Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/05/2023 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

sados, a la Junta de Clasificación; publíquese en el Boletín Oficial y archívese. FDO. PROF. CLAUDIA BRAIN DIRECTORA GENERAL DE
EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL http boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2023/05/60706.pdf
AÑO CX - TOMO DCCI - Nº 89
CORDOBA, R.A. VIERNES 12 DE MAYO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

RESOLUCION N 441. Córdoba, 5 de mayo de 2023 VISTO: La Ley N
10237, el Decreto N 930/15, Decreto Ley 214/E/63 y la Resolución N
0440/2023 de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, mediante la que se convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir los cargos de Director y Vicedirector titular de dicha Dirección, vacantes en las Zonas de Inspección dependientes de la misma; y CONSIDERANDO: que, para determinar las condiciones en las que se realizarán los Concursos de Director y Vicedirector, se deberá tener presente las disposiciones del Art. 62 y Art.
63 del Decreto Ley N 214/E/63, modificado por el Art. 15 y 16 de la Ley 10237; que, en las Resoluciones de la Secretaría de Educación y de las Direcciones Generales de Nivel se reglamentan los alcances de títulos o perfiles en vigencia, y se establecen las condiciones de títulos docentes para el nivel, requerimiento ineludible de admisibilidad del aspirante; que, según el Decreto N 257/19, se podrán dejar establecidos los criterios de valoración de antecedentes aplicables para esta Convocatoria; que en el Artículo 22 del Decreto 930/15 se establece que los Concursos serán de Títulos, Antecedentes y Oposición, por lo que deberá fijarse un tope de puntaje para la clasificación de títulos y antecedentes que represente el veinte 20 por ciento del total posible, siendo el ochenta 80 por ciento para la prueba de oposición; que resulta procedente dispensar de la realización de la Prueba Teórica a aquellos aspirantes que reúnan los requisitos establecidos en la Resolución Ministerial N 1475/16; que siendo el título y la antigedad docente requisitos para acceder al concurso, éstos no se valorarán como antecedentes; Por todo ello, LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL R E S U E L V E Art.
1.- ESTABLECER como requisito indispensable para la inscripción en el Concurso de Directores Titulares de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, dependiente del Ministerio de Educación, revistar en horas cátedra titulares en el Nivel; acreditar ocho 8 años de antigedad docente, cuatro 4 de los cuales deben ser en el nivel y modalidad a la que pertenezca el cargo a concursar y tener título docente Art. 62 del Decreto Ley 214/E/63, modificado por el Art. 15 de la Ley 10237 o titulación reglamentada con alcance docente para el nivel al que aspira. Art. 2.-
ESTABLECER como requisito indispensable para la inscripción en el Concurso de Vicedirectores Titulares de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, dependiente del Ministerio de Educación, revistar en horas cátedra titulares en el Nivel; acreditar seis 6 años de antigedad docente, tres 3 de los cuales deben ser en el nivel y modalidad a la que pertenezca el cargo a concursar y tener título docente Art. 63

Art. 22 del Decreto 930/15. 1 ETAPA: Verificación de títulos y valoración de antecedentes por la Junta de Clasificación sujetos a normativas y criterios establecidos en la Convocatoria. El tope máximo de puntaje para la etapa de clasificación de antecedentes será de veinte 20
puntos, lo que representa el veinte 20 por ciento del total posible. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de cinco 5 puntos para el cargo de Director y cuatro 4 puntos para el cargo de Vicedirector, en ambos casos para acceder a la siguiente etapa. 2 ETAPA: Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica, cada una de las cuales será eliminatoria y su no aprobación producirá la automática exclusión del Concurso. El tope máximo de puntaje para la Etapa de Oposición será de ochenta 80 puntos lo que representa el ochenta 80 por ciento del total posible. I - Prueba Teórica: Consistirá en una evaluación escrita por cada concursante a quien se le plantearán situaciones problemáticas, cuya resolución deberá ser elaborada situado el concursante desde el ejercicio efectivo del cargo directivo al que se postula. El tope máximo de puntaje para la prueba teórica será de treinta 30 puntos. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de quince 15 puntos para acceder a la siguiente etapa. En virtud de la Resolución N 1475/16 del Ministerio de Educación se dispensa de realizar la Prueba Teórica, a los docentes que hubieren aprobado un concurso en los marcos legales citados, en idéntico cargo y nivel o modalidad, y no hubieren resultado adjudicatarios por falta de vacantes. II.- Prueba Práctica: Presentación del Proyecto Institucional con propuestas de mejora según corresponda al cargo directivo que se postula: Observación, Proyecto y Entrevista. El tope máximo de puntaje para la prueba práctica será de cincuenta 50 puntos. El concursante deberá hacerse acreedor a un mínimo de veinticinco 25 puntos para acceder a la siguiente etapa. La misma constará de tres momentos:
Momento Uno.- Observación del funcionamiento del Centro Educativo que se concursa. El concursante deberá contar con sus propios instrumentos de observación y recolección de información, a fin de registrar en los mismos todos los datos que considere significativos para dar cuenta de las dimensiones observadas. Momento Dos - Proyecto Institucional con Propuestas de Mejora Deberá contener: 1 Una apreciación diagnóstica del Centro Educativo para el que se concursa, que identifique las fortalezas y problemáticas más significativas y relevantes teniendo en cuenta las dimensiones pedagógica, institucional, política y cultural; con una jerarquización de las fortalezas y problemas detectados que serán abordados en el Proyecto. 2 Definición de metas logros esperados, que configuren las Propuestas de Mejora en las cuatro dimensiones abordadas; las que deberán ser viables y pertinentes a las posibilidades Institucionales. 3 Pertinencia y coherencia de los aportes teóricos y metodológicos de la propuesta y su vinculación con las políticas educativas vigentes. La planilla de Asistencia, el Instrumento de Observación, la Información relevada y el Proyecto de Mejoras deberán ser presentados en formato digital en la página https
www.cba.gov.ar/concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/ Momento Tres Entrevista Para esta instancia evaluativa, en donde el concursante efectuará la presentación y defensa del Proyecto Institucional de Dirección o Vicedirección, según corresponda, se tendrá en
del Decreto Ley 214/E/63, modificado por el Art. 16 de la Ley 10237 o titulación reglamentada con alcance docente para el nivel al que aspira.
Art. 3.- DISPONER que el proceso concursal se desarrolle en dos etapas, que serán de Títulos, Antecedentes y Oposición, con un puntaje máximo de cien 100 puntos en la sumatoria de ambas. Las instancias concursales serán eliminatorias, debiendo los concursantes reunir un puntaje mínimo en cada una de ellas para acceder a la siguiente
cuenta: 1 Mirada en perspectiva que implique las dimensiones pedagógica, institucional, política y cultural; y de las relaciones entre ellas;
2 Argumentación teórica que dé razones coherentes de las propuestas; 3 Estructura de la Exposición: claridad, uso del vocabulario técnico y esquema de presentación; 4 Materiales y recursos, distribución del tiempo; 5Coherencia entre el informe escrito y la defensa oral. Art.
4.- DISPONER que los adjudicatarios de los cargos concursados, de-

3 días - Nº 453554 - s/c - 12/05/2023 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA
Y FORMACIÓN PROFESIONAL

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/05/2023 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data12/05/2023

Conteggio pagine31

Numero di edizioni4030

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/08/2024

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