Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/02/2011 - 4º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

4

Pesos Ocho Mil Cuatrocientos Veintisiete con Ochenta y Dos Centavos $8.427,82 Diciembre:
Pesos Cinco Mil Quinientos Sesenta con Veintiocho Centavos $5.560,28 Año 2009 Enero:
Pesos Quince Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con Ochenta y Tres Centavos $15.494,83
Febrero: Pesos Nueve Mil Cuatrocientos Noventa y Dos con Diez Centavos $9.492,10 Abril:
Pesos Tres Mil Doscientos Cuarenta y Nueve con Cincuenta y Seis Centavos $3.249,56 Lo que asciende a un total de Pesos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con Diez Centavos $68.853,10.Que dicha circunstancia configuraría, en principio, la infracción prevista en el Art. 66 del Código Tributario Provincial, consistente en Omisión, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en la citada norma legal, multa que sería graduada desde un 50% hasta un 200% del monto de la obligación fiscal omitida.Señálese que el Art. 53 1º Párrafo del C.T.P. prevé una reducción de la sanción por omisión, siempre que se encuentre ingresado el impuesto y los recargos resarcitorios correspondientes.En Consecuencia, El Director de la Dirección de Policía Fiscal, Procede a: 1 Instruirle a la firma contribuyente FIBRAS CORDOBA S.A. del sumario legislado en el art. 72 del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742 - 1 Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 y Art. 22 de la Ley 5350 t.o. Ley 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.Área Determinaciones Técnico Legal Córdoba, 02 de Diciembre de 2010 CEDULA DE
NOTIFICACIÓN REF. EXPTE N 0562-069076/2010 FIBRAS CORDOBA S.A. Gral. Manuel N.
Savio N 4921 - B José Ignacio Díaz 5014 - Ciudad de Córdoba El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hace saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 12/11/2010, la cual se adjunta - QUEDA UDs.
DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- P.D.: Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00
a 17:00 hs, o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días 192 - 16/2/2011 - s/c.DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Área Determinaciones Técnico Legal Córdoba, 22 de Septiembre de 2010 MENTA MARIA
EUGENIA
REF.: Expediente 0562-064497/2009
De las constancias obrantes en el Expediente 0562-064497/2009, tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que la contribuyente MENTA MARIA EUGENIA, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el número 270-73541-0, CUIT N 27-30968170-9, con domicilio tributario en calle Caucete N 4659 de la Ciudad de Córdoba Provincia de Córdoba-, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inc 5. del Código Tributario Provincial Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a:
5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles. En el caso en cuestión, el contribuyente no cumplimentó el Requerimiento de Información OCD N 056742 de fecha 07 de Marzo de 2008, notificado el 19
de Marzo de 2008, en el plazo otorgado en el mismo, en el cual se le requería la presentación de Declaración Jurada Actualización de Datos Formulario electrónico F 404 E, Resolución Normativa Nº 1 de fecha 16/07/2007 publicada en el B.O. el 15/08/2007 Art. 6 y 7. Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5. del Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual Vigente.- En consecuencia el Director de la Dirección de Policía Fiscal en su carácter de Juez Administrativo procede a: 1 Instruirle a la contribuyente MENTA MARIA EUGENIA el sumario legislado en el Art.72 del Código Tributario Provincial.
2 Correr vista por el plazo de quince 15 días hábiles para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos.
Dicho escrito, y de corresponder las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección sito en calle Rivera Indarte N 742 1 Piso Área Determinaciones Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representa te legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos de los Art. 15 de la Ley 5350 t.o. Ley 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.- Área Determinaciones Técnico Legal Córdoba, 23 de Noviembre de 2010 CEDULA DE NOTIFICACIÓN REF. EXPTE N
0562-064497/2009 MENTA MARIA EUGENIA Catamarca y Pringles S/N B General Paz Norte C.P. X5000x Provincia de Córdoba El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hace saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 22/09/10, la cual se adjunta.QUEDA UDs. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- P.D.: Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00 a 17:00 hs, o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días 188 - 16/2/2011 - s/c.DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Área Determinaciones Técnico Legal Córdoba, 12 de Octubre de 2010 COOPERATIVA
DE CONSUMO MARULL LTDA. REF.: EXPTE. Nº 0562-068836/2010
De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-068836/2010 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que la firma contribuyente COOPERATIVA DE CONSUMO
MARULL LTDA., CUIT N 30-57057653-0, inscripta en el ISIB bajo el Nº 201-031150-8, con domicilio tributario en Av. Domingo Faustino Sarmiento N 46 de la Localidad de Marull -

Córdoba, 10 de Febrero de 2011

Provincia de Córdoba -, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 Inc. 5 del Código Tributario Provincial, el cual establece: Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles.En el caso en cuestión, el contribuyente no ha dado cumplimiento al Requerimiento de Información OCD Nº 060545 de fecha 18/09/08, en el plazo otorgado en el mismo, el cual requiere: Remita al sitio de Internet del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado de la Dirección General de Rentas www.cba.gov.ar la presentación de Declaración Jurada Actualización de Datos Formulario electrónico F-404 E - Resolución Normativa N 34/2007 de fecha 03-07-2007 B.O.
13-07-2007, hoy Resolución Normativa 01/2007 B.O. 15-08-2007.Asimismo no ha dado cumplimiento al Requerimiento R.4 N 1-017.914 de fecha 18/09/08, en el plazo otorgado en el mismo, en cual se le requirió que exhiba y aporte en la Delegación San Francisco de la Dirección General de Rentas, presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los períodos Junio, Septiembre a Diciembre de 2005;
Enero a Diciembre de 2006; Enero a Diciembre de 2007; y Enero a Julio de 2008, en original y copia.- Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004
y modificatorias -, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00 y máximo $ 10.000,00 son fijados por la Ley Impositiva Anual vigente.En Consecuencia, el Director de Policía Fiscal Procede a:
1 Instruir al contribuyente COOPERATIVA DE CONSUMO MARULL LTDA. el sumario legislado en el Art. 72 del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742
Piso 1 - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 y 22 de la Ley N 5350 t.o. Ley N 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.Córdoba, 3 de Noviembre de 2010 CEDULA DE NOTIFICACION REF. EXPTE N 0562068836/2010 COOPERATIVA DE CONSUMO MARULL LTDA. Av. Domingo Faustino Sarmiento N 46 - Marull X5139AQN - Pcia. de Córdoba El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal, hace saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 12/10/10, la cual se adjunta.- QUEDA UDs. DEBIDAMENTE
NOTIFICADO.- P.D.: Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 Piso 1 de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00 a 17:00 hs, o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días 164 - 16/2/2011 - s/c.DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Área Determinaciones Técnico Legal Córdoba, 13 de Octubre de 2010 ALVAREZ MARIO
DANIEL
REF.: Expediente 0562-068838/2010
De las constancias obrantes en el Expediente 0562-068838/2010, tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente ALVAREZ MARIO DANIEL, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el número 270-77697-3, CUIT N 20-14894206-5, con domicilio tributario en calle Ferreyra S/N, B San Javier, de la Ciudad de Córdoba Provincia de Córdoba-, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inc 5.
del Código Tributario Provincial Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a: 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles. En el caso en cuestión, el contribuyente no cumplimentó el Requerimiento de Información OCD N 062082 de fecha 10 de Octubre de 2008, en el plazo otorgado en el mismo, en el cual se le requería la presentación de Declaración Jurada Actualización de Datos Formulario electrónico F 404 E, Resolución Normativa Nº 1 de fecha 16/
07/2007 publicada en el B.O. el 15/08/2007 Art. 6 y 7.
Que asimismo, el contribuyente de referencia, no ha dado cumplimiento al Requerimiento Nº 1-018.073 de fecha 10 de Octubre de 2008, en el cual se le requería que exhiba y aporte dentro del plazo de cinco días en el domicilio de esta Dirección de Policía Fiscal sito en Rivera Indarte N 742, 1 Piso, Original y Copia de Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los periodos Septiembre a Diciembre de 2007 y Enero a Agosto de 2008.Que dichas circunstancias configurarían, en principio, incumplimientos a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5. del Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o.
2004 y modificatorias, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual Vigente.- En consecuencia el Director de la Dirección de Policía Fiscal en su carácter de Juez Administrativo procede a: 1 Instruirle al contribuyente ALVAREZ
MARIO DANIEL el sumario legislado en el Art. 72 del Código Tributario Provincial. 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días hábiles para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección sito en calle Rivera Indarte N 742 1 Piso Área Determinaciones Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representa te legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 de la Ley 5350 t.o. Ley N 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.- Área Determinaciones Técnico Legal Córdoba, 24 de Noviembre de 2010 EDULA DE NOTIFICACIÓN
REF.
EXPTE N 0562-068838/2010 ALVAREZ MARIO DANIEL José Rondeau N 612 Córdoba C.P. X5000AVN Provincia de Córdoba El Área Determinaciones de la Dirección de

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/02/2011 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data10/02/2011

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4019

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione26/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Febrero 2011>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728