Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2018 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN DJGD 000787/2018/2018. Córdoba, 4 de Octubre del 2018.
VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 7181674, en los autos caratulados DIRECCIÓN DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ DURANTE SANTIAGO AGUSTIN han resultado todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015
por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ser válido el proceso judicial. Que el Artículo 10 5 de la ley 9024
conforme sus modificatorias, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165
del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 1574/08 y Res. De la S.I.P.
15/16. LA DIRECCION DE JURISDICCIÓN DE GESTIÓN DE DEUDA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS RESUELVE: ARTÍCULO
1º.-NOTIFICAR al contribuyente del Impuesto que administra este organismo, personas física o jurídicas, o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto AUTOMOTOR, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 60000202422018, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N AA638GO, por la suma de pesos PESOS DIECISEIS MIL
CIENTO SESENTA Y DOS CON VEINTISEIS CENTAVOS $16162,26
por los períodos 2017/10-20-30-40 para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO2º.-SE HACE SABER
al Contribuyente DURANTE SANTIAGO AGUSTIN que en el/la OFICINA
UNICA DE EJECUCION FISCAL - V. MARIA de la ciudad de VILLA MARIA SECRETARIA TENEDINI, Paola Lilia se ha dictado la siguiente resolución: Villa María, 03 de julio de 2018. Téngase al compareciente por presentado, por parte, en el carácter invocado y acreditado y con el domicilio procesal constituido. Admítase. Tramítese conforme lo dispuesto por los arts. 10 5 sgtes. y conc. de la ley 9024 incorporados por ley 9268.
Al punto III téngase presente lo manifestado. Téngase por manifestada la condición ante la AFIP. Fdo: FLORES, Fernando Martin - JUEZ/A DE 1RA.
INSTANCIA - y TENEDINI, Paola Lilia - SECRETARIO/A JUZGADO 1RA.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CV - TOMO DCXLVI - Nº 199
CORDOBA, R.A. JUEVES 18 DE OCTUBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

INSTANCIA OTRO DECRETO: Villa María, 07 de septiembre de 2018.
Agréguese cedula de notificación sin diligenciar. Téngase presente lo manifestado, en consecuencia, conforme lo solicitado, constancias de autos, y lo dispuesto por los arts. 152 y 165 del Cód. Proc., cítese y emplácese al demandado SANTIAGO AGISTIN DURANTE, para que en el término de VEINTE días comparezca a estar a derecho y tomar participación, bajo apercibimiento de rebeldía, y cítesela de remate en el mismo edictopara que en TRES días más oponga excepciones legítimas, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. NOTIFIQUESE.- Fdo: FLORES, Fernando Martin - JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA - y TENEDINI, Paola Lilia SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIAARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB.
ASTRADA HUGO SEBASTIAN. Jefe de Área Prejudicial y Ejecución Fiscal con control Administrativo. Dto 2523/2010. Resolución Gral Nº 1574/2008.
Resolución de la S.I.P. Nº 15/2016. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 177578 - s/c - 22/10/2018 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJGD 000788/2018. Córdoba, 4 de octubre del 2018. VISTO: Que las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 7181676, en los autos caratulados DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA c/ DURANTE SANTIAGO AGUSTIN Y
OTRO - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA
han resultado todo infructuosas. Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ser válido el proceso judicial. Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conforme sus modificatorias, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO
atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21
del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 1574/08 y Res. De la S.I.P. 15/16. LA DIRECCION DE JURISDICCIÓN
DE GESTIÓN DE DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE: ARTÍCULO 1º.-NOTIFICAR al contribuyente del Impuesto que administra este organismo, personas física o jurídicas, o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: 160525769086, LIQUIDACIÓN
JUDICIAL N 500202282018, por la suma de pesos PESOS OCHENTA Y
SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS $86366,72 por los períodos 2013/82; 2014/82; 2015/30-40-50-81;

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/10/2018 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data18/10/2018

Conteggio pagine42

Numero di edizioni4024

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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