Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/06/2021 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 130
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

tra incluido y/o alcanzado como Persona Expuesta Políticamente según Resoluciones de la U.I.F., y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 256
último párrafo de la Ley 19.550, fija domicilio especial en el consignado precedentemente. La Representación Legal estará a cargo de: Representante legal titular: Conrero Juan Domingo, D.N.I.
Nº 06.608.425, C.U.I.T/C.U.I.L. Nº 20-066084257, nacido el día 11 de octubre de 1946, estado civil casado, nacionalidad argentina, sexo masculino, de profesión productor agropecuario, con domicilio real y legal en calle Libertad 84, de la localidad de Silvio Pellico, de la Provincia de Córdoba, República Argentina; el cual será por el término de dos años, renovables ilimitadamente mediante Asamblea de socios. Que acepta en forma expresa el cargo de Administrador titular que le fue conferido, bajo responsabilidad de ley, se notifica del tiempo de duración del mismo y manifiesta con carácter de declaración jurada; que no le comprenden las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades del art. 264 de la Ley 19.550; y que no se encuentra incluido y/o alcanzado como Persona Expuesta Políticamente según Resoluciones de la U.I.F., y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 256 último párrafo de la Ley 19.550, fija domicilio especial en el consignado precedentemente. ARTÍCULO 11: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes conforme la legislación vigente, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales de acuerdo al Código Civil y Comercial de la Nación, pudiendo celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos, entre ellos: establecer agencias, sucursales, franquicias y otra especie de representación, dentro o fuera del país, operar con todos los bancos e instituciones de créditos oficiales y privadas, representar a la sociedad en asuntos administrativos, judiciales y/o extrajudiciales; otorgar poderes con el objeto y extensión que juzgue conveniente. FISCALIZACIÓN. ARTÍCULO 12: La sociedad prescinde de órgano de Fiscalización, atento a no estar alcanzada por ninguno de los supuestos previstos por el art. 299 de la Ley 19.550, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor del artículo 55 de la Ley 19.550. ARTICULO 13: Ambos socios, Conrero Juan Domingo, D.N.I. Nº 06.608.425
y Conrero Luis Mario D.N.I. Nº 06.589.722, manifiestan con carácter de declaración jurada y disponen de acuerdo a la Resolución General IGJ
07/2015, Anexo A, Art. 510 Inc. 6, como Beneficiarios Finales a Conrero Juan Domingo, D.N.I. Nº 06.608.425 y Conrero Luis Mario D.N.I. Nº 06.589.722. ASAMBLEAS. ARTÍCULO 14: Toda asamblea deberá ser citada en la forma establecida en el artículo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de la asam-

blea unánime. Deberá mencionarse en la convocatoria el día y la hora del cierre del Registro de Asistencia para la comunicación o el depósito previo de las acciones, establecido en el artículo 238 de la Ley 19.550. Podrá convocarse simultáneamente en primera y segunda convocatoria, para celebrarse esta última una hora después de haber fracasado la primera. ARTÍCULO
15: Para las asambleas rigen el quórum y las mayorías determinadas por los artículos 243 y 244
de la Ley 19.550., según la clase de asamblea, convocatoria y materia de que se trate. La asamblea extraordinaria, en segunda convocatoria, se considerará constituida válidamente cualquiera sea el número de acciones con derecho a voto presentes, salvo los supuestos de los artículos 70
última parte y 244 in fine de la Ley 19.550. Las deliberaciones y resoluciones de las asambleas se harán constar en un libro especial de actas, que se le llevará de conformidad a las disposiciones vigentes. El acta de asamblea deberá confeccionarse de acuerdo a lo prescripto por los artícul o s 73 y 249 de la Ley 19.550. BALANCE - DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES. ARTÍCULO 16: El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. ARTÍCULO 17: Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a el cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el Fondo de la Reserva Legal, b la remuneración del directorio y de sindicatura, en su caso, c a reservas facultativas, conforme lo previsto en el artículo 70 in fine de la Ley 19.550, d a dividendos de las acciones preferidas, y con prioridad los acumulativos impagos, e a dividendo de acciones ordinarias, f el saldo, al destino que fije la asamblea. ARTÍCULO 18: Los dividendos deberán ser pagados, en proporción a las respectivas integraciones, dentro del ejercicio en que fueron aprobados. DISOLUCIÓN - LIQUIDACIÓN. ARTICULO 19: Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas por el artículo 94 de la Ley 19.550, la liquidación será practicada por el o los liquidadores designados por la asamblea extraordinaria quienes deberán actuar conforme a lo dispuesto en los artículos 101, siguientes y concordantes de la Ley 19.550., y bajo la fiscalización del Síndico, en su caso. Los nombrados precedentemente en este acto, aceptan en forma expresa los cargos de Administrador y Representante titular y de Administrador Suplente, respectivamente, que les fueron conferidos, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempo de duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden
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las prohibiciones e incompatibilidades del art. 264
de la Ley 19.550; y en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 256, último párrafo de la Ley 19.550, fijan domicilio especial en el consignado precedentemente. ARTICULO 20: Prestan conformidad en la presente Acta de Subsanación, en cumplimiento con el art. 470 del Código Civil y Comercial de la Nación La Sra. Alicia Dominga Chiappero, D.N.I. Nº 05.165.161, cónyuge del Sr.
Conrero Juan Domingo, y la Sra. Silvia Berta Imas, D.N.I. Nº 05.294.665, cónyuge del Sr. Conrero Luis Mario. Con lo que finaliza el acta en el lugar y fecha consignados al comienzo del acto.
1 día - Nº 320488 - $ 12200,06 - 30/06/2021 - BOE

AMELAND S.A
RIO CUARTO
Por Asamblea General Ordinaria del día 01 de Septiembre de 2020, se eligen autoridades:
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO: Sr. Matias Federico Kuipers, D.N.I N 35.939.140 y como DIRECTOR SUPLENTE: Sra. Marilyn Alexsandra Kuipers, D.N.I N 35.544746, por el termino de tres ejercicios, aceptando los nombrados de plena conformidad los cargos, constituyendo domicilio especial en Avenida España 176 de la ciudad de Rio Cuarto, provincia de Córdoba.1 día - Nº 320492 - $ 188,67 - 30/06/2021 - BOE

REHABILITACION INTEGRAL
CORDOBA S.A.
ELECCIÓN DE AUTORIDADES
Por Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 30/4/2021, se resolvió la elección de la Sra. María Belén Galletti, DNI Nº 33.701.292 como PRESIDENTA y del Sr. Mario Alejandro Grieco, DNI Nº 12.873.368 como DIRECTOR SUPLENTE por el término de 3 tres ejercicios.
1 día - Nº 320500 - $ 115 - 30/06/2021 - BOE

PAMPAS Y VALLE S.A.S.
CORONEL MOLDES
AUMENTO DE CAPITAL
Por acta de reunión de socios de fecha 28/04/2021, se resolvió: Aumentar el capital social en la suma de $ 5.555.000,00, representado por 5.555.000 acciones, de $ 1,00 valor nominal cada una, escriturales y con derecho a un voto por acción. En ese mismo acto, Ricardo José SAENZ, como único accionista suscribió la totalidad de las acciones 5.555.000, dejándose
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/06/2021 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data30/06/2021

Conteggio pagine25

Numero di edizioni3988

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/07/2024

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