Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/02/2011 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 08 de Febrero de 2011
modificándose la claúsula del capital social.N 686 - $40
EXPRESO BICENTENARIO S.R.L.
1Socios: Entre el Sr. CLIVER LUIS
CERQUATTI, argentino, D.N.I 5.534.072, de 61 años, viudo, comerciante, con domicilio en Facundo Quiroga 646 de la Localidad de Oncativo, Provincia de Córdoba y la Sra. ANA
BEATRIZ HEREDIA, argentina, D.N.I
16.743.247, de 46 años, soltera, comerciante, con domicilio en calle Sargento Cabral 1356 Barrio San Vicente de la Ciudad de Córdoba, 2Fecha de constitución 12 de Noviembre de 2010.
3Denominación:
EXPRESO
BICENTENARIO S.R.L. 4Domicilio: En jurisdicción de la Ciudad de Córdoba. Por acta de fecha 12 de noviembre de 2010 se fija sede social en calle Bernardo de Irigoyen 838 Barrio San Vicente de la ciudad de Córdoba.5Objeto Social: realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros el transporte de mercaderías y cargas generales ya sea a través de medios propios o contratados para tal fin en el ámbito de la República Argentina y/o en otros países.6Duración: 30 años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
7Capital Social : $100.000, formado por 100
cuotas sociales de $1.000 cada una. Dicho capital social se suscribe en su totalidad en este acto, integrándose en dinero efectivo el 25% en este acto y el saldo en el plazo de dos años a contar desde el día de la fecha; según se detalla a continuación: El Sr. Cliver Luis Cerquatti 75
cuotas sociales por un valor total de $75.000 y la Srta. Ana Beatriz Heredia, 25 cuotas sociales por un valor total de $25.000. 8Administración y Representación: A cargo de dos gerentes, socios o no, que representarán y obligarán a la sociedad en forma conjunta con su firma. Por acta de fecha 12 de noviembre de 2010, se designa como Gerentes a los Sres. Cliver Luis Cerquatti y Ana Beatriz Heredia. 9Fecha de cierre de ejercicio:
31 de diciembre.N 688 - $100
ALEXA SRL
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
El Sr. Darío Martín Tejeda Rosales, DNI
28.186.503, argentino, 30 años, soltero, comerciante, con domicilio en calle Génova N
581 y el Sr. Domingo Lorenzo Oviedo, DNI
6.449.872, argentino, 62 años, soltero, comerciante, con domicilio en calle Nuñez, Nº 1050, ambos de la ciudad de Alta Gracia, Prov. de Córdoba, por instrumentos privados de fecha 13/
10/10 han constituido la sociedad ALEXA SRL, con domicilio en jurisdicción de la ciudad de Córdoba y designando por Acta N 1 de Reunión de Socios 13-10-10 el asiento principal en calle Obispo Marcellano N 3903, B Alto Verde de la Ciudad de Córdoba, la que tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros las siguientes operaciones; a Construcción:
asesoramiento, estudio, proyecto, dirección, ejecución, administración de obras de arquitectura o ingeniería civil, electrónica, mecánica, sanitaria público o privado; b Industrial: fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos para obras de arquitectura o ingeniería civil, electrónica, mecánica; c Comercial:
Compra, venta, importación y exportación, permuta, distribución, envase, fraccionamiento de bienes, productos, subproductos y materias primas que se relacionen con las operaciones establecidas en los incisos anteriores.- d Comercialización; Explotación de concesiones, patentes de invención, marcas de fábricas, diseños
y modelos industriales; e Servicios: Estudio, cálculo, asesoramiento, proyecto dirección, ejecución, administración, explotación, mantenimiento de obras de arquitectura o ingeniería civil, electrónica, mecánica, sanitaria.f Mandatos y Representaciones: Ejercicio de representaciones y mandatos de comisiones, estudios, proyectos, dictámenes e investigaciones que se relacionen con las operaciones establecidas en los incisos 1 y 2 del presente.- Duración de la sociedad: 99 años a partir de la inscripción en el Reg. Públ. Com..- Capital: Diez Mil $10.000, dividido en Mil 1.000 cuotas de Pesos Diez $10 valor nominal cada una de ellas, las cuales han sido suscriptas íntegramente por los socios, de acuerdo a la siguiente proporción: el Sr. Darío Martín Tejeda Rosales, D.N.I. 28.186.503, suscribe NOVECIENTOS CINCUENTA 950
cuotas, de pesos diez $10 cada una, equivalentes a la suma total de aporte de Pesos Nueve Mil Quinientos $ 9.500.- y el Sr. Domingo Lorenzo Oviedo, D.N.I. 6.449.872, suscribe CINCUENTA
50 cuotas, de pesos diez $10 cada una, equivalentes a la suma total de aporte de Pesos QUINIENTOS $ 500.-, integrado el 25% en dinero en efectivo y el saldo restante en el plazo de 2 años.- La dirección, administración y representación de la Sociedad será ejercida según Acta N 1 - Reunión de Socios 13-10-10- por el Sr. Elio Omar Sosa, quién revestirá el cargo de Gerente y tendrá la representación legal, obligando a la sociedad mediante su firma y por la Sra. María Nieves González, quien será el gerente suplente y ocupará el cargo de gerente en casos de vacancia, ausencia, impedimento, incapacidad o fallecimiento del gerente titular de la sociedad.Fecha cierre de ejercicio: 31 Diciembre de cada año.- Juzgado de 1 Instancia y 29 Nom. C y C, Of. 04-02-11.-.
N 780 - $ 164.ALMA S.R.L.
En la localidad de Almafuerte, Provincia de Córdoba a veintiún días del mes de abril de dos mil diez, se reúnen los señores Julio Alejandro Marín, argentino de 36 años de edad, de profesión comerciante, casado, D.N.I. Nº 22.850.105 y Clarisa Nilda Pelufo, D.N.I Nº 25.329.885, argentina de 33 años de edad, de profesión docente, ambos con domicilio real en calle Alberdi Nº 386 de la localidad de Almafuerte, quienes convienen en celebrar el presente contrato de sociedad de responsabilidad limitada, sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: Denominación Domicilio: La sociedad se denomina ALMA
S.R.L. y tiene su domicilio legal en calle Pedro C.
Molina Nº 693 de la ciudad de Almafuerte, departamento Tercero Arriba, Provincia de Córdoba, pudiendo establecer filiales, sucursales y representaciones en cualquier lugar de la República Argentina o en el exterior. SEGUNDA:
Duración: La sociedad tendrá una duración de treinta años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo prorrogarse tal plazo de acuerdo a las previsiones del Art. 93 de la ley 19.550. TERCERA: Objeto Social: El objeto de la sociedad será la producción, comercialización, importación y exportación de pinturas, herramientas, artículos de ferretería, Instalaciones y Montajes Agroindustriales, Fabricación de Estructuras Metálicas galpones, tinglados, celdas, cocheras, aleros, naves, entre otras Servicios de tornería, pintura de obra, calderas, refrigeración y calefacción, instalaciones de plantas de acopio y acondicionamiento, silos, cañerías de fluídos varios, revestimientos y aeslaciones térmicas, Trabajos en tornería y Plegados de chapas, Construcciones Civiles, servicios de siembra, cosecha y tareas atinentes a la cría y compra y venta de ganado. A tal fin la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todo tipo de actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá inscribirse en registros prendarios e hipotecarios del país o del exterior.
CUARTA: Capital Social: El capital social es de pesos doce mil $ 12.000 dividido en un mil doscientas cuotas sociales de pesos diez $ 10,00
cada una, las que son suscriptas de la siguiente forma: el Sr. Julio Alejandro Marín suscribe la cantidad de seiscientas 600 cuotas sociales equivalentes a la suma de pesos seis mil $6.000, y la Sra. Clarisa Nilda Pelufo suscribe la cantidad de seiscientas 600 cuotas sociales equivalentes a la suma de pesos seis mil $6.000. La integración del capital es en efectivo y los bienes detallados en listado comprendido en el anexo I que forma parte integrante de este contrato. QUINTA:
Administración:
La administración, representación legal y el uso de la firma social, estará a cargo, de los Sres. Julio Alejandro Marín y Clarisa Nilda Pelufo, quienes revestirán el cargo de SOCIOS GERENTES, siendo tal designación por tiempo indeterminado. Representan a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto de la sociedad, sin limitación de facultades, en la medida que los actos que realicen tiendan al cumplimiento de los fines sociales. El uso de la firma social es indistinta. La sociedad sólo podrá obligarse en operaciones que se relacionen con su objeto social, quedando absolutamente prohibido a los socios gerentes comprometerla en fianza a favor de terceros. A
los efectos de la consecución de los fines sociales, los socios gerentes tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, incluso los previstos en los Arts. 1881 del Código Civil y 9 del decreto Ley 5965/63. SEXTA: La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios, pudiendo inspeccionar los libros de cuentas y demás documentos de la sociedad, exigiendo en su caso la realización de balances parciales y rendición de cuentas especiales en los términos del art. 55 de la Ley 19.550. SEPTIMA:
Se llevará un libro de actas de reuniones de socios en donde éstos harán constar las resoluciones de importancia que se adopten, sea en asambleas o no, las que deberán ser firmadas dentro del quinto día de concluido el acuerdo. En el acta deberán constar las respuestas dadas por los socios y su sentido a los efectos del cómputo de votos. Cada cuota sólo dará derecho a un voto, según lo dispuesto por el art. 161 de la Ley 19.550. Estos documentos deberán conservarse por el término de que disponga la legislación específica y vigente en la materia. Asimismo, se llevarán los demás registros contables a que alude la ley. OCTAVA:
Reuniones Sociales: Los socios se reunirán mensualmente para analizar las gestiones realizadas. Las decisiones y deliberaciones se asentarán en el Libro de Actas. Sin perjuicio de lo establecido, cualquiera de los socios puede convocar a reunión para analizar la marcha del negocio o tratar situaciones de gestión. NOVENA:
Ejercicio Económico: El ejercicio económico concluye todos los treinta y uno de diciembre de cada año, debiendo en dicha fecha confeccionar un balance general que deberá ser firmado por todos los socios. Aprobado el balance se procederá dentro del término de treinta días a distribuir las utilidades conforme a los porcentuales de los capitales integrados por cada socio, previa deducción del 5 % de las mismas en concepto de reservas para posibles futuros quebrantos, hasta cubrir el 20 % del capital social. En igual proporción serán soportadas las pérdidas.
DECIMA: Cesión de Cuotas: Las cuotas sociales no pueden ser cedidas a extraños, sino con el
5 acuerdo de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas partes, lo comunicara al otro socio, quien se pronunciará en el término que no podrá exceder de treinta 30 días desde la notificación. A su vencimiento se tendrá por acordada la conformidad y por no ejercitada la preferencia. Formulada la oposición el socio puede recurrir al juez del domicilio social, quien con audiencia de la sociedad, podrá autorizar la cesión si juzga que no existe justa causa de oposición. El precio de la parte del capital social que se cede resultará de la valuación del patrimonio según sus valores reales al tiempo de la cesión. DECIMA
PRIMERA: Retiro de Socios: Cualquiera de los socios puede retirarse de la sociedad, debiendo comunicar su decisión a los restantes socios con una anticipación no menor a tres meses o indicar en forma fehaciente su fecha de retiro, la que no podrá ser inferior al tiempo preindicado.
Finalizadas las operaciones pendientes para el caso de que uno de los socios solicitare su retiro de la sociedad, se realizará un balance general, que deberá ser firmado por todos los socios en la reunión de los mismos previa aprobación, dejándose constancia de ello en el Libro de Actas mencionado. Fijado el valor de la cuota de capital aportado y de las ganancias pertenecientes al socio renunciante los mismos deberán determinar la forma de pago, después de treinta 30 días de aprobado el balance. DECIMA SEGUNDA: En caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, la sociedad podrá optar por incorporar a los herederos si estos lo quisieran hacerlo o proceder al pago de la parte social conforme a la cláusula anterior dentro de los treinta 30 días de haberse comunicado tal decisión. DECIMA TERCERA:
Liquidación: La sociedad entrará en liquidación si así lo solicitan el o los socios que representen la mayoría absoluta del capital social. A tal fin se practicará la liquidación por los socios o se nombrará un tercero que procederá a realizar el activo, a abonar las deudas contraídas y a concluir la operación pendiente. Finiquitado lo cual se confeccionará el balance general, que deberá ser aprobado conforme al procedimiento mencionado en la cláusula séptima y se distribuirá el remanente conforme a los porcentuales del capital aportado.
DECIMA CUARTA: Para toda notificación o intimación judicial o extrajudicial los socios constituyen domicilio especial en sus respectivos domicilios reales denunciados en el acapite, donde serán válidas todas las que allí se hagan. Asimismo para cualquier divergencia de alguna cuestión relacionada con el presente contrato las partes acuerdan someterse a la competencia de los tribunales ordinarios de la ciudad de Río Tercero, renunciando a toda otra jurisdicción y/o competencia que pudiera corresponderle.
N 602 - $456

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/02/2011 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data08/02/2011

Conteggio pagine5

Numero di edizioni3969

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione03/07/2024

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