Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2017 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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a
2016 - 2017 Año Brocheriano
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

NOTIFICACIONES
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA

AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 41
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 1º DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

constituidos o, en su defecto, a los domicilios reales art. 54 de la Ley de Procedimiento Administrativo N 6658.-Fdo.: Ab. Mariano M. MENDEZ
a/c Presidencia C.J.P y R. de Cba.5 días - Nº 89301 - s/c - 07/03/2017 - BOE

Expte.: G 0124-184.262/A.I.B-Reclamos sector bancario - La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, ha dictado en el Expediente Administrativo N 0124 184.262, caratulado: A.I.B - Reclamos sector bancario tramitado por ante esta Institución, la siguiente resolución: Resolución Serie D N 000.012, Córdoba, 17 de Febrero de 2017. VISTO: ..Y
CONSIDERANDO:.RESUELVE: ARTICULO 1: RECHAZAR los Recursos de Reconsideración interpuestos de fs. 41-1 a 44-1/2 por los Sres. Sayavedra Víctor Oscar, CUIL N 20-08276524-8; Giraudo Gerardo Adrián, CUIL N 20-12275179-2 y Gómez Roberto Daniel, CUIL N 20-11560321-4;
y RATIFICAR en todos sus términos la resolución Serie F N 000.251 de fecha 22/06/2016 fs. 37/39. ARTICULO 2: RECHAZAR los recursos de Reconsideración interpuestos de fs.45 a 46 por los Sres. Juncos Luis Horacio, CUIL N 20-13154388-4 y Vilta Luis Carlos, CUIL N 20-06493546-2, por resultar formalmente inadmisible y RATIFICAR en todos sus términos la resolución Serie F N 000.251 de fecha 22/06/2016 fs. 37/39. ARTICULO 3: NOTIFIQUESE a los domicilios constituidos, o en su defecto al respectivo domicilio real art.54 de la Ley de Procedimiento Administrativo N 6658. Ab.: Mariano M. MENDEZ A/C Presidencia C.J.P y R. Cba.-

CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Expte.: G 0124-184.628/A.I.B-Reclamos bancarios - La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, ha dictado en el Expediente Administrativo N 0124 184.628, caratulado: A.I.B - Reclamos sector bancario tramitado por ante esta Institución, la siguiente resolución: Resolución Serie D N 000.013, Córdoba, 17 de Febrero de 2017. VISTO: ..Y CONSIDERANDO:.RESUELVE: ARTICULO 1: RECHAZAR los Recursos de Reconsideración interpuestos de fs. 41-1/2 a fs.43-1 por los Sres. Gauna Ataulfo Eduardo, CUIL N 20-04523503-4; García Hugo Leopoldo, CUIL
N 20-08650181-4; Álvarez Abelardo Héctor, CUIL N 20-05619957-9 y RATIFICAR en todos sus términos la resolución Serie F N 000.272 de fecha 29/6/2016 fs. 37/39. ARTICULO 2: NOTIFIQUESE a los domicilios constituidos, o en su defecto al respectivo domicilio real art.54 de la Ley de Procedimiento Administrativo N 6658. Ab.: Mariano M. MENDEZ A/C
Presidencia C.J.P y R. Cba.-
5 días - Nº 89300 - s/c - 07/03/2017 - BOE

5 días - Nº 89288 - s/c - 07/03/2017 - BOE

CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Expte.: G 0124-174.195/A.I.B-Reclamos ley 10078 - La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, ha dictado en el Expediente Administrativo N 0124 174.195, tramitado por ante esta Institución, la siguiente resolución: Resolución Serie D N 000.007, Córdoba, 17 de Febrero de 2017. VISTO: ..Y CONSIDERANDO:.RESUELVE: ARTICULO
1: RECHAZAR el Recurso de Reconsideración interpuesto a fs. 71-1/5 con fecha 26/11/2014 por la Sra. Higinia Delia Cejas, CUIL N 27-04108055-3
por ser formalmente inadmisible. ARTICULO 2: RECHAZAR los Recurso de Reconsideración interpuesto desde fs.61-1/5 hasta 70-1/5 y 72-1/5 a 74-1/3 por los beneficiarios nominados en el Anexo B que consta de una 1 foja útil y forma parte de la presente, en contra de la Resolución Serie B N 000.415 de fecha 29/09/2014 y RATIFICAR en todos sus términos la precitada Resolución, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. ARTICULO 3: NOTIFIQUESE en forma fehaciente a los domicilios constituidos o, en su defecto, a los domicilios reales art. 54 de la Ley de Procedimiento Administrativo N 6658.- Fdo.: Ab. Mariano M. MENDEZ
a/c Presidencia C.J.P y R. de Cba.ANEXO:

MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA

Expte.: G 0124-186.684/A.I.B-Reclamos ley 10078 - La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, ha dictado en el Expediente Administrativo N 0124 186.684, caratulado: A.I.B Reclamos ley 10078

Resolución N 1011/2016 - Ref. Expte N 0622-129914/2016 - La Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional notifica a la Prof. Cristina Mabel SOSA - DNI N 22.455.703 que en el Expte. 0622129914/2016 ha recaído la Resolución Nº 1011/16 de esta Dirección General, de fecha 24/11/2016, y dispone: Art. 1.-DISPONER ad referéndum de la Superioridad, el cambio de lugar físico de prestación de servicios de la Prof. Cristina Mabel SOSA DNI N 22.455.703, en la totalidad de su situación de revista del Instituto Superior Dr. RAMÓN CARRILLO ANEXO
JUÁREZ CELMAN; para cumplir funciones en el INSTITUTO TÉCNICO
SUPERIOR CÓRDOBA de Capital; a partir de la fecha de notificación del presente instrumento legal y mientras se sustancie la investigación administrativa correspondiente; como medida precautoria y sin que implique pronunciarse sobre la responsabilidad de la citada docente; con fundamento en lo contemplado por el Art. 79 de la Ley N 7233 y su Decreto Reglamentario Nº 1080/86, de aplicación supletoria al personal docente por Decreto Nº 4556/85.- Art. 2.- DISPONER ad referéndum de la Superioridad, el cambio de lugar físico de prestación de servicios del Prof.
Humberto Víctor MARTÍNEZ DNI N 17.693.609, en la totalidad de su situación de revista del Instituto Superior Dr. RAMÓN CARRILLO ANEXO
JUÁREZ CELMAN; para cumplir funciones en el IPETYM N 69 JUANA
MANSO DE NORONHA Anexo de Colonia Caroya; a partir de la fecha de notificación del presente instrumento legal y mientras se sustancie la investigación administrativa correspondiente; como medida precautoria y sin que implique pronunciarse sobre la responsabilidad del citado docente;
con fundamento en lo contemplado por el Art. 79 de la Ley N 7233 y su
tramitado por ante esta Institución, la siguiente resolución: Resolución Serie D N 000.014, Córdoba, 17 de Febrero de 2017. VISTO: ..Y CONSIDERANDO:.RESUELVE: ARTICULO 1: RECHAZAR los Recurso de Reconsideración interpuesto desde fs.64-1/3 por la Sra. Otero María Cristina Cuil 27-06397041-2, en contra de la Resolución Serie B N 000.609 de fecha 21/10/2016 y RATIFICAR en todos sus términos la precitada Resolución. ARTICULO 2: NOTIFIQUESE en forma fehaciente a los domicilios
Decreto Reglamentario Nº 1080/86, de aplicación supletoria al personal docente por Decreto Nº 4556/85.- Art. 3º.-SOLICITAR a la Superioridad, se realice una investigación administrativa en el Instituto Superior Dr. RAMÓN CARRILLO ANEXO JUÁREZ CELMAN, tendiente a determinar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se habrían producido los hechos denunciados y en los que estarían involucrados los agentes mencionados; con el fin de determinar las responsabilidades que pudie-

5 días - Nº 89283 - s/c - 07/03/2017 - BOE

CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/03/2017 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data01/03/2017

Conteggio pagine10

Numero di edizioni4005

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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