Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2011 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Córdoba, 24 de Junio de 2011
Sociedad se denomina LACTEOS LA
PLAYOSA S.A. Tiene su domicilio legal en jurisdicción de la localidad de La Playosa, Provincia de Córdoba, República Argentina. Por resolución del Directorio podrá establecer sucursales y constituir domicilios especiales en cualquier parte del país o en el extranjero.- ARTICULO SEGUNDODURACIÓN : La duración de la Sociedad se establece en treinta años, contados desde la fecha de inscripción del presente en el Registro Público de Comercio.ARTICULO TERCERO - OBJETO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: a TRANSPORTE: La explotación del servicio de Transporte nacional e internacional de mercaderías y bienes muebles en general, distribución y reparto domiciliarlo de productos alimenticios, para sí o para terceros contratantes, ya sea en larga, mediana o corta distancia, en vehículo propios o arrendados o utilizados por la empresa en virtud de cualquier otra figura jurídica.- Comprende también todas las actividades complementarias o conexas como la instalación de talleres de montaje, talleres mecánicos de autos, sus partes y componentes, así como la organización comercial para la provisión de repuestos, combustibles e insumos vinculados directamente al transporte de productos varios.- b AGROPECUARIAS GANADERAS - TAMBERAS: La explotación de establecimientos ganaderos de cria e invernada de todo tipo de hacienda y tambos. Siembra y recolección de cereales, oleaginosas y forrajes, por si o asociado a terceras personas, y todo tipo de explotación relacionada con la producción lechera, el agro y la ganadería. c INDUSTRIALES: Elaboración, fraccionamiento y envasado de toda clase de productos lácteos y alimenticios partiendo de la industrialización de la leche, cereales, oleaginosas, o productos semielaborados.- d FINANCIERAS: De toda clase de operaciones vinculadas con las actividades señaladas más arriba, con exclusión expresa de las actividades comprendidas en la ley de entidades financieras Nº 21.526.- A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones.- ARTICULO CUARTO - CAPITAL ACCIONES
- : El capital social es de Pesos TRESCIENTOS
MIL $ 300.000,00 representado por TRESCIENTAS ACCIONES 300 acciones de Pesos UN MIL $1.000,00 valor nominal cada una, ordinarias nominativas no endosables de la clase A con derecho a cinco 5 votos por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley 19.550. ARTICULO QUINTO: Las acciones que se emitan pueden ser de los tipos autorizados por ley. Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Pueden también fijárseles una participación adicional en las ganancias. . La cesión de las acciones entre los socios es libre, debiéndose comunicar la misma a la sociedad con la entrega de un ejemplar del título de transferencia. La cesión de acciones a terceros extraños de la sociedad queda limitada al cumplimiento del siguiente procedimiento:
Quien se proponga ceder sus acciones total o parcialmente a un tercero extraño a la sociedad deberá obtener la conformidad unánime de los demás, quienes se reservan el derecho de denegarle mediante justa causa o de ejercer el derecho de preferencia para adquirirla, sin perjuicio de que la sociedad también podrá ejercitar tal preferencia, con utilidades o reservas disponibles o reduciendo capital. ARTICULO SEXTO: En caso de mora en la integración del Capital, el
BOLETÍN OFICIAL
Directorio queda facultado para proceder de acuerdo con lo determinado por el art. 193 de la Ley 19.550, en cualquiera de sus variantes, según lo estime conveniente. ARTICULO SEPTIMO
- DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno y un máximo de tres, electos por el término de tres ejercicios. La Asamblea puede designar mayor, menor o igual número de suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección por la Asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria.
Los Socios, en la primera sesión, deben designar un presidente.- El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría absoluta de votos presentes. El Presidente tiene doble voto en caso de empate. La Asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el Art. 261 de la Ley 19.550. En garantía de sus funciones los titulares depositarán en la caja social la suma de pesos un mil $ 1000,00 o su equivalente en títulos valores públicos. El directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 1.881 del Código Civil, excepto el inciso 6º y las establecidas en el Art. 9º del decreto Nº 5965/63.
La representación legal de la sociedad y el uso de la firma social corresponde al presidente del directorio o al vicepresidente - en caso de ser designado - indistintamente. ARTICULO OCTAVO - FISCALIZACIÓN: La Sociedad no se encuentra comprendida en las disposiciones del Art. 299 de la Ley 19.550, por lo cual, prescinde de la Sindicatura, adquiriendo los Accionistas las facultades de contralor del art. 55 de la Ley 19.550.ARTICULO
NOVENO
ASAMBLEAS: Toda Asamblea deberá ser citada en la forma establecida en el art. 237 de la Ley 19.550 sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. Deberá mencionarse en la convocatoria el día y la hora del cierre del Registro de Asistencia para la comunicación o el depósito previo de las acciones, establecido en el art. 238 de la ley 19.550. Podrá convocarse simultáneamente en primera y segunda convocatoria, para celebrarse esta última una hora después de haber fracasado la primera. ARTICULO DECIMO: Rigen el quórum y mayoría determinados por los Arts.
243 y 244 de la Ley 19.550, según la clase de Asamblea, convocatoria y materia de que se trate.
La Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria se considerará constituida válidamente cualquiera sea el número de acciones con derecho a voto presentes, salvo los supuestos de los Arts. 70 última parte, y 244
in fine de la ley 19.550. ARTICULO
DECIMO PRIMERO EJERCICIO SOCIAL:
Ejercicio Social El Ejercicio Social cierra el 31 de Diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los Estados Contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. ARTICULO DECIMO
SEGUNDO: Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: a El 5% hasta alcanzar el 20% del Capital suscripto, para el fondo de Reserva Legal; b La remuneración del Directorio; c A
reservas facultativas, conforme lo previsto en el art. 70 in fine de la Ley 19.550; d A dividendos de acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; e A dividendos de acciones ordinarias; f el saldo al destino que fije la Asamblea. Los dividendos deberán ser pagados dentro del ejercicio en que fueron aprobados.
Disuelta la Sociedad por cualquiera de las causales
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previstas en el Art. 94 de la Ley 19.550, la liquidación será practicada por el ó los liquidadores designados por Asamblea Extraordinaria quienes deberán actuar conforme lo dispuesto en los Arts. 101, siguientes y concordantes de la Ley 19.550 y bajo la fiscalización del Síndico, en su caso. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones.
N 14433 - $ 780.CONIFERAL S.A.C.I.F.
Por Asamblea Ordinaria de fecha 01 de abril del 2011 y Acta de Directorio nº 1283 de fecha 07 de abril del 2011, se resolvió por unanimidad designar a las autoridades del Directorio y del Consejo de Vigilancia de CONIFERAL SACIF, resultando electas: Ignacio Gregorio Giannico h, DNI nº 14.702.523 como Director Presidente, Juan Carlos Escobar, DNI nº 7.798.503 como Director Vicepresidente, Gustavo Alejandro Mira, DNI nº 22.220.210 como Director Secretario, Marcelo Fernando Foncea, DNI nº 18.385.157 como Director Prosecretario, Heliberto Valverde, DNI nº 16.508.592 como Director Tesorero, Edgar Adrián Bordi, DNI nº 20.998.159 como Director Protesorero; Celso Hugo Navarro, DNI nº 10.378.971, Francisco Antonio Reyna, DNI nº 10.046.199, Sergio Osvaldo Ciarimboli, DNI nº 17.004.678, Miguel Ángel Tolosa, DNI nº 24.597.638, Raúl Daniel Jaime, DNI nº 13.371.836, Ariel Alejandro Reyna, DNI nº 28.118.222 y Eduardo Miguel Fernández DNI nº 22.792.539, como directores;
y como miembros del Consejo de Vigilancia: como titulares, Juan Bernardo Zitelli Presidente DNI
nº 6.479.473, Elisa del Valle Ramacciotti DNI nº 10.773.731 y Abel Pablo Salguero, DNI nº 6.365.722; como suplentes Mirta Viviana Sánchez, DNI nº 13.983.736, Marcela Silvia Valverde DNI nº 20.453.282 y Jorge Alberto Armesto DNI nº 14.218.915. Todos aceptan el cargo por el que fueran investidos y durarán en el cargo: dos ejercicios los Sres. Directores y un ejercicio los Sres. miembros del Consejo de Vigilancia.
N 14697 - $ 80.Frontera Urbana SA
SAN FRANCISCO
Constitución de Sociedad 1. Accionistas: Osvaldo Actis, argentino, ingeniero agrónomo, nacido el 23 de abril de 1973, DNI N 23.304.515, soltero, domiciliado en Independencia N n 4038 de esta ciudad de San Francisco; Oscar Eduardo Oldrino, argentino, comerciante, nacido el 27 de septiembre de 1974, DNI N 24.188.260, casado, domiciliado en calle Castelli n 2533, de esta ciudad de San Francisco; Guillermo Mauro Pastore, argentino, ingeniero agrónomo, nacido el 18 de abril de 1973, DNI N 23.252.078, soltero, domiciliado en Juan XXIII n 1208, de esta ciudad de San Francisco;
e Inés María Lucarelli, argentina, docente, nacida el 11 de octubre de 1951, DNI N 10.050.428, viuda, domiciliada en Sarmiento n 453 de esta ciudad de San Francisco 2. Fecha del acto constitutivo: Acta del 9 de marzo de 2011. 3.
Denominación social: "Frontera Urbana S.A
4. Domicilio y sede social: Domicilio en la cuidad de San Francisco, Pcia. de Córdoba, Rep. Argentina. Sede social en Bv. Roque Sáenz Peña n 1498 de la misma ciudad. 5. Objeto social:
dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, con las limitaciones de la ley, en cualquier parte de la República Argentina
y/o del extranjero, a las siguientes actividades: a Inmobiliaria: compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de bienes inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá inclusive realizar todas las operaciones obre inmuebles que autoricen las leyes comprendidas en disposiciones de la Ley de propiedad horizontal. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles propias o de terceros.
Complementariamente podrá con dinero propio conceder créditc s para la financiación de la compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término; préstamos personales con garantía o sin ella; realizar operaciones de créditos hipotecarios mediante recursos propios y créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas.
Comprar, vender y todo otro tipo de operaciones con títulos, acciones, obligaciones, debentures y cualquier otro valor inmobiliario en general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de terceros. Quedan expresamente excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. 6. Plazo de duración: 30
años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. 7. Capital social: El capital social es de CINCUENTA MIL PESOS $ 50.000,00, representado por QUINIENTAS 500 acciones de CIEN PESOS $ 100,00 de valor nominal cada una, nominativas no endosables de la clase B con derecho a UN 1 voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quintuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley 19.550.
Osvaldo Actis suscribe Ciento Veinticinco 125
Acciones ordinarias de Cien Pesos $ 100 de valor nominal cada una, nominativas, no endosables, de la clase B, con derecho a Un 1
voto por acción; Oscar Eduardo Oldrino suscribe Ciento Veinticinco 125 acciones ordinarias, de Cien Pesos $ 100 de valor nominal cada una, nominativas, no endosables, de la clase B, con derecho a Un 1 voto por acción; Guillermo Mauro Pastore suscribe Ciento Veinticinco 125
acciones ordinarias, de Cien Pesos $ 100 de valor nominal cada una, nominativas, no endosables, de la clase B, con derecho a Un 1
voto por acción; e Inés María Lucarelli suscribe Ciento Veinticinco 125 acciones ordinarias, de Cien Pesos $ 100 de valor nominal cada una, nominativas, no endosables, de la clase B, con derecho a Un 1 voto por acción. 8. Órgano de administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto con el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria con un máximo de nueve 9 miembros, electo/s por el término de tres ejercicios. La Asamblea debe designar dos miembros suplentes por el mismo término, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. 9. Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura, de conformidad con el artículo 284 de la ley 19.550. Los socios tienen el derecho de fiscalización que les confiere el artículo 55
de la citada ley. En caso de quedar la sociedad comprendida dentro de alguno de los supuestos contemplados por el Art. 299 de la Ley 19.550, la Asamblea Ordinaria designará un síndico titular y un síndico suplente por el término de tres ejercicios. El Síndico debe reunir las condiciones

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2011 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data24/06/2011

Conteggio pagine10

Numero di edizioni3990

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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