Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/08/2016 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

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AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 165
CORDOBA, R.A., JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

SOCIEDADES - PERSONAS JURÍDICAS
ASAMBLEAS Y OTRAS

compromisos que considera necesarios y sólo con las limitaciones contenida en la legislación específica en la materia y este contrato; b la comercialización y administración, por sí, por medio de terceros o asociada a terceros de proyectos inmobiliarios y urbanísticos. Para el cumplimiento del objeto social, podrá la sociedad realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto, ya sea contratando con personas físicas, entes privados o públicos, sean extranjeros, nacionales, provinciales o municipales, entidades, asociaciones civiles, mutuales, cooperativas.
También tiene la sociedad plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por éste estatuto; c la prestación de servicios de trabajo aéreo en todas sus formas, tales como: AAE AGROAÉREO-; Rociado, Espolvoreo, Siembra; FTF - FOTOGRAFÍA - Oblicua, Filmación; PPA - PROPAGANDA - Pintado de Aeronaves, Arrojo de Volantes y Radial; IYV
- INSPECCIÓN Y VIGILANCIA - Vigilancia de Oleoductos y Gasoductos; Búsqueda y Salvamento y DPF - DEFENSA Y PROTECCIÓN DE
LA FAUNA - Arreo de Ganado, Control de Alambrados y Manadas, con todo tipo de aeronaves, instrucción de vuelo, aeroaplicación, importación y exportación de aeronaves, sus componentes y repuestos, alquiler, compra, venta y administración de aeronaves, instalación de hangares, aeródromos, talleres de mantenimiento y reparación de aeronaves. d Procesamiento de placas de madera en general, cortes y pegado de las mismas, colocación de herrajes y accesorios, y en general toda tarea necesaria para la obtención de muebles y/o sus partes componentes. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos conexos, complementarios y/o accesorios para la consecución del objeto social que no fueren prohibidos por la ley y por este estatuto. Contratar al personal habilitado a tal fin conforme las disposiciones legales vigente.
Oficina 08.08.2016.

Williams 2808 Bº Los Naranjos de la ciudad de Córdoba, quienes expresaron su aceptación. Fdo Di Tullio, José Antonio, Juez Jaime de Tolosa, Alejandra, Prosec.
1 día - Nº 66609 - $ 402,10 - 25/08/2016 - BOE

AGENCIA CÓRDOBA TURISMO S.E.M.

- Por acta de socios de fecha 30/07/2016 con motivo del fallecimiento de la socia gerente Ali-

RESOLUCION: 231, Cordoba 16 de Agosto de 2016, Visto el expediente 0260-011907/2016 en el que la Coordinación de Turismo Alternativo solicita la intervención de la Dirección de Inversiones y Servicios Turísticos de la Agencia Córdoba Turismo a fin de que emita informe respecto de las responsabilidades, infracciones y sanciones que eventualmente pudieren corresponderle al Sr. Rodrigo Esmella en relación al accidente que sufriera el 21 de febrero pasado en el Cerro Uritorco, como consecuencia de la pérdida de sustentabilidad durante la práctica de un vuelo en parapente. Y considerando : La documentación obrante en la tramitación incoada y en particular el informe producido por la Dirección de Inversiones y Servicios Turísticos de la Agencia Córdoba Turismo de fs. 25 a 28, en el que se determina la responsabilidad que le cabe al Sr. Rodrigo Esmella por haber incumplido la obligación de registrarse al momento que ingresó a la zona de riesgo Cerro Uritorco Ley 9856 Dec. 1525, y por haber actuado de manera negligente y con desprecio hacia la propiedad privada de terceros y las normas de seguridad pasivas y activas que deben observarse ante la práctica de actividades de riesgo como lo es el vuelo en aerodeslizadores. Que de la documentación aportada al expediente se despendería el hecho de que el Sr. Esmella habría hecho caso omiso a las condiciones climáticas reinantes en la zona del Cerro Uritorco el día del accidente 21/02/2016; que de dicha conducta devino el accidente analizado que originó una acción de rescate por parte de los Bomberos Voluntarios de Capilla del Monte, e indirectamente en otras acciones con lamentable resultado, como lo fue la caída de una helicóptero y el incendio de una superficie de 40 hectáreas aproximadamente pertenecientes al Cerro Uritorco. Que la no registración en el registro de la zona de riesgo por parte del Sr. Esmella se encuadra en los extremos del Art. 21 de la Ley 9856, por lo que cabe la aplicación de una multa de diez 10
Unidades de Multa de acuerdo a lo establecido
cia María del Carmen Enrico DNI. 4.852.590, se resolvió por unanimidad designar nuevos gerentes para su desempeño en forma conjunta o indistinta, a los Sres. Sergio Guillermo Paredes DNI 17.532.834; Alejandro Marcelo Paredes DNI 16.904.169 y María Cristina Enrico DNI.
5.588.143, todos con domicilio en calle Alberto
por la Ley 8431, lo que asciende a la fecha de la presente disposición a la suma de seis mil ochocientos diez pesos $6.810. Que con respecto a la determinación de su conducta negligente y las sanciones que le cabrían por tal responsabilidad, al no encontrarse específicamente abordadas en la Ley 9856, es opinión de la Dirección de In-

1 día - Nº 66335 - $ 1148,40 - 25/08/2016 - BOE

RESIDENCIA GERIATRICA
PRIVADA MARIA ADELA S.R.L

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

versiones y Servicios Turísticos de la A.C.T. que debe correrse vista a la Fiscalía de Estado a fin de que prosiga las actuaciones tendientes al cobro de los gastos incurrido por parte del Estado Provincial con motivo del rescate del Sr. Esmella de una zona de riesgo, fruto de su incompetencia profesional y de su actitud negligente. Que a fs.
29 obra informe del Area de Asuntos Legales y Despacho sin observaciones jurídico-formales. El dictamen Nro. 175/16 avala la continuidad del trámite de conformidad con los extremos del Art.
21 de la Ley 9865 y Dec. Reg. 1525, lo dispuesto por la Ley 8431 Código de Faltas de la Provincia de Córdoba, y por lo instruido por la Dirección de Inversiones y Servicios Turísticos de la A.C.T., correspondiendo el dictado del acto administrativo de rigor. Por ello, constancias de autos, en uso de sus atribuciones El Directorio de la Agencia Córdoba Turismo S.E.M. Resuelve: Artículo 1: Sancionar con diez 10 unidades de multa $ 6.810
al Sr. Rodrigo Esmella, DNI Nro. 29.250.559, domiciliado en Padre Cesar Ferreyra Nro. 190, Capilla del Monte, Provincia de Córdoba, por no haber registrado su ingreso a la Zona de Riesgo Cerro Uritorco el día 21/02/2016, de conformidad con los alcances del Art. 21 de la Ley 9856 y de la Ley 8431-Código de Faltas de la Provincia de Córdoba. Artículo 2: Declarar al Sr. Rodrigo Esmella como responsable directo por los gastos ocasionados con motivo de su rescate del Cerro Uritorco. Artículo 3: Derivar las presentes actuaciones a la Fiscalía de Estado del Gobierno de la Provincia a fin de que determine los alcances de la responsabilidad del involucrado y procure el cobro de los gastos incurridos por el Estado en su búsqueda y rescate del Cerro Uritorco el día 21/02/2016. Artículo 4: Notifíquese, publíquese y archívese.
3 días - Nº 66131 - s/c - 25/08/2016 - BOE

EMPRESA CONSTRUCTORA CORFUR S.A.
En Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 09/08/2013, ratificada por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 18/08/2016 se resolvió i Aumentar el Capital Social en la suma de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil Trece $135.013 y Asignar cincuenta centavos $0,50 a la cuenta de resultados no asignados capitalizando los aportes irrevocables de fecha 12/09/2011, para lo cual se emitirán 135.013
acciones ordinarias, nominativas no endosables, de Clase A, con derecho a cinco votos por acción de valor nominal Pesos Uno $1 cada una. ii Modificar el artículo de Capital social del Estatuto Social quedando redactado de la siguiente manera: El capital social es de PESOS SETECIENTOS CINCUNTA Y DOS MIL DOSCIENTOS

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/08/2016 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data25/08/2016

Conteggio pagine18

Numero di edizioni3995

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione09/08/2024

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