Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/04/2022 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 77
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD DE

BERROTARAN

ORDENANZA 06/2022

Maero Aldo Ernesto D.N.I.: 14.310.630

Visto La solicitud de autorización mediante nota presentada el día 13 de Marzo de 2022, para la construcción de un pozo absorbente en la vereda, presentada por el Sr. Maero Julián Ezequiel D.N.I.: 41.018.969 de la localidad de Berrotarán.

Artículo 2º: .- La intervención deberá ser supervisada por un arquitecto, responsable de la ejecución de la misma.

Considerando Lo dispuesto en la Ordenanza 32/96, Articulo 37 inc. d, donde se prohíbe la construcción de pozos de absorción bajo las veredas.
Que no existe otro posible sitio dentro del lote, donde construir el mismo.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE BERROTARAN EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA 06/2022

El pozo absorbente será calzado con calzas premoldeadas en su totalidad, hasta los cinco metros de profundidad con una losa superior de veinte cm de espesor, realizada de hormigón armado con maya de hierros longitudinales y transversales. El pozo absorbente tendrá un diámetro de un metro y la tapa será rectangular, de 1,20 x 1,50. Debiendo quedar totalmente anulado y asegurado el pozo anterior.
Artículo 3º: COMUNIQUESE, publíquese, dése al registro municipal y archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Berrotarán, en sesión Ordinaria a los veintitrés días del mes de Marzo del año dos mil veintidós..-

Artículo 1º: AUTORICESE la construcción de un pozo negro bajo la vereda en lote ubicado en calle Isaías Kohen y Colon, propiedad del Sr.

MUNICIPALIDAD DE

1 día - Nº 373306 - s/c - 13/04/2022 - BOE

CRUZ ALTA

DECRETO Nº143/2021
Cruz Alta, 20 de Diciembre de 2021
VISTO: La facultad conferida por el art. 49 inc. 17 de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Córdoba Nº 8102, al Intendente Municipal para nombrar los funcionarios a su cargo.
Y CONSIDERANDO:
La necesidad cubrir el cargo de Juez Administrativo de Faltas de este Municipio, por encontrarse el mismo vacante.
Por los motivos aludidos es que se procedió a la búsqueda de un profesional abogado con aptitud comprobable en profesión.
Que en mérito de los fines esgrimidos anteriormente, se valoró positivamente los antecedentes de la Dra. Lorena Paola Pierucci, D.N.I.
30.864.398. Que ha quedado debidamente acreditada la idoneidad de la Dra. Pierucci para desempeñar la función de Juez Administrativo de Faltas municipal.
Y que la letrada no posee inhabilidades o incompatibilidades para el cargo.POR LO EXPUESTO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE el presente Decreto al Honorable Concejo Deliberante de Cruz Alta para su acuerdo conforme el art. 30 inc.
8 de la Ley 8102.

ARTICULO 3º: Publíquese, regístrese y oportunamente archívese.

Fdo. Agustín H. GONZALEZ, Intendente David F. ZANIN AREA, Secretario de Gobierno.1 día - Nº 374553 - s/c - 13/04/2022 - BOE

DECRETO Nº144/2021
Cruz Alta, 22 de Diciembre de 2021
VISTO: La nota presentada por el agente Olga R. SELIS, D.N.I. 17.262.278, con fecha 22 de Diciembre de 2021, solicitando la concesión de una licencia sin goce de haberes desde el día 27/12/2021 hasta el día 27/02/2022, por razones particulares, conforme los términos del Estatuto del Empleado Municipal y su respectiva reglamentación;
Y CONSIDERANDO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CRUZ ALTA
DECRETA:
ARTICULO 1º: DESIGNESE para el cargo de Juez Administrativo de Faltas de la Municipalidad de Cruz Alta -Ad Referendum del Honorable Concejo Deliberantea partir del día de la fecha a la Dra. Lorena Paola Pierucci, D.N.I. 30.864.398.BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que de acuerdo a los términos prescritos por el art. 37 Inc. b, de la Ordenanza 166/88 Estatuto del Empleado Municipal, y su Decreto Reglamentario, el agente cuenta con la posibilidad de tomar licencias sin goce de haberes por razones particulares hasta un término de un 1 año, cuando las posibilidades del servicio lo permitan.

Que consultado el responsable del área donde desarrolla tareas el solicitante, ha informado que el otorgamiento de la licencia peticionada no
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/04/2022 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data13/04/2022

Conteggio pagine6

Numero di edizioni1476

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione02/08/2024

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