Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/05/2015 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

CÓRDOBA, 26 de mayo de 2015
Administración, Importación, Exportación y Explotación Agropecuaria en todas sus formas, incluidas las semillas, cereales, granos, oleaginosas, forrajes, pasturas, y agroquímicos, abonos, fertilizantes, ganado en sus modalidades de cría, cabaña o invernada, de todo tipo de animales, explotación de tambo para la producción de leche y terneros para la venta, explotación avícola destinada a la crianza de aves y producción de huevos fértiles o para consumo, como así también alimentos balanceados, productos veterinarios etc; prestación de servicios afines a la actividad, embolsado y extracción de granos, arada, siembra, pulverización, cosecha y movimientos y preparación de suelos en general; b locación y/o Arrendamiento y/o Administración de inmuebles rurales propios y de terceros; c Compra y venta, permuta, canjeador de cereales y oleaginosas por insumos agropecuarios, distribución, consignación, depósito o almacenamiento, envase y fraccionamiento de cereales, semillas, oleaginosas, forrajes, productos semovientes, materias primas y sus derivados, provenientes de las actividades agropecuarias y productos agroquímicos, artículos rurales, productos veterinarios, fertilizantes, herbicidas, insecticidas, como así mismo la importación y exportación de dichos productos. 2
TRANSPORTE: transporte de cargas para bienes y mercaderías en general con vehículos propios y/o de terceros, por cuenta propia o de terceros o asociadas a terceros, traslado y/o fletes de mercaderías por medios terrestres y aéreos, distribución de mercaderías, actividades de logística y coordinación de transportistas. Trasporte de semovientes, cereales, aceites, oleaginosas y todos los productos y subproductos derivados de la actividad agrícola, industrial y comercial, materias primas y elaboradas, sustancias en estado sólido, líquido o implementos agrícolas, mediante carretones. 3 SERVICIOS: De organización, asesoramiento, administrativo, comercial, técnico, profesional en general y económico vinculado con el objeto de los incisos a b, c como asimismo la prestación de servicios de transporte de carga y de distribución de mercaderías relacionadas con el objeto de la sociedad. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá comprar y vender, inmuebles, maquinarias agrícolas e industriales, repuestos accesorios de las mismas gozando de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, pudiendo realizar todos los actos, contratos y operaciones que se relacionen con el mismo. A los fines descriptos la sociedad podrá establecer agencias, sucursales, establecimientos, o cualquier clase de representación dentro o fuera del país, sin más limitaciones que las expresamente establecidas en las leyes o en el presente estatuto. 4 INDUSTRIAL: Fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la ganadería, agricultura, alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios industriales propios o de terceros en cualquier punto del país o del extranjero, referido a dichas actividades. 5
COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRICOLAS, FERTILIZANTES, HERBICIDAS, PLAGUICIDAS y AGROQUIMICOS: compra, venta, canje, consignación, acopio, distribución, importación, exportación de cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relacionen con esta actividad. También podrá actuar como corredor, comisionista, o mandataria de los productos y sus derivados descriptos de acuerdo a la norma que dicte la autoridad competente. Capital Social: el Capital Social se fija en $100.000, representado por 1000 acciones de $100 V.N. de c/u, todas las acciones son ordinarias, nominativas, no endosables, de un voto por acción. Suscripción: JIC
DIVISIÓN AGRO SA 500 acciones de $100 V.N c/u, o sea $50.000 y AGROSERVICIOS CORODOBES S.R.L. 500
acciones de $100 V.N. c/u o sea $50.000. Integración: se efectúa en dinero en efectivo por la suma de $ 100.000, aportados hasta un 25% en la proporción suscripta por c/u, en la constitución, debiéndose integrar el saldo pendiente dentro del plazo de 2
años. Administración: Director titular el Sr. Federico Hugo Alonso, DNI N 24.521.932, para integrar el órg. de Adm. en el cargo de PRESIDENTE DEL DIRECTORIO Y Director Suplente el Sr. Juan Higinio Ciminari, DNI N 10.901.429. Los nombrados, el Sr. Federico Hugo Alonso y el Sr. Juan Higinio Ciminari, presentes en el acto de constitución, aceptaron en forma expresa los cargos de Director Titular y Director Suplente respectivamente, que les fueron conferidos, se notificaron del tiempo de duración de los mismos que es de dos ejercicios y manifestaron en carácter de declaración jurada que no les corresponden la prohibiciones e incompatibilidades del artículo
Tercera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCV - Nº 96
264 de la ley 19.550 y en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 256, ultimo párrafo de la ley 19.550, fijando domicilio especial ambos en la esquina de calles Juárez Celman y Alberdi de la ciudad de La Carlota, Departamento Juárez Celman, Provincia de Córdoba. La Sociedad prescindirá de la Sindicatura mientras no se encuentre comprendida en el Artículo 299 de la Ley 19.550. Organización de la representación legal: le corresponde al presidente de la sociedad. Fecha de Cierre del Ejercicio: 30 de junio de cada año.
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RESIDENCIA PRIVADA PARA ADULTOS
ABUELO BETO S.R.L.

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vidual y por tiempo indeterminado. A estos efectos revistará el carácter de Socia Gerente, quien representará a la sociedad, con el alcance que determina la ley y deberán usar su firma con el sello social. La socia gerente sólo podrá obligar a la sociedad en operaciones que se relacionen con el giro e interés social, quedándole prohibido comprometer a la sociedad en garantía de terceros. FISCALIZACIÓN: La fiscalización de la sociedad podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios, pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y demás documentos de la sociedad y recabar de los gerentes los informes pertinentes. FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de Octubre. Juzgado de 1ra. Inst. C.C. 13 A. - CON. y SOC. 1 Exp Nº 2639846/36.
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CONSTITUCIÓN
CONTRATO CONSTITUTIVO: de 01/11/2014. SOCIOS:
Gaido Cristian Ezequiel, argentino, soltero, D.N.I. Nº 36.233.678, de profesión estudiante, domiciliado en calle Italia 1851, Bº Villa Cabrera de la Ciudad de Córdoba, nacido el día 17/03/1992 y Calderari Estela Viviana, argentina, divorciada, D.N.I. Nº 20.479.946, de profesión Médica Laboral, domiciliada en calle Pan de Azucar 151, Bº Villa Claret de la Ciudad de Córdoba, nacida el día 24/02/1969. DENOMINACIÓN:
RESIDENCIA PRIVADA PARA ADULTOS ABUELO BETO
S.R.L. DOMICILIO LEGAL: Pan de Azucar 151, Bº Villa Claret, de esta ciudad de Córdoba. DURACIÓN: 50 años contados a partir de la fecha de inscripción del presente instrumento en el Registro Público de Comercio. OBJETO
SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a GERIÁTRICO: por medio de la administración, gestión y prestación del servicio de residencia geriátrica para adultos mayores, proporcionando atención médica, como así mismo su asistencia de enfermería y demás auxilios que hagan a la higienización, esparcimiento y convivencia de los internados ejercida por profesionales con título habilitante. Instalación, explotación, compra, venta y dirección comercial y administrativa de establecimientos geriátricos en forma directa o mediante el sistema de abono a particulares, obras sociales, prepagas y/o mutuales. Preparación y distribución de comidas adecuadas a los distintos tipos de necesidades nutricionales; provisión de medicamentos con fines asistenciales. b ASISTENCIA DOMICILIARIA: a través de la prestación de servicios médicos domiciliarios de emergencia, asistencia integral, servicio de enfermería permanente domiciliaria, medicina social, asistencial, preventiva destinados a personas de la tercera edad, con medios propios o de terceros, pudiendo prestar servicios a obras sociales, prepagas, sanatorios, hospitales, clínicas, particulares o entidades públicas. c INMOBILIARIAS: mediante la adquisición, venta, permuta, explotación, arrendamiento, locación, leasing, administración y construcción en general de inmuebles urbanos y rurales a los fines del cumplimiento de las actividades establecidas en los apartados a y b; incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal, countries, clubes, cementerios parques, multipropiedades y conceptos jurídicos análogos, creados o a crearse. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no le sean prohibidos por las leyes y por este contrato. Tendrá capacidad jurídica para gestionar créditos a entidades privadas, bancarias y financieras, realizar actividades de importación de insumos ortopédicos, medicamentos y geriátricos. Podrá celebrar convenios de prestación de servicios y realizar todos los actos relacionados con el objeto social, encontrándose facultada a participar en contratos de colaboración empresaria, de unión transitoria de empresas, de leasing y fideicomisos ya sea como fiduciante, fiduciaria y beneficiaria o fideicomisaria. CAPITAL SOCIAL: se establece en la suma $30.000,00 dividido en 300 cuotas sociales de $100,00
valor nominal cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: Sra. Calderari Estela Viviana, 270 cuotas sociales y el Sr. Gaido Cristian Ezequiel 30 cuotas sociales. El capital social suscripto se integra en dinero en efectivo de la siguiente manera:
un 25% a la firma del contrato constitutivo, y el saldo en un plazo máximo de un año contado desde la fecha de suscripción del mismo. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: la administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de la Sra. Calderari Estela Viviana en forma indi-

ASAMBLEAS
AGENCIA CORDOBA DEPORTES S.E.M.
Prórroga Convocatoria Ley 25.284 Art. 10
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CORDOBA
DEPORTES S.E.M. COMUNICA que por Resolución n 220/
15 de fecha 18/05/2015, se dispuso PRORROGAR hasta el día 19 de junio de 2015, la convocatoria efectuada por Resolución N 109 de fecha 13/03/15 para Abogados, Contadores y Especialistas en Administración Deportiva a inscribirse en el Registro del Órgano Fiduciario establecido por el art. 10 de la ley 25.284 y su decreto reglamentario 852/07. Los interesados deberán ingresar por ante mesa de entradas S.U.A.C. de la Agencia Córdoba Deportes S.E.M. sita en Av. Cárcano S/N
Estadio Córdobade esta ciudad de Córdoba carpeta personal de antecedentes a los fines de dar cumplimiento a los requisitos establecidos por ley 25.284 y su decreto reglamentario 852/07.
FDO: AGUSTIN CALLERI PRESIDENTEGUILLERMO
DI GIUSTO VOCAL DE DIRECTORIO.
1 día - Nº 7916 - s/c - 26/05/2015 - BOE

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ASAMBLEAS
LA FRATERNIDAD LAICAL DOMINICANA
DE CORDOBA
Convocase a ASAMBLEA ANUAL ORDINARIA para el día Sábado 13 de Junio de 2015 a las 15:30 hs. En nuestra SEDE
SOCIAL de calle Av. Vélez Sarsfield 62, Entre Piso - Torre Olegario Correa, para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA: 1
Oración de apertura. 2 Designación de dos 2 Asambleistas para firmar el acta. 3 Lectura y aprobación del acta de Asamblea anterior. 4 Lectura, consideración y aprobación: al cumplimiento del objetivo Apostólico fundamental, aprobar la Memoria, el Balance y el Informe de la Comisión Fiscalizadora, referidos al Ejercicio considerado. Titulo 111 Gobierno y Administración - De las Asambleas - N 35 apartado c. Que va desde el 01 de abril de 2014 al 31 de Marzo de 2015. 5
Lectura, consideración y aprobación del Presupuesto de Gastos e Inversiones que el Consejo elaborado y proponga para el Ejercicio en curso y toda modificación que se refiera a montos o porcentuales de los ítem que integren los mismo Titulo III
Gobierno y Administración - De las Asambleas - N 35 apartado c. Hacer saber a los Hermanos que de conformidad a la redacción actual Artículo N 35 inciso b de nuestro Estatuto:
Los miembros con promesa perpetua que no hayan concurrido al menos al setenta por ciento 70% de las reuniones de Regla en el año inmediato anterior a la celebración de cada Asamblea carecerán de voz y voto en la Asamblea, sea ordinaria o extraordinaria, así como quienes no se encuentren al día con el pago de la Cuota Social y de acuerdo al punto N 35 apartado c: El quórum se integrará con al menos la mitad más uno de los miembros con promesa perpetua. Sesionará válidamente

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/05/2015 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data26/05/2015

Conteggio pagine10

Numero di edizioni3987

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione30/07/2024

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