1. y 2.
4.- Acondicionamiento y equipamiento de oficina especialmente destinada a estación hidrobiológica, para traslado de oficinas que posee la Dirección de Pesca en la localidad de Cinco Saltos.
5.- Refacción total del vehículo que posee la Dirección de Pesca en la localidad de Cinco Saltos a efectos de permitir el traslado del personal administrativo y de los guardapescas en sus recorridas de trabajo y desde Cinco Saltos donde residen permanentemente hasta el lago Pellegrini, en la cual se establece la sede del asiento de sus funciones.
6.- Pago de las erogaciones asociados con el mantenimiento del vehículo, bote, correspondencia, teléfono, papelería, etc. a los efectos permitir el desarrollo de las actividades de la Dirección de Pesca y del EN.DE.CIC. en la comunidad de Cinco Saltos y en las zona de incumbencia del Lago Pellegrini.-

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CUARTA: La DIRECCION DE PESCA asignará los fondos establecidos en la cláusula Segunda de la presente en un único pago.QUINTA: A los efectos del seguimiento del desarrollo de las actividades comprendidas en la presente Acta Complementaria N 1, créase un Comité de Gestión, integrado por los señores Miguel A. Ferrer y Rosa Ivars por el EN.DE.CIC, Italo Sangiuliano LA DIRECCION y el Sr. Raúl Cardon Subdirector de Pesca Continental y Fauna, de la Provincia de Río Negro.SEXTA: El EN.DE.CIC, siempre que le sea requerido por la Dirección de Pesca, se compromete a suministrar en tiempo y forma toda la información respecto de la evolución del proyecto aprobado por la presente.SEPTIMA: Todas las comunicaciones y actuaciones derivadas de la presente Acta producidas por las partes firmantes deberán ser incorporadas a las actuaciones administrativas N 66748-DP-02.OCTAVA: Las partes acuerdan que la plena vigencia de la presente Acta Complementaria estará sujeta a la ratificación de la misma por el acto administrativo correspondiente del Ministerio de Economía de la Provincia de Río Negro.NOVENA: Ante cualquier divergencia respecto de la interpretación y ejecución de las acciones derivadas de la presente, las partes resolverán sus diferendos en sede administrativa de Secretaría de Estado de Producción de la Provincia de Río Negro.El presente convenio se integra de nueve 9 Cláusulas. En prueba de conformidad, se firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Viedma, a los once días del mes de agosto del año dos mil tres.
Miguel A. Ferrer, Presidente EN.DE.CIC.- Italo A. Sangiuliano, Director de Pesca.

ACTA COMPLEMENTARIA N 2 AL CONVENIO DE COLABORACIÓN
RATIFICADO POR DECRETO N 87/2003, ENTRE EL ENTE DE
DESARROLLO PARA EL LAGO PELLEGRINI, PENINSULA RUCA CÓ, PERILAGO Y CIUDADES DE CINCO SALTOS, CONTRALMIRANTE
CORDERO Y CAMPO GRANDE EN.DE.CIC Y LA DIRECCIÓN DE PESCA
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
Entre el Ente de Desarrollo para el lago Pellegrini, Península de Ruca Có, Perilago y ciudades de Cinco Saltos, Contralmiente Cordero y Campo Grande en adelante EN.DE.CIC, representado en este acto por su Presidente, el Sr. Miguel A. Ferrer, domiciliado en calle Avenida San Lorenzo 184 1 Piso de la Ciudad de Cinco Saltos, por una parte y la Dirección de Pesca de la Provincia de Río Negro en adelante LA
DIRECCION, representada por su Director el Sr. Italo Antonio Sangiuliano, domiciliado en Belgrano 544 de la ciudad de Viedma por la otra, convienen en celebrar la presente Acta Complementaria N 2 al Convenio de Colaboración entre ambos organismos ratificado por Decreto N 87/2003. La presente Acta Complementaria N 2 se regirá por las cláusulas que siguen a continuación:
PRIMERA: TEMATICA: Las partes se comprometen a trabajar en forma conjunta en el Programa denominado: "Fortalecimiento de la sustentabilidad del lago Pellegrini mediante redes de capacitación y contención social para los pescadores del mismo".SEGUNDA: OBJETO: LA DIRECCION transfiere de acuerdo a la cláusula CUARTA del Convenio Marco obrante como Anexo I del Decreto 87/2003, y de conformidad con artículo 2 del mismo, al EN.DE.CIC un aporte no reintegrable de pesos treinta mil $ 30.000,00 a los fines de cumplir con el plan de trabajo del Programa indicado en la cláusula PRIMERA de la presente, de conformidad con la propuesta de trabajo cuyos lineamientos serán acordados en detalle con el ENDECIC
e integrarse a las actuaciones N 66748-DP-02, y que serán establecidos bajo los lineamientos que se expresan en la cláusula tercera.TERCERA: El aporte no reintegrable indicado en la cláusula SEGUNDA de la presente, será destinada exclusiva y excluyentemente a las actividades referidas que se desarrollen en base a los siguientes lineamientos que se reproducen a continuación:
1.- Deberán otorgarse a los pescadores del Lago Pellegrini, conforme acrediten su condición de pescadores de acuerdo con el Registro de Pesca de la DIRECCION
DE PESCA inscriptos a la fecha de firma de la presente;
2.- Deberán indicarse los montos a otorgarse discriminados según su carácter de subsidio y/o beca por beneficiario, que en ningún caso podrán superar por beneficiario la suma de pesos trescientos cincuenta $ 350;
3.- Deberán acordarse con la DIRECCION DE PESCA el perfil de los capacitadores que brindarán el entrenamiento objeto de las becas de reconversión;
4.- Los montos correspondientes a las becas y/o subsidios podrán ser abonados de manera mensual;
5.- La duración de las actividades del programa indicado en la CLAUSULA
PRIMERA tendrá una duración de doce 12 meses, y estará sujeto a su evaluación por parte de la DIRECCION DE PESCA cuando ésta lo requiriere.
CUARTA: La DIRECCION DE PESCA asignará los fondos establecidos en la cláusula SEGUNDA de la presente en un único pago.QUINTA: A los efectos del seguimiento del desarrollo de las actividades comprendidas en la presente Acta Complementaria N 2, créase un Comité de Gestión, integrado por los señores Miguel A. Ferrer y Rosa Ivars por el EN.DE.CIC, el Dr.
Miguel Saiz, Legislador Provincial, Italo Sangiuliano LA DIRECCION y el Sr.
Raúl Cardon Subdirector de Pesca Continental y Fauna, de la Provincia de Río Negro.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/10/2003

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data08/10/2003

Conteggio pagine24

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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