Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2011 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 10 de Marzo de 2011

4

SECCIÓN:

AÑO XCIX - TOMO DLIV - Nº 47
CORDOBA, R.A., JUEVES 10 DE MARZO DE 2011

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar
OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
PARTIDO NUEVO CONTRA LA CORRUPCIÓN POR LA HONESTIDAD Y LA
TRANSPARENCIA
PUBLICACIÓN DE ELECCIONES INTERNAS
Fecha de Elecciones: 15/08/2010 - Período a Renovar: 27/09/2010 al 26/09/2012 - Listas Participantes: Lista Única "Azul y Blanca" "Juez Gobernador 2011" -Autoridades Electas:
Junta Provincial: Presidente: Luis Alfredo Juez - y Vicepresidente: Ernesto Félix Martínez, Secretarios Titulares: Rubén Alberto Borello, Elina Rosa Zanoni, José Miguel DAntona, María Marcela Juez y Carlos Oscar Angulo, Secretarios Suplentes: Julio Cesar Castillo, Jorge Jesús Sueldo, Sylvia de las Mercedes Ahumada Salas, Elba Miryam Sierra y Teresa Juana Albri; Asambleístas Titulares: Daniel Alejandro Juez, Juan Andrés Testa, Maríc Fernanda Leiva, Guillermo Germán Lucero, Ramón Francisco Arce, María de os Ángeles Miranda, María Andrea Juez, Mario Ricardo Ceballos, José Alberto Medina, Pedro Daniel Alcaraz, Teresita Alejandra Paredes, Gustavo Aníbal Pérez, Jorge Renzo Olivera, Marcelo Gustavo Torres, Gustavo Antonio Gutiérrez, Mauricio Femando Reynoso, Roberto Esteban Tossutti, Luciana Inés Sucheki Alejandro Esteban Ball, Mariana Rocío Perez y Diego Redoni, Asambleístas Suplentes: María Gracia Flesia, Olga del Valle Campos, Adrián Alejandro Ellemberger, Aurora del Carmen Romero, Estela Guerra, Juan Carlos Carballo, Diego David Díaz, Fernando Rafael Corte, Jorge Luis Tapia, Jorge Antonio Cerezo, Livia D. Ocaño, Elda Egle Passoni, Andrés H.
Santillán, Juana Herrera, Soledad Visconti, Ana Inés Herrera, Laura Cecilia Lucía Gagliardi, Gerardo Damián Saavedra, Roberto Javier Ceneri, Carlos G. Lucero y Marcela Adriana Carrizo; Tribunal de Ética: Titulares: Miguel Ángel Berrotarán, Sandra María del Valle Medina, Fabricio Joel Borello, Mariela Edith Merino y Ángel Ernesto Falletti, Suplentes: Martín Federico Gazal, Roberto José Ceneri, Silvana Cecili . Fernández, Lilian Fabiana Brito y Carlos Antonio Bollati; Tribunal de Cuentas: Titulares: Néstor Ramón Borello, Beltrán Corvalán y Ellizabeth Ceneri, Suplentes: Denys Edith Tourn, Rodolfo Marcelo Fernández y Gustavo Edgardo Galfione.
N 822 S/C.DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION SJRRC-M 0005/2010 - Río Cuarto, 29 de Diciembre de 2010 - VISTO, el expediente Nº SF 00004-2010 , resulta que atento el incumplimiento a la formalidad establecida en el inc. 3 del Art. 37 del Código Tributario de la Provincia Ley 6.006
T.O. 2004 y modificatorias, de la firma contribuyente DOVIS SANTIAGO DIEGO, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 209436566 y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 20-26163949-2, con domicilio tributario en calle AV
PRESIDENTE MARCELO T DE ALVEAR 1674, de la Localidad RIO CUARTO, Provincia de CORDOBA, se instruyó Sumario con fecha 18 de Octubre de 2010;
CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho de defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 72 del Código Tributario de la Provincia Ley 6.006 T.O. 2004 y modificatorias, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que según surge de las constancias de autos, no ha dado cumplimiento a los términos del Art. 37 inc. 3 del Código Tributario de la Provincia Ley 6.006 T.O.
2004 y modificatorias, al no Comunicar a la Dirección dentro del término de quince 15 días de ocurrido todo cambio en su situación que pueda originar nuevos hechos imponibles, modificar o extinguir los existentes En el presente caso: Fecha de Cese 07/06/2010, retroactivo al 01/03/2010.Que la conducta puesta de manifiesto por el contribuyente dista lo suficiente de obrar diligentemente para con el Fisco Provincial, toda vez que no ha dado cumplimiento al debido deber de información en el tiempo fijado al efecto. Asimismo y atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la misma actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes, sin requerirse la concurrencia del factor de atribución subjetivo. Que asimismo debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes
establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 37 Primer Párrafo del Código Tributario de la Provincia Ley 6.006 T.O. 2004 y modificatorias.Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del art. 61 del Código Tributario Provincial Ley 6.006
T.O. 2004 y modificatorias, en razón de la adecuación de la situación comprobada al tipo contravencional que dicha norma recepta. Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción al Contribuyente de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de PESOS SEISCIENTOS $ 600. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta el régimen que le corresponde al sancionado en orden al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, resultando el mismo uno de los indicadores de su capacidad contributiva y teniendo en cuenta los topes mínimos y máximos establecidos por el Art. 61º del Código Tributario de la Provincia Ley 6.006 T.O. 2004 y modificatorias -Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 72º del ya mencionado texto legal, EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE : ARTÍCULO 1º.- APLICAR al contribuyente DOVIS SANTIAGO DIEGO una multa de PESOS SEISCIENTOS $ 600, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el art. 37 inc. 3º, del Código Tributario de la Provincia Ley 6.006 T.O. 2004 y modificatorias. ARTICULO 2º .- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuación Libro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6.006 T.O. 2004
y modificatorias y sellado postal Art. 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6.658 y modificatorias, el que asciende a la suma de PESOS VEINTE $ 20, conforme a los valores fijados por la Ley impositiva vigente.ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DÍAS de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la entidad bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Colón N 47 de la Ciudad de Río Cuarto, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE y NOTIFÍQUESE con remisión de copia autenticada.
5 días 2944 - 16/3/2011 - s/c.-

LICITACIONES
FABRICA MILITAR RIO TERCERO
Licitación Pública N 011/11.
Objeto: provisión, montaje y puesta en marcha de un sistema de medición de niveles de tanques. Consulta o retiro de pliego: Fábrica Militar Río Tercero / U.A.P.E. Consulta y obtención de pliego por Internet: El pliego de bases y condiciones particulares de este procedimiento, podrá ser consultado o retirado con el fin de presentarse a cotizar, en este último caso, ingresando con usuario y contraseña, en el sitio Web de la Oficina n a c i o n a l d e C o n t r a ta c i o n e s , w w w. a r g e n t i n a c o m p r a . g o v. a r, a c c e s o d i r e c t o Contrataciones Vigentes. Costo del pliego: sin valor. Visita Obligatoria a F.M.R.T.
día 21 de Marzo de 2011 Hora 10,00. Presentación de Ofertas: En Secretaría
F.M.R.T. hasta el día 15 de Abril de 2011 a las 09,45 hs. Fecha Hora y lugar de apertura: 15 de Abril de 2011 Hora 10,00 en Of. de Adquisiciones de F.M.R.T.
2 días 3095 11/3/2011 - $ 100.UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO MANUEL BELGRANO
Licitación Privada N 20/2010 Expediente N 56012/2010.
Motivo: Contratación de Servicio Vigilancia en portería. Empresa Preadjudicada:
Cooperativa de Trabajo de Servicio de Vigilancia Alerta Ltda.. Monto total de la

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/03/2011 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data10/03/2011

Conteggio pagine2

Numero di edizioni4003

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione03/07/2024

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