Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/04/2022 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 74
CORDOBA, R.A. VIERNES 8 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD DE

VILLA DEL ROSARIO

ORDENANZA 1635-A-2022
VISTO: La Ordenanza Nº 84-A-87 que hace referencia a las obras de Pavimento, Cordón Cuneta, Bocacalles, etc.
Y CONSIDERANDO:
El sostenido crecimiento urbano de la Ciudad de Villa del Rosario que demanda un incremento de obras.
Que es intención de esta Municipalidad extender la cantidad de calles con Pavimento de Hormigón Simple del Ejido Urbano Municipal de la Ciudad de Villa del Rosario, mejorando los servicios y la calidad de vida de los habitantes.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha asumido como política realizar este tipo de obras en forma integral, abarcando las calles faltantes de la misma y dando solución en gran parte de los problemas.
Que son notorios y reconocidos los constantes esfuerzos realizados en los últimos años por la Administración y Gestión Municipal, en cuanto a la optimización de recursos que permitan la concreción de mejoras en las condiciones de la infraestructura pública y urbanización de lotes municipales de la ciudad, donde se han registrado obras de mejoramiento sin precedentes y que han alcanzado a todos los vecinos.

Que el logro de recupero de aportes adeudados por parte de Gobierno Provincial a nuestra ciudad, que formaban parte del viejo Fondo de Desarrollo Urbano, hoy otorgado a través de un FOCON, será destinado a continuar con el Pavimento, en esta oportunidad, de la Calle Sarmiento - Oscar Piccino desde Agrimensor Dalmacio Vélez hasta la intersección con la Ruta Provincial N10, importante ingreso a la ciudad desde el Parque Industrial local, corredor por donde habitualmente los empleados de las diferentes Industrias se trasladan para llegar a su trabajo.

Que, se ha entendido prioritario encarar proyectos, en aquellas arterias que permitan mejorar la vinculación vial de diferentes sectores o barrios de la ciudad. En este caso, conectar la ciudad con los Parques Industriales de la misma.
Que, con esta obra, de pavimentado de la Calle Sarmiento Oscar Piccino, queda completando el Corredor desde calle Los Sauces hasta la intersección con Ruta Provincial N10, lo que facilita el traslado para todos aquellos empleados que recorren el corredor hasta llegar a su lugar de trabajo en épocas de lluvia.
Que, en las zonas del municipio carentes de pavimento, esta obra permite solucionar los problemas de transporte, tránsito vehicular, escurrimiento de aguas, desages, etc. y reducir significativamente el costo de mantenimiento de las calzadas de suelo natural.

Que, el Departamento Ejecutivo Municipal considera importante destinar parte de lo recaudado por cobro a los frentistas beneficiarios de dicha obra, a la urbanización de tierras municipales ubicadas en el Noreste de la ciudad, sobre calle Agrimensor Dalmacio Velez, generando la posibilidad de más de 100 lotes Municipales.
Que, el Departamento Ejecutivo considera, también, destinar parte de lo recaudado por cobro a los frentistas beneficiarios de dicha obra, el mejoramiento del paso por ruta 13 de nuestra ciudad, desde el acceso del Monumento del Fundador hasta el paso nivel del Ferrocarril en el sector Este de la Ruta 13.
Nuestra ciudad es cabecera de Departamento Rio Segundo, se encuentra en un lugar estratégico Industrial, Comercial, Institucional Educativo, entre otros, donde se unen las ruta 10, ruta 9 y ruta 13, generando el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

paso por nuestra ciudad, a vecinos de las localidades de la zona y región, viajeros de las diferentes Provincias de nuestro país, por lo que el Departamento Ejecutivo considera necesario generar sobre el mismo un proyecto integral de sistematización y recuperación, que pueda entregar soluciones de tránsito y acceso a todas las industrias comercios e inclusive paso nivel por calle Córdoba a la Facultad de Medicina Veterinaria, acorde a las necesidades de nuestra ciudad.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DEL
ROSARIO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º. - DECLÁRESE de utilidad pública por la construcción de las Obras de PAVIMENTO y CORDÓN de hormigón simple que comprende:
CALLE SARMIENTO-OSCAR PICCINO: Entre Calle Agrimensor Dalmacio Vélez y Ruta Provincial N10. La superficie total será de 9.167 m2, entre la suma del tramo 1 6.901 m2 y del tramo 2 2.266 m2. La superficie total resulta de multiplicar la longitud del tramo 1 670.88 m y del tramo 2
220.00 m por un ancho de 10,30 m.
Artículo 2.- DECLÁRESE la obra de pago obligatorio por parte de los frentistas del tramo que comprende a la obra.

Artículo 3º. - Especificaciones Técnicas. Objeto de la Obra.

Corresponde la provisión, montaje y puesta en servicio de todos los materiales y maquinarias necesarios para la ejecución de las obras, en un todo de acuerdo con los planos de ubicación y detalle de la Mejora Descriptiva de las Obras. Los trabajos a ejecutar serán:
La construcción de Hormigón que comprende en sus dimensiones el PAVIMENTO y CORDÓN es de una superficie de 9.167 m2 metros cuadrados.Apertura de caja Consistirá en toda excavación necesaria para la construcción de la obra, incluyendo: limpieza del terreno dentro de la zona afectada, ejecución de desmontes, construcción, profundización y rectificación de cunetas, zanjas, cauces y canales, apertura de préstamos para la extracción de suelos, remoción de materiales para destapes de yacimientos, rotura y extracción de pavimentos existentes si los hubiere, transporte y disposición final de sobrantes, formación de terraplenes, rellenos y banquinas utilizando los productos excavados y todo otro trabajo de movimiento de suelos no incluidos en otro ítem del presente pliego, necesario para la finalización de la obra de acuerdo a perfiles e indicaciones en planos y especificaciones de proyecto.
Ejecución Se ejecutarán los trabajos de movimiento de suelo de forma de obtener una sección transversal terminada de acuerdo con las indicaciones de los planos y órdenes de la Inspección; no se deberá, salvo orden expresa escrita de la Inspección, efectuar excavaciones por debajo de la cota de
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/04/2022 - 5º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaeseArgentina

Data09/04/2022

Conteggio pagine11

Numero di edizioni1476

Prima edizione31/07/2018

Ultima edizione02/08/2024

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