Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2017 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 189
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 27 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

DEL PRIMERO DE JULIO DE 2009, QUEDANDO CONFORMADO DE LA SIGUIENTE
MANERA: PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DON CARLOS FRANCISCO BOIERO, D.N.I.
NRO. 12.043.243, VICEPRESIDENTE DEL DIRECTORIO DON ELADIO GAJATE, D.N.I. NRO.
14.878.958, SNDICO TITULAR DR. RAUL
JOSE ITARTE, MAT. PROFESIONAL NRO.
3-35003 Y SINDICO SUPLENTE CRA. CRISTINA BEATRIZ RAMONA CANOVA, MAT. PROFESIONAL NRO. 10-3727-0. LAS AUTORIDADES
DESIGNADAS FIJAN DOMICILIO ESPECIAL
EN JUJUY Y BUENOS AIRES DE MONTE
MAIZ, PROVINCIA DE CORDOBA.

Por medio del presente se ratifica y rectifica el edicto de referencia según las siguientes consideraciones. Por medio de Acta Ratificativa-Rectificativa de fecha 20/09/2017 se resolvió: 1 Dejar sin efecto el Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 17/08/2017 y el Acta de Asam-

la forma de una Sociedad Anónima, en los términos establecidos en el artículo 3º de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, bajo la denominación social de ASOCIACION BARRIO
PRIVADO E.R S.A., que funcionará en jurisdicción de la ciudad de La Calera, Provincia de Córdoba, fijándose como domicilio legal y sede social en calle Los Álamos nº 2180, Localidad de Calera, de la provincia de Córdoba. BArtículo 1º del Estatuto Social, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1º: Bajo la denominación ASOCIACIÓN BARRIO PRIVADO E.R S.A., funciona como sociedad anónima en los términos previstos en el artículo 3º de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, una Asociación sin fin de lucro. Tiene su domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de la Calera, Provincia de Córdoba, República Argentina.. C
Artículo 3º del Estatuto Social, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO
3º: Tiene por objeto la realización sin fines de lucro de las siguientes actividades: a Administrar, parquizar y mantener todas la áreas comunes de esparcimiento y recreación o espacios verdes y áreas de circulación existentes o que se construyan en el futuro en el terreno donde se asienta la urbanización residencial especial, ubicada en calle Los Alamos s/n, la localidad de La Calera, de la provincia de Córdoba, sometida a la regulación de las ordenanzas municipales vigentes que autorizan el fraccionamiento; b Dictar, modificar, interpretar y aplicar el Reglamento Interno, al que deberán adherirse sin reserva alguna, todos los compradores de lotes y/o unidades de propiedad horizontal en dicho fraccionamiento tratando de armonizar los intereses comunes, a los fines de lograr una mejor convivencia; c Organizar, contratar y supervisar los servicios generales que seguidamente se citan, destinados a satisfacer las necesidades de los propietarios, sin perjuicio de otros servicios que se resuelva prestar en el futuro, conforme las disposiciones estatutarias y de aquellos cuya prestación quede en manos de la Municipalidad de La Calera, a saber: servicio de vigilancia y seguridad, recolección de basura, recolección de residuos de obra, alquiler de contenedores, limpieza, mantenimiento y reparación de calles, alumbrado, parquización y mantenimiento de espacios verdes, áreas de recreación y de uso común, limpieza de terrenos baldíos por cuen-

bién todos los contratos que fueren necesarios con empresas particulares, para la prestación de los restantes servicios; e Reglamentar el uso de los lugares comunes, áreas de esparcimiento, espacios verdes, etc., de manera de armonizar los intereses comunes de los adquirentes de lotes ó unidades de propiedad horizontal en dicha urbanización: f Reglamentar las condiciones a cumplir por parte de los propietarios de lotes o de unidades de propiedad horizontal, representantes técnicos, directores técnicos, encargados, constructores, contratistas, personal en general en toda obra sea nueva, o sea ampliación o refacción que se realice en los lotes que forman parte de la Urbanización, tanto las referidas al proyecto en si como aquéllas que se refieran al proceso de ejecución y construcción; g Adquirir el dominio de los lotes denominados Pasillo Privado y Parterre y determinar las afectaciones que fueran convenientes al emprendimiento de manera tal de asegurar a los adquirentes de lotes ó unidades de propiedad horizontal el uso y goce a perpetuidad. h Mantener, parquizar y regular el uso de cualquier otra zona común de uso común como por ejemplo los denominados en plano Espacios Verdes con la misma finalidad establecida en el inciso anterior. A los fines de cumplir el objeto social, la asociación tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Con el fin de cumplir con el objeto social, se establece el deber de cada accionista propietario de lote ó unidades de propiedad horizontal, a contribuir al pago de los gastos y expensas comunes que incluyen impuestos que graven el inmueble general o lotes o espacios comunes a todo el barrio lote 65-pasillo Privado, parterre, espacios verdes tasas, servicios, contribuciones de mejoras, etc. y en general todo aquello que deba pagar la sociedad por la gestión de administración. El criterio que se establece para determinar la contribución mensual a pagar por cada propietario de lote o unidad de propiedad horizontal es el siguiente:i Cada uno de los propietarios de los lotes 1 al 16
inclusive, 18 al 21 inclusive y 23 al 37 inclusive y 39 al 64 inclusive, en los cuales solo se puede construir una única vivienda unifamiliar deben pagar el importe de una 01 expensa; ii cada uno de los propietarios de las dos unidades de vivienda construidas en el lote 17 pagarán una 01 expensa; y para el caso de tratarse de un
blea General Extraordinaria de fecha 07/09/2017.
2 Ratificar el Acta Constitutiva y Estatuto Social de fecha 08/05/2017. Asimismo, se resuelvió por unanimidad RECTIFICAR: APunto nº 1 del Acta Constitutiva de fecha 08/05/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: 1.- Constituir una Asociación sin fines de lucro, que adopta
ta y cargo de cada propietarios y de cualquier otro eventual servicio; d Formalizar con la Municipalidad de La Calera, todos los contratos que fueren pertinentes a los fines de establecer las condiciones de prestación de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza y mantenimiento de calles y recolección de basura, como así tam-

mismo propietario, pagara 02 expensas; iii y el Lote 22 apto para vivienda multifamiliar hasta que se construyan las 14 unidades pagará una 01 expensa; cada unidad terminada deberá pagar el 70% de una 01 expensa, una vez concluidas las 14 viviendas, a cada unidad corresponderá el 70% del valor de una 01 expensa.

3 días - Nº 119204 - $ 1013,22 - 27/09/2017 - BOE

FINCA 1948 S.A.
GENERAL DEHEZA
ELECCIÓN DE AUTORIDADES
Por acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas N 6 de Finca 1948 S.A. del 31 de Mayo de 2016, se resolvió por unanimidad renovar los miembros del Directorio por un periodo de tres ejercicios, quedando conformado de la siguiente manera: Presidente María Elena Lourdes Torre, D.N.I N 10.640.334 y como Director Suplente Roberto Daniel Urquía, D.N.I N 5.528.161. Los directores prestan consentimiento y aceptación al cargo para el que fueron electos fijando como domicilio especial en calle General Paz Nº 85
P. 1º D. 204 de la localidad de General Deheza, Provincia de Córdoba.-PUBLIQUESE EN BOLETIN OFICIAL.
1 día - Nº 119641 - $ 217,34 - 27/09/2017 - BOE

ASOCIACION BARRIO PRIVADO E.R S.A.
LA CALERA
EDICTO RATIFICATORIO-RECTIFICATORIO
DE EDICTO Nº 117311 DE FECHA 12/09/2017

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2017 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data27/09/2017

Conteggio pagine26

Numero di edizioni3993

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione07/08/2024

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