Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/09/2015 - 4º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

10

Cuarta Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIX - Nº 184

14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 22622 - s/c - 29/09/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente 0535009149/2005 - CHARRAS MARIA SUSANA - Solicita Inscripción en Registro de Posesión - por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por CHARRAS MARIA
SUSANA, D.N.I. 27.897.934, sobre un inmueble de 340 M2, ubicado en, Calle Garay s/n, Monte Redondo, Pedanía Tránsito, Departamento San Alberto, que linda según Declaración Jurada, en su costado Norte con Lote Sr. Manzanel, en su costado Sur con Lote Sr. Salinas, al Este con Lote Sr. Manzanel, y al Oeste con calle Garay, cita a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60
días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33 - Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo.
Norberto A. Sosa Campana, Presidente de la Unidad Ejecutora Cba 26/08/2015. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 22621 - s/c - 29/09/2015 - BOE
DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
ACTA DE CONSTATACIÓN N 04501 - EXPTE. N 0045-016973/2014 - SRES.: JOSE ARIEL
MORAES DNI 32.417.775 - YESICA YAMILE MARTINEZ, DNI 33.567.620- CARLOS ALCORTA
DMI 8.320.990.- Se hace saber a Ud que en las actuaciones caratuladas: ACTA DE
CONSTATACIÓN N 04501 MULTA SEGÚN DECRETO N 1048/2010, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 05 de Agosto de 2014. Atento las presentes actuaciones, a cuya fs. 2 se anexa, Acta de Constatación N 04501, en razón que, prima facie, se habría cometido una infracción, tipificada por el art. 58 inc. 18 circular con un peso total o por eje superior al autorizado mas su tolerancia del Decreto N 1048/2010 y modificatorios, en Ruta S 228, el día 14 de noviembre de 2014, a las 09.30 hs., constatada por el Revisor de Cargas, personal autorizado de la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Córdoba D.P.V., Maximiliano Kowendl, en la que se consignan los datos del Conductor del vehículo marca SCANIA, modelo VABIS, año 1962, Dominio TAN 013, como JOSE ARIEL MORAES, DNI
32.417.775, domiciliado en RUTA 5 KM 67 VILLA CIUDAD PARQUE LOS REARTES , C.P. 5194, quien del mismo modo suscribe el Acta, los datos del Propietario del Vehículo como YESICA
YAMILE MARTINEZ, DNI 33.567.620, con domicilio en Ruta 5, El Balcon; y del Cargador como CARLOS ALCORTA, con domicilio en RUTA 5 KM 69 CP. 5194, y, en función de lo dispuesto por los Art. 18 inc. C, Art. 33 y Art. 37 del Decreto N 1048/2010 y modificatorios, Ley 8555 y Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Córdoba N 5358 T.O.
6658 y modificatorias, CÍTESE Y EMPLÁCESE a los Sres. MORAES JOSE ARIEL, Conductor del vehículo, JESICA YAMILA MARTINEZ, en su calidad de Propietario del Vehículo y del cargador CARLOS ALCORTA, para que en el plazo de cinco 5 días hábiles administrativos de recibida la presente, comparezcan ante esta D.P.V., sita en calle Figueroa Alcorta N 445
de la Ciudad de Córdoba de la Provincia de Córdoba C.P. 5000, a los fines de formular descargo por escrito, constituyan domicilio en el radio de la ciudad de Córdoba y ofrezcan las pruebas de que intenten valerse para su defensa, bajo apercibimiento de tener por decaído su derecho, ser declarados en rebeldía y, proceder sin más trámite a dictar resolución declarándolos responsables de la infracción cometida y condenarlos al pago del monto de la multa, cuyo valor nominal, al momento de la infracción, ascendía a la suma de pesos diez mil seiscientos noventa y cuatro con sesenta ctvos.- $ 10.694,60, monto este que será actualizado conforme al valor de la Unidad de Multa U.M. a la fecha del efectivo pago. QUEDA UD.
DEBIDAMENTE NOTIFICADO
5 días - Nº 22575 - s/c - 29/09/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION DJRGDA-M 0395/2015 - Córdoba, 10 AGO 2015 - VISTO Sumario SF
9567570/15 , respecto de la firma contribuyente ANDREOSI S.R.L., inscripto en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 215268594, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. Nº 3066939470-1, con domicilio en calle Manuel A Ocampo 1865, de la localidad de Villa Maria, Provincia de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 14/05/2015, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art.
82 hoy Art. 86 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que dicha instrucción de Sumario fue notificada de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 inc. d 2º párrafo y art. 54 y 58 Ley procedimiento Administrativo N 6658 y modificatorias siendo el último día de publicación en el Boletín oficial el 06/07/2015, a raíz de que el sumario enviado al domicilio declarado, fue RECHAZADO por el contribuyente . Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones. Art.45 Primer párrafo
hoy Art. 47 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif.- Que de las constancias
CÓRDOBA, 24 de Setiembre de 2015

obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado lo establecido en el último párrafo del Art. 41 hoy 43 Domicilio Fiscal Electrónico: Sin perjuicio de lo expuesto en el primer párrafo, la Dirección podrá disponer la constitución obligatoria del domicilio fiscal electrónico, en los casos que establezca la misma.. Que asimismo la firma contribuyente no ha dado cumplimiento dentro del plazo otorgado en la intimación emitida el 12-02-2014 y, librado con el objeto de que aportara la documentación; configurándose de éste modo un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art.45 hoy 47 del C.T.P.- Ley 6006-. t.o. 2015 decreto 400/15 y modif, al no haber procedido a cumplir con todo lo reclamado en dicha intimación. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente es según lo establecido en el Art 14
4 el que establece: La Dirección dispondrá la constitución obligatoria del Domicilio Fiscal Electrónico para los Contribuyentes y/o Responsables que ésta nomine oportunamente;
debiendo verificar su habilitación en la opción dispuesta en el Menú. Asimismo deberán constituir el domicilio fiscal electrónico los Contribuyentes y Responsables citados en el Cuadro D del Anexo LI SERVICIOS CON CLAVE FISCAL TRAMITES PRESENTACIONES
SERVICIOS DE CONSULTAS en las fechas establecidas en dicho Anexo, cumplimentando lo dispuesto en los Artículos 14 2 y siguientes; Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción al Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA $1.560,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, los topes mínimos y máximos establecidos por el Art. 70 hoy Art.
74 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif.- Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 70 hoy Art. 74 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif.- ;
Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 82 hoy Art. 86 del C.T.P. Ley 6006
t.o. 2015 decreto 400/15 y modif.- EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1º.APLICAR a la firma contribuyente ANDREOSI S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 215268594 y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. Nº 30-66939470-1 , una multa de PESOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA $1.560,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el Art. 45 hoy 47 y 41 hoy 43 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif.- ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuación - Libro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif., que asciende a la suma de PESOS CATORCE CON
00/100 CENTAVOS $ 14,00, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, o en la Delegación que corresponda, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal. ARTÍCULO 4º.PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, con remisión de copia autenticada.- CRA. FABIANA
BEATRÍZ GARCÍA - JUEZ ADMINISTRATIVO Y FAC. R.G. 1717/10 Y 1574/08
5 días - Nº 22866 - s/c - 25/09/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente 0535008921/2005 BIANCHI JORGE TOMAS - Solicita Inscripción en Registro de Posesión - por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por BIANCHI JORGE TOMAS, DNI 13.478.464 sobre un inmueble de 299 M2, ubicado en calle Buenos Aires N 448, Villa Nueva, Departamento Gral San Martín, que linda según Declaración Jurada, en su costado Norte con Lote 5, en su costado Sur con calle Buenos Aires, al Este con Lote N 8, y al Oeste con Lote 10, siendo titular de la cuenta N 1605155538621 POLIAK MENDEL cita al titular de cuenta mencionado y al titular registral POLIAK MENDEL y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Norberto A. Sosa Campana , Presidente de la Unidad Ejecutora Cba 10/04/2015.
Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 22620 - s/c - 29/09/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente 0535009063/2005 - BARRIONUEVO HUGO MEDINA - BARRIOMUEVO HUGO MARDONIO - Solicita Inscripción en Registro de Posesión - por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por BARRIONUEVO HUGO MEDINA, D.N.I. 21.408.621 BARRIONUEVO
HUGO MARDONIO, DNI 18.605.808 sobre un inmueble de 71 HA 8.573 M2, ubicado en, Puesto Torrado, Departamento Cruz del Eje, que linda según Declaración Jurada, en su costado Norte con José María Osan, en su costado Sur con Cabrera, al Este con Cabrera, y al Oeste con Delafiore, cita a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/09/2015 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data24/09/2015

Conteggio pagine16

Numero di edizioni4009

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2015>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930