Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/12/2015 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 11 de Diciembre de 2015

Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCXII - Nº 236

treinta 30 días hábiles, de no mediar manifestación expresa en contrario por parte del oferente, con una antelación no menor a tres 3 días hábiles a la fecha de cada uno de los vencimientos.
hForma de Adjudicación: Criterio de selección: precio.
iDocumentación a presentar:
1Índice General de la presentación 2Oferta económica: La propuesta en original y duplicado, firmada por el oferente o su representante legal, sin enmiendas, ni raspaduras, debiendo en su caso estar debidamente salvadas. El monto de la propuesta deberá ser expresado en números y letras. El monto cotizado deberá incluir el IVA y todos los impuestos que pudieran corresponder.
3Garantía de Mantenimiento de la oferta conforme al artículo 9.1 del Pliego.
4Presentación del pliego adquirido y las aclaratorias emitidas, suscriptas en todas sus páginas.
5Documentación legal, económica y financiera sobre el oferente y su capacidad jurídica:
a. Constancia de Ropyce vigente, o la constancia de iniciación del respectivo trámite b. En caso de no contar con la mencionada documentación, deberá presentar:
- Para las persona físicas: Copia certificada de la primera y segunda hoja del D.N.I.
Poder general o especial.
- Para las personas jurídicas: Contrato social o estatuto. Documental social de designación de las autoridades. Certificado Fiscal para Contratar vigente o constancia de iniciación del Trámite ante la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba.
En caso de no poseer la documentación solicitada al momento de la apertura, el Oferente deberá iniciar el trámite de solicitud del certificado fiscal y presentar la constancia ante la División Contrataciones de la Dirección de Administración de la Policía de la Provincia de Córdoba, dentro de los cinco 5 días hábiles posteriores a la fecha de apertura.
- Para el caso de Sociedades: Contrato Social y sus modificaciones, si las hubiere, poderes concedidos y toda otra documentación que acredite fehacientemente el carácter que reviste/n la/s persona/s que firma/n las fojas que integran la presentación, todo lo cual deberá estar debidamente certificado y autenticado.
- Para el caso de Empresas Unipersonales: Copia certificada de la 1º y 2º hoja del DNI, y cambio de domicilio, si hubiere. La presentación deberá estar firmada en todas sus fojas por el titular de la firma. En caso de que la presentación fuere firmada por un representante, deberá acompañarse el poder correspondiente.
- Para las Uniones Transitorias de Empresas U.T.E.:
Además de los requisitos anteriores, la siguiente documentación:
aPara UTE no constituidas al momento de la presentación de la oferta: Contrato privado, celebrado entre las empresas, y declaración jurada de cada una de ellas que responden en forma solidaria por el cumplimiento del contrato.
bPara UTE no constituidas al momento de la presentación de la oferta, el Instrumento de constitución.
6 Los proponentes constituirán domicilio especial en la Ciudad de Córdoba a los efectos de la presente contratación, considerándose válidas todas la comunicaciones y/
o notificaciones que allí se efectúen, lo que se hará constar en forma expresa al pie de la oferta, salvo que dicho domicilio se encuentre impreso en la propuesta. El oferente asume todas las responsabilidades legales por la constitución de este domicilio.
7 Cualquier otra documentación que se requiera expresamente en el presente Pliego.
Toda la documentación deberá presentarse en ORIGINAL y COPIA CERTIFICADA
POR ESCRIBANO PÚBLICO, ENTIDAD BANCARIA O FUNCIONARIO POLICIAL.
jRequisitos de presentación:
Las propuestas serán presentadas en sobre o paquete opaco, cerrado, sin identificación y con la leyenda:
Compulsa Abreviada Nº34/2015, adquisición de mil doscientas 1.200 capas de lluvia destinadas al Personal Policial afectado al Operativo Rally Dakar 2016 Div. Intendencia El mencionado sobre o paquete será entregado en la División Contrataciones, de la Dirección de Administración de la Policía de la Provincia, sita en Avenida Colón Nº 1250
primer piso, de esta ciudad, hasta el día 16 de Diciembre de 2015, a las 11:00 hs.
Las propuestas deberán presentarse por duplicado original y una copia firmadas al pie, selladas y foliadas en cada una de sus hojas por el oferente o su representante legal sellado sólo en el original. Crio. Pedro Scanferla - Div. Contrataciones 3 días - Nº 34749 - s/c - 14/12/2015 - BOE

NOTIFICACIONES
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C.A.P. DISTRITO POLICIAL I
EL SR. JEFE DE POLICÍA, EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE:
1. CESAR la condición de Tareas No Operativas en que se encontraba el Agente JUAN
ALBERTO GIL D.N.I. 32.802.967, retomando su situación de servicio efectivo en los términos del Art. 68º inc. a de la Ley Nº 9728, todo ello por resultar legalmente procedente, a partir del 15/04/2015. 2. Al Departamento Administración de Personal a los fines que se notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos. 3. Al Departamento Finanzas, a los efectos que asuma la participación de su competencia conforme las expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art. 93º inc. a de la Ley Nº 9728. 4. Al Departamento Medicina Laboral, a los efectos que se realicen los registros de rigor en el legajo medico laboral del encartado. PROTOCOLICESE, JEFATURA DE POLICÍA, 13 de Agosto de 2015. RESOLUCIÓN Nº 60634. Firmado por el Señor Crio. Gral. Rec. Sup. JULIO CESAR
SUAREZ JEFE DE POLICÍA.
5 días - Nº 34881 - s/c - 17/12/2015 - BOE

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TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
Resol A N 3446/15. En el marco del actuado administrativo identificado como Expte.
N 1012223, se ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN: CORDOBA, 21 de Julio de 2015, Y VISTO Y CONSIDERANDO EL TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y
PENITENCIARIO RESUELVE: Artículo 1º: Disponer la baja por CESANTIA del Agente ELIAS MAXIMILIANO RODRIGUEZ, M.I. N 29.969.017, a partir de la fecha de notificación del presente instrumento legal, por su participación responsable en el hecho acreditado, el que encuadra en las Faltas de naturaleza Gravísima, previstas en el artículo 15º incisos 19 y 27 del Régimen Disciplinario Policial, ello, de conformidad a lo previsto en los Arts. 15, párrafo 1 y 16 inc. 4 del R.R.D.P. y arts. 19 inc. c y 102 de la Ley 9728, teniendo en cuenta las circunstancias agravantes establecidas en el Art. 8 inc. 1º del citado cuerpo normativo. Artículo 2: PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo. Dr. Martín José Berrotarán, Presidente del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario Dra. Silvana E. Paez, Vocal.
5 días - Nº 34445 - s/c - 15/12/2015 - BOE
TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
Resol A N 3553/15 - En el marco del actuado administrativo identificado como Expte.
N 1002853, se ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN: CORDOBA, 04 de Agosto de 2015, Y VISTO Y CONSIDERANDO EL TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y
PENITENCIARIO RESUELVE: Artículo 1º: DISPONER la Baja por Cesantía del Cabo MARIO FEDERICO LOPEZ D.N.I. N 30.583.753., a partir de la fecha del presente instrumento legal, por su participación responsable en el hecho nominado, el cual configura una falta gravísima prevista en el artículo 15 inc. 20 del R.R.D.P., correlacionado con el Art. 15 incs. d e i de la Ley N 9728/10, Art. 15 inciso 27 del Dcto. 1753/03 y modif. R.R.D.P., y de conformidad a lo previsto en los arts. 8 inc. 2, 10 incs. 1 y 2, 15, párrafo 1º y 16 inc. 4 del R.R.D.P., y arts 19 inc. c, 102 y 75
inc. e de la Ley del Personal Policial N 9728/10. Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subjefatura de Policía de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Fdo.
Dr. Martín José Berrotarán, Presidente del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario Dra. Silvana E. Paez, Vocal.
5 días - Nº 34424 - s/c - 15/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-C 1282/2015 - 24 NOVIEMBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal.
Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; AL SEÑOR DIRECTOR DE
JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE
a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DENEGAR la Exención el pedido de compensación realizado.
ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastian-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE.
1 0034-082869/2014
2 0034-078096/2013
3 0034-076350/2013
4 0034-078924/2013
5 0034-079948/2014
6 00034-083251/2015

INICIADOR
HOYOS JOSE MAILIN CEFERINO
SCORDO CYNTHIA NOELIA
KOGAN ADOLFO EDGARD
ACOSTA CARLOS ROBERTO BISIO MARIO ALEJANDRO
MONTENEGRO MIRTA NOEMI

N RESOLUCION
SJGIR-C-0322/2015
SJGIR-C-0284/2014
SJGIR-C-0384/2014
SJGIR-C-0215/2015
SJGIR-C-0108/2015
SJGIR-C-0776/2015

FECHA
28/04/2015
02/07/2014
07/08/2014
06/02/2015
14/01/2015
13/07/2015

5 días - Nº 34261 - s/c - 14/12/2015 - BOE

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/12/2015 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data11/12/2015

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4005

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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