Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2021 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 75
CORDOBA, R.A. MARTES 20 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos por los medios legalmente predispuestos con el alcance determinado por la normativa aplicable. Que como regla el Artículo 4 de la ley 9024, establece que, resultando infructuosos los medios de notificación previstos en el mismo, sin más trámite se citará por edictos que se publicarán durante un 1 día únicamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Que de acuerdo al criterio emanado del Juzgado, Secretaria Común de Ejecuciones Fiscales de Córdoba, se ha dispuesto que la publicación sea realizada por cinco 5 días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo previsto por el Artículo 152 y 165
CPCyC de Cba, que regulan la notificación a personas inciertas. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto. 321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S U E
L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente SUCESION INDIVISA
DE VERDE OSCAR JOSE, que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO 2 de la ciudad de CORDOBA, sito en Arturo M Bas 244 PB SECRETARIA FEDERICO MASCHIETTO, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 24 de octubre de 2018. Por presentada la planilla de liquidación. NOTIFÍQUESE al demandado el decreto que antecede, con copia de la liquidación formulada, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.Texto Firmado digitalmente por:
BARRAZA Maria Soledad. OTRO DECRETO: Córdoba, 10 de octubre de 2018.
A mérito del certificado expedido por la autoridad administrativa y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas, conforme lo dispuesto por el artículo 10 6 la Ley provincial Nº 9024
y sus modificatorias: Formúlese liquidación en los términos del artículo 7 del citado cuerpo normativo. NOTIFÍQUESE el presente al demandado, con copia de la liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. Texto Firmado digitalmente por: PONSELLA Monica Alejandra.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/
Rol-Inscripción: 120230382536, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 500519592018, por la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS ONCE CON NOVENTA
CENTAVOS $ 9.811,90 por los períodos: 2014/10-20-30-40-50; 2015/10-2030-40-50; 2016/10-20-30-40-50; 2017/10-20-30-40. ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB.
CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 321/18. R.G. 2164/19. Dirección General de Rentas. Ciudad de
Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 7319331, en los autos caratulados DIRECCIÓN DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ SUCESION INDIVISA DE VERDE OSCAR JOSE - PROCEDIMIENTO
DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA - EXPEDIENTE ELECTRONICO
no se han podido practicar en virtud de las constancias incorporadas en autos.
Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos por los medios legalmente predispuestos con el alcance determinado por la normativa aplicable. Que como regla el Artículo 4 de la ley 9024, establece que, resultando infructuosos los medios de notificación previstos en el mismo, sin más trámite se citará por edictos que se publicarán durante un 1
día únicamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Que de acuerdo al criterio emanado del Juzgado, Secretaria Común de Ejecuciones Fiscales de Córdoba, se ha dispuesto que la publicación sea realizada por cinco 5 días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo previsto por el Artículo 152 y 165 CPCyC
de Cba, que regulan la notificación a personas inciertas. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 2164/19 y Dcto.
321/18. EL SUBDIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA DE
LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S U E L V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente SUCESION INDIVISA DE VERDE OSCAR JOSE, que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE EJECUCION
FISCAL NRO 2 de la ciudad de CORDOBA, sito en Arturo M Bas 244 PB SECRETARIA FEDERICO MASCHIETTO, se ha dictado la siguiente resolución:
Córdoba, 05 de noviembre de 2018. Por presentado en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido. Téngase por adjunta la constancia de Afip.
A mérito del certificado expedido por la autoridad administrativa y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas, conforme lo dispuesto por el artículo 10 6 la Ley provincial Nº 9024 y sus modificatorias: NOTIFÍQUESE el presente al demandado, con copia de la liquidación formulada, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. Asimismo, hágase saber que de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Nº 1493, serie A, dictado el 21 de mayo del corriente año, la comunicación de todos los actos procesales que deban notificarse de oficio en el marco del presente proceso se realizará mediante cédula de notificación digital, en el domicilio electrónico constituido mediante el nombre de usuario y contraseña que posee todo abogado para hacer uso del Servicio Extranet de Consulta de Expedientes, del sitio del Poder Judicial de Córdoba en Internet. Texto Firmado digitalmente por: BARRAZA
Maria Soledad.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia
Córdoba. Provincia de Córdoba.

de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 120230382552, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N
500519612018, por la suma de PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS ONCE
CON NOVENTA CENTAVOS $ 9.811,90 por los períodos: 2014/10-20-30-4050; 2015/10-20-30-40-50; 2016/10-20-30-40-50; 2017/10-20-30-40. ARTÍCULO
3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. CARLOS C. KOVAL YANZI. Subdirector de Jurisdiccion de Gestion
5 días - Nº 306588 - s/c - 21/04/2021 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000101/2021. Córdoba, 06 de abril 2021. VISTO: Que la citación del deudor debidamente diligenciadas en el marco del proceso de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2021 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data20/04/2021

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4008

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione11/07/2024

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