Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2024 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXIV - Nº 120
CORDOBA, R.A. MARTES 11 DE JUNIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

1. Convocatoria: El Departamento Ejecutivo Municipal abrirá un Registro de in-teresados en la adquisición de las fracciones de terreno remanentes del Loteo Municipal aprobado por Ordenanza N 019/2022, durante veinte 20 días hábi-les contados desde la última de las publicaciones previstas en el inciso siguiente.
A ese Registro se incorporarán los interesados que ya hayan manifestado su interés en la adquisición de fracciones de terreno en el Loteo Municipal.
2. Publicaciones: La convocatoria de los interesados en adquirir las fracciones de terreno deberán ser realizadas mediante el Edicto que, como Anexo I, forma par-te de esta reglamentación, que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en la página Web oficial de la Municipalidad; en las puer-tas de la sede municipal y en los medios de comunicación de la localidad, duran-te la semana comprendida entre los días 10 y 12 de junio de 2024.
3. Requisitos: Sólo se inscribirá en el Registro a las personas que cumplan los si-guientes requisitos:
3.1.Que presenten Libre de Deuda que acredita que no registra deuda pendiente de pago con la Municipalidad de San Basilio, por cualquier tí-tulo que sea;
3.2.Que ofrezcan dos 2 garantías personales, aceptables a exclusivo criterio del Departamento Ejecutivo Municipal;
3.3.Que tengan residencia comprobable en la localidad de San Basilio durante los últimos dos 2 años, contados desde la aprobación del pre-sente.
3.4.Que no sean adjudicatarios de otro lote en el mismo Loteo Muni-cipal aprobado por Ordenanza N 019/2022;
3.5.Que no pretendan adquirir más de una 1 de las fracciones de te-rreno que se ofrecen en venta, por cada grupo familiar.

ciones ofrecidas en venta;
4.2.Mediante sorteo público, en el caso en que los interesados inscrip-tos superen a las fracciones ofrecidas en venta, a realizarse en la sede de la Municipalidad de San Basilio, ante Juez de Paz, el décimo día poste-rior al cierre del plazo de inscripciones indicado en el inciso 1.
4.3.En el mismo acto deberá confeccionarse un orden de lista de su-plentes con los interesados que no resulten adjudicatarios de fracciones de terreno;
4.4.En cualquiera de los casos anteriores, la individualización de la fracción de terreno que sea adjudicada deberá ser realizada por sorteo público, en la misma fecha indicada precedentemente.
5. Contratos: Los beneficiarios de la adjudicación de viviendas, según las modali-dades indicadas precedentemente, deberán cumplimentar la presentación de toda la documentación que le sea requerida a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos por la Ordenanza N
16/2024, hasta el quinto día hábil posterior el sorteo, bajo apercibimientos de tener por desistida su adjudicación.
Si, del análisis de la documentación presentada, surge que el adjudicatario no cumplimenta con la totalidad de los requisitos previstos por la Ordenanza N 16/2024, el Departamento Ejecutivo Municipal dictará acto administrativo que disponga su desadjudicación y la adjudicación de la fracción al siguiente en el orden de lista de suplentes que cumpla los requisitos previstos por la citada Or-denanza.
Los adjudicatarios deberán suscribir contratos de compraventa y abonar el precio o la primera cuota en la fecha que le comunique la Municipalidad de San Basilio, bajo apercibimientos de tener por desistida su adjudicación.
6. Autoridad de Aplicación: Es Autoridad de Aplicación del presente Decreto la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de San Basilio.

ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE, publíquese, regístrese y archívese.

4. Adjudicación: Las fracciones de terreno ofrecidas en venta se adjudicarán:
ANEXO

4.1.De manera directa, por orden de inscripción, en el caso en que no se incluya en el Registro una cantidad mayor de interesados a la de las frac-

MUNICIPALIDAD

3 días - Nº 534048 - s/c - 12/6/2024 - BOE

VILLA YACANTO

RESOLUCION N19/2024
VISTO La necesidad de conformar una Comisión para llevar a cabo la Ordenanza 996/2022 Reserva Natural los Piletones del Divisadero.

fortalecer el desarrollo de la Reserva Natural de los Piletones del Divisadero, pretendiendo ser un destino turístico y cultural.
Que de las cuales van a estar integradas por las áreas de Educación,
Y CONSIDERANDO
Que es sumamente importante la creación de la Comisión que fue aprobada por la Ordenanza 996/2022 por el HCD, teniendo como objetivo
Secretaria de Turismo, Secretaria de Medio Ambiente, Cultura y los miembros del Honorable Concejo Delirante.
Por ello:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/06/2024 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data12/06/2024

Conteggio pagine3

Numero di edizioni1462

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione11/07/2024

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