Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2023 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCIV - Nº 144
CORDOBA, R.A., VIERNES 4 DE AGOSTO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

consideración de la asamblea el segundo punto del día, que dice: b Dejar sin efecto la Asamblea de fecha 02-01-2023, Elección de Autoridades:
toma la palabra la Presidente y manifiesta que cuando se presentó el trámite en Inspección de Personas Jurídicas, esta ha observado lo siguiente: CONSIDERANDO: 1 Que, conforme surge de lo actuado, mediante Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 02 de enero de 2023, se aprobó Elección de Autoridades. 2 Que, conforme lo informado por el Área de Sociedades por Acciones, no se han cumplimentado los requisitos de admisibilidad del trámite atento que: b.- De los antecedentes sociales surge que en el art 4 del Estatuto Social Capital Social se omitió consignar la forma de las acciones nominales no endosables. En este contexto se realizó Asamblea Extraordinaria de manera previa a la presente para la modificación de dicho artículo, por lo que para mantener el tracto sucesivo de las actuaciones se procede a anular la Asamblea Ordinaria de fecha 02-01-2023 de Elección de Autoridades, y proceder a una nueva elección; c Elección de Autoridades: toma la palabra la Presidente y manifiesta la necesidad de elegir dos miembros titulares y un miembro suplente del directorio por tres ejercicios 3 proponiendo que el directorio quede integrado hasta el 31 de diciembre de 2025 por: la Srta. Jorge Oscar Petrone con D.N.I. N 7.643.287
como Director titular y Presidente, el Sr. Maximiliano Petrone, D.N.I. N 33.599.189 como Director titular y Vicepresidente, y a Gabriela Susana Petrone con D.N.I. N 28.476.294 como Director Suplente. Seguidamente los nominados manifiestan a título individual que aceptan de manera expresa e irrevocable los cargos para el desempeño de las funciones designadas respectivamente, atento no encontrarse encuadrados en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones enumerados en el art. 264 de la ley 19.550.

GUIA INVERSIONES S.A.S. EN ADELANTE
GUIA INVERSIONES S.A. Por Acta de fecha 30/06/23 se transformó la entidad GUIA INVERSIONES S.A.S. en GUIA INVERSIONES S.A.
Sede social: Rosario de Santa Fe N 781, piso 6, dpto A, barrio Gral Paz, Córdoba. Duracion: 30
años desde el acta de transformación. Capital: de
ciones. AGUSTIN CASORRAN BIONDINI, D.N.I.
41.697.505, nacido 19/03/1999, soltero,Argentino, Masculino, Comerciante, con domicilio en Calle Rosario De Santa Fe N 781, piso 6, dpto A, barrio Gral Paz, Cba, suscribe 50 acciones. Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades:
A COMERCIALES: I.- De Agente Productor de Agentes de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N 26.831 y las NORMAS CNV
N.T. 2013, y sus modificatorias, por lo que podrá:
a Captar clientes para su posterior alta por parte del Agente de Negociación y/o el De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación con los que tenga firmado un contrato; b Prestar información sobre los servicios brindados por los Agente de Negociación y/o el De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación con los que haya suscripto contrato; c Proveer al cliente de la documentación utilizada por el Agente de Negociación y/o el De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación necesaria para su registro como cliente;
d Prestar asesoramiento a clientes respecto de inversiones. II.- De Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N 26.831
y las NORMAS CNV N.T.2013 y sus modificatorias, por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación a e los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores. III.- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto Por la Ley N 26.831 y las NORMAS CNV N.T.
2013 y sus modificatorias, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones colocación primaria y negociación secundaria registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las t Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. IV.- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo
como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de los Agentes de negociación con los que haya firmado un Convenio de Liquidación y compensación. A fin de IIevar a cabo las actividades antes mencionadas, se requerirá estar registrado en la correspondiente categoría ante la Comisión Nacional de Valores. Asimismo, la sociedad podrá solicitar el registro ante el mencionado Organismo de Contralor de cualquier otra actividad que sea compatible conforme las normas reglamentarias. Cualquiera que sea la categoría en que se registre ante la Comisión Nacional de Valores, se encuentra facultada a realizar, en cualquier Mercado del país, cualquier clase de operaciones sobre valores negociables públicos o privados, permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a las categorías de Agentes mencionadas ut-supra, podrá operar en los mercados en los cuales se celebren contratos al contado o al término, de futuros y opciones sobre valores negociables; la prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y en general, intervenir en aquellas transacciones del Mercado de Capitales que puedan llevar a cabo las categorías de Agentes antes descriptas, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor. B MANDATARIAS: administración por cuenta de terceros de negocios financieros, y en especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como Agente de suscripciones o servicios de renta y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia y que se encuentre dentro del control de CNV; como agente colocador de cuotas-partes de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión Nacional de Valores y
$200.000 representado 100 acciones de $2.000
c/u ordinarias, nominativas, no endosables, de clase B con un voto c/u. Suscripcion: JORGE
GUILLERMO CHAIG, D.N.I. 30.470.297, nacido 19/09/1983, soltero, Argentino, Masculino, Ingeniero Agrónomo, con domicilio en Dr. Agulla Garzón N 178, barrio Juniors, Cba, suscribe 50 ac-

dispuesto por la Ley N 26.831 y las NORMAS
CNV N.T. 2013 y sus modificatorias, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones colocación primaria y negociación secundaria registradas para cartera propia y sus clientes,
los Mercados del país. C FINANCIERAS: Operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o títulos valores públicos o privados, asesoramiento financiero a través de profesionales debidamente matriculados y toda operación permitida por la ley vigente y que se encuentre dentro de las actividades controladas por la CNV. No podrá realizar
3 días - Nº 469717 - $ 9549,30 - 04/08/2023 - BOE

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TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data04/08/2023

Conteggio pagine23

Numero di edizioni3995

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione09/08/2024

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