Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/07/2015 - 4º Sección

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Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCVII - Nº 144

respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O.
2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; LA SEÑORA
SUBDIRECTORA DE JURISDICCIÓN DE GESTION INTEGRAL DE RESOLUTIVO RESUELVE:
ARTICULO 1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DECLARAR la PERENCION de INSTANCIA.
ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE
al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.Firma: Cra. Verónica N. Miranda Subdirectora JurisdicciónGestión Integral de Resolutivo Juez Administrativo R.G N 1575/08- D.G.R.Cordoba.-

CÓRDOBA, 31 de julio de 2015

Maestra de Grado titular del Centro Educativo de Nivel Primario "Javier Lazcano Colodrero" de esta Ciudad; y CONSIDERANDO: que a fs. 2/3 de autos obra nota de la Directora del Centro Educativo mencionado en la que informa que la Sra. Zalazar se encontraba usufructuando licencia sin goce de haberes desde el 2 de Agosto de 2001 y por el término de UN 1 año Resolución N0649/01 de la Secretaría de Educación y habiéndose comprobado el no reintegro de la licencia se procedió a emplazar a la docente a reintegrarse a sus funciones; que a fs. 31
y 32 se haya la intimación legal efectuada formalmente a los efectos de que la docente se reintegre al cargo, no obteniéndose respuesta alguna, según surge de las constancias de fs.
37; que acorde a lo expresado, corresponde aplicar el procedimiento prescripto por el Decreto N4670-A-61, el que debe ser instruido por la Inspectora de la Primera Región Escolar; Por ello, el Dictamen N1033/11 del Departamento Jurídico nombrado y en uso de las atribuciones conferidas; LA DIRECTORA DE LA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INICIAL Y
PRIMARIA RESUELVE: Articulo 1: ORDENAR la Sustanciación de un sumario en contra de la docente MARCELA OLGA ZALAZAR, M.I. N17.629.351, Maestra de Grado Titular del Centro Educativo de Nivel Primario "Javier Lazcano Colodrero" de esta Ciudad por abandono de cargo.- Artículo 2: DISPONER que el sumario ordenado en el artículo que antecede sea instruido por la Inspectora de la Zona 1171, por las razones expuestas en el considerando de la presente.- Artículo 3: PROTOCOLICESE, comuníquese a Inspección General, a la SubInspección General de Nivel Primario, a la Dirección de Jurisdicción de Recursos Humanos Área Ay archívese.-RESOLUCIÓN N 1130, Fdo: PROF. EDITH E. GALERA DE TAAInspectora General de Nivel Inicial y Primario Ministerio de EducaciónDcto. N2755/11.Para mayor recaudo se transcribe a continuación el Art.2, punto b, del Decreto 4670/A/61:
2. Los sumarios por tal causal tendrán un procedimiento especial que consistirá:b El sumariado deberá acompañar, al ofrecer prueba, la de tipo documental y no podrá proponer como testigo a quien no pertenezca al personal docente o directivo de la escuela, salvo que se trate de personal único. Fdo: LIC. MARIA DANIELA CABADAInspector Técnico Zona 1171.5 días - Nº 15570 - s/c - 05/08/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150

ORDEN N EXPTE. INICIADOR
N RESOLUCION
FECHA
1 0034-077759/2013 PERALTA GABRIEL ALBERTO
SJGIR-C 0032/2015
07/01/2015
2 0034-080943/2014 VARGAS BENDEZU JULIO CESAR
SJIGR-C 0043/2015
08/01/2015
3 0034-076735/2013 0034-076992/2013
USAI ESTEBAN DOMINGO
SJGIR-C 0611/2014
01/12/2014
4 0034-078333/2013 TRILLINI MIRTA BEATRIZ SJGIR-C 0571/2014
07/11/2014
5 0034-079118/2014 FERREYRA PABLO EDGAR
SJGIR-C 0503/2014
22/10/2014
6 0034-079109/2014 CORPORACION LOGISTICA S.R.L
MARRUCO SERGIO RAUL
SJGIR-C 0496/2014
22/10/2014
7 0685-000087/2014 LARROCA TOMAS ANGEL FRANCISCO SJGIR-C 0557/2014
05/11/2014
8 0034-080341/2014 FIERRO MARTIN GUSTAVO
SJGIR-C-0688/2014
22/12/2014
9 0034-079024/2013 GONZALEZ GUILLERMO RICARDO
SJGIR-C-0293/2015
13/03/2015
10 0034-076671/2013 VALDIVIA OLGA BEATRIZ
SJGIR-C-0436/2014
01/10/2014
11 0034-079100/2014 BROUWER DE KONING Y CIA S.A
FERREYRA MAURICIO
SJGIR-C-0180/2015
29/01/2015
12 0034-077169/2013 GRUPO INDESA SRL
LUCIANO B. TESTONI
SJIGR-C-0179/2015
29/01/2015
13 0034-079162/2014 EL ALGARROBO S.R.L
MARRUCO SERGIO RAUL
SJGIR-C-0096/2015
14/01/2015
14 0034-073637/2012 MARTINEZ EDUARDO
SJGIR-C-0386/2015
08/05/2015
15 0034-079929/2014 PROCATAN S.R.L
SJGIR-C-0236/2015
12/02/2015
16 0034-080628/2014 VALDEZ CECILIA AZUCENA DE JESUS SJGIR-C-0244/2015
19/02/2015
17 0034-078778/2013 LOS CAROLINOS S.A
GERBER MONICA RUTH
SJGIR-C-0125/2015
15/01/2015
18 0034-081154/2014 BLANCO DIEGO LEONEL
SJGIR-C-0203/2015
03/02/2015
19 0034-080971/2014 SAVANCO GONZALO MATIAS
SJGIR-C-0291/2015
13/03/2015
20 0034-080235/2014 PERALTA GONZALO MATIAS
SJGIR-C-0677/2014
22/12/2014
5 días - Nº 15493 - s/c - 05/08/2015 - BOE
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE NIVEL INICIAL Y PRIMARIOSe hace saber a la Sra. Marcela Olga Zalazar que en Expte. N 0109-066555/04 se ha dictado el presente decreto de avocamiento: "Córdoba, 30 de Julio de 2014.- Avocase la suscripta al conocimiento y diligenciamiento de las presentes actuaciones, Expte. N0109066555/04 a mérito de lo dispuesto por Resolución N1130 de fecha 29 de diciembre de 2011, emanada de la Sra. Directora General de Educación Inicial y Primaria, las que se tramitarán conforme a las prescripciones del Reglamento de Sumarios por abandono de cargo vigente Dcto. 4670/A/61.- Fijase como sede de la Instrucción el domicilio de la Inspección de Zona 1171, sito en calle Castro Barros N802, de esta ciudad, en el horario de 08:30 a 16:30 horas.
Cítese y emplácese a la sumariada, Sra. Marcela Olga Zalazar, DNI. N17.629.351, para que en el plazo de cinco 5 días, efectúe por escrito su descargo y ofrezca pruebas, en su caso.
La sumariada deberá acompañar, al ofrecer su prueba, la de tipo documental y no podrá proponer como testigo a quien no pertenezca al personal docente o directivo de la escuela, salvo que se trate de personal único. Notifíquese. Fdo.: Lic. María Daniela Cabada-Inspectora Técnica Zona 1171. Instructora.-".- Se hace saber a la Sra. Marcela Olga Zalazar que en Expte. N 0109-066555/04 se ha dictado la presente Resolución: CÓRDOBA, 29 de Diciembre de 2011. VISTO: el expediente N0109-066555/04, en el que obran las actuaciones relacionadas con el presunto abandono de cargo en que habría incurrido la Sra. Marcela Olga Zalazar,
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente 0535076776/2006 TORRES HELEIDA DE LA CRUZ HOY SU SUCESION Solicita Inscripción en Registro de Posesión por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por TORRE HELEIDA DE LA CRUZ DNI 7.032.854 sobre un inmueble de 191HAS 6.285 M2 de acuerdo a plano de mensura ubicado en el lugar Paraje El Ranchito, Pedanía Copacabana, Departamento Ischilin, que linda según mensura acompañada en autos, en su costado Nortecon Posesión de Torres Leoncio, en su costado Sur con camino publico , en su costado Este con Posesión de Torres Raúl y Torres José y al Oeste con camino público, siendo titular de cuenta N 170306179989 TORRES LUIS cita al titular de cuenta mencionado y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14
de la Ley 9150Fdo. Norberto A. Sosa Campana, Presidente. Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos. Cba. 01/06/2015. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA
procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 15311 - s/c - 04/08/2015 - BOE
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN DJRGDA-M 0311/2015 - Córdoba, 14 JUL 2015 - VISTO, este expediente Nº SF 8960520/15, resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma responsable THE TOKIO MARINE AND FIRE INSURANCE COMPANY LIMITED, inscripta en el Impuesto de Sellos como Agente de Retención bajo el Nº 41701851, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 3061735424-8, con domicilio en calle AV DE MAYO Nº 701 Piso 1 Dpto/Ofcina "4" de la localidad Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Pcia. de Buenos Aires, se instruyó Sumario con fecha 2502-15, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 82 hoy Art. 86 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15
y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que dicha instrucción de Sumario fue notificada de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 inc. d 2º párrafo y Art. 54
y 58 Ley procedimiento Administrativo N 6658 y modificatorias siendo el último día de publicación en el Boletín oficial el 20-05-2015.; Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 45 Hoy Art. 47- Primer Párrafo del CTP. Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado en los términos del Art. 45
inc. 2 hoy Art. 47 al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente a los periodos Febrero 2013 y Febrero 2014, dentro del plazo previsto en la Resolución Ministerial vigente. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es "la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección", actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.- Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/07/2015 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data31/07/2015

Conteggio pagine11

Numero di edizioni4009

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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