Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/02/2006 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

BOLETÍN OFICIAL

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elaboración y venta de pan, masas, facturas, sándwiches y afines, y demás productos de panadería, confitería y pastelería, por mayor y menor, y venta minorista de productos alimentarios y bebidas. Capital: pesos veinte mil $ 20.000, dividido en 2.000 cuotas de pesos diez $10 c/u, suscripto totalmente e integrado:
25 % en el acto de constitución, Héctor C.
MENSA integra 167 cuotas; Héctor F. MENSA
167 cuotas, y Marcelo MENSA 166 cuotas; el otro 75 % se integrará en 2 años y por partes iguales. Duración: 20 años, desde el 01- 06-2004.
Representación y administración: Marcelo A.
MENSA. Cierre del ejercicio: 31 de Mayo de c/
año.Nº 1379 - $ 98
TECNOSER SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L.RIO CUARTO
RECTIFICACIÓN
Se procede a rectificar la denominación de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo edicto fueron publicados el día 03 de Mayo del 2.005, por la siguiente: DENOMINACION:
TECNOSER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L..- Fdo.:
Juzgado Civil y Comercial, de 4 Nominación de Río Cuarto, Dra. Amanda Winter de Cordero secretaria.- Río Cuarto; 13 de Octubre de 2.005.Nº 1383 - $35.
EL TROPEL S.R.L.
RIO CUARTO
EL TROPEL S.R.L." Constitución de sociedad: 1 Socios: Luciana Martínez, DNI N
25.698.095, CUIT 27 - 25698095 -4, argentina, nacida el 29 - 11 - 1976, casada en primeras nupcias con Daniel Ricardo Córdoba, Ingeniera Química, con domicilio real en calle San Martín N 465, Piso 6. Dpto. "A" Río IV; y Luis Alejandro Pereyra, DNI N 21.999.127, CUIT
20-21999127-5, argentino, nacido el 10-121971, casado en primeras nupcias con María Hebe Salinas, Comerciante, con domicilio real en Pje. Vitulo N 1.150, Río IV; 2 Fecha del instrumento de constitución: 07-09-2005; 3
Razón social o denominación de la sociedad:
"EL TROPEL S.R.L - 4 Domicilio de la sociedad : General Paz N 1.495, Piso 1, Dpto.3
de la ciudad de Río Cuarto; 5 Objeto Social; La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, dentro del país o en el extranjero, las siguientes actividades: a Comerciales: mediante la compraventa, importación, exportación, representación, consignación, depósito, almacenaje, gestión, mandato, envasado, fraccionamiento y distribución de materias primas y productos o subproductos elaborados, alimenticios y/o combustibles , lubricantes, asfalto, pinturas, aditivos, líquidos, gaseosos y sólidos derivados del petróleo u otros productos energéticos; y/o de motores, automotores, maquinarias viales, agrarias y/o industriales, acoplados, repuestos, accesorios, mantenimientos y servicios destinados a la explotación rural, agropecuaria, frigorífica, forestal y minera, al transporte de cargas en general, de cereales, de productos agropecuarios y de pasajeros; al deporte y al turismo; terrestre, fluvial, lacustre, marítimo o aéreo, nacional o internacional, en especial de los países que integran el MERCOSUR; b Industriales:
mediante la explotación de Industrias elaborativas de productos o subproductos;
Combustibles: petroleros, gasíferos, forestales o agrícolas, Alimenticios: agropecuarios,
avícolas, cunículos y apícolos, y Mineros:
extracción de áridos de canteras secas y/o de ríos y su tratamiento y/o molienda para ser utilizados en la construcción u otros; c Agropecuarios: mediante la explotación de establecimientos rurales, agrícolas, ganaderos, forestales, avícolas, cunícolos y apícolos; d Financieros: mediante el otorgamiento de créditos para la venta de productos que comercialice; e Inmobiliarios: mediante la compra-venta, administración y construcción de bienes, inmuebles, rurales y urbanos, incluso las operaciones comprendidas por las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal.
Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad goza de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, pudiendo realizar todos los actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con aquél, que no sean prohibidas por las leyes o por esta instrumentación, como así también presentarse para su participación directa o indirecta en licitaciones públicas y/o privadas;
6 Plazo de duración: cincuenta años contados a partir de la fecha de inscripción en el R.P.C.;
7 Capital Social: PESOS VEINTICINCO MIL
$25.000.=, divididos en CIEN 100 cuotas de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
$250.= cada una; Suscripción: Luciana Martínez CINCUENTA 50 CUOTAS o sea el equivalente a PESOS DOCE MIL
QUINIENTOS $12.500.= y Luis Alejandro Pereyra CINCUENTA 50 cuotas o sea el equivalente a PESOS DOCE MIL
QUINIENTOS 12.500.= Integración en efectivo entregando, ahora el 25% y el 75%
dentro del plazo de dos 2 años, 8 Organos sociales: Administración: socios-gerentes:
Luciana Martínez y Luis Alejandro Pereyra.
Fiscalización: podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios; 9
Representación legal: La dirección y administración estará a cargo en forma indistinta en cualquiera de los socios en calidad de gerentes y usarán sus firmas precedidas del sello social.
En el ejercicio de la administración podrán para el cumplimiento de los fines sociales constituir toda clase de derechos reales, permutar, ceder, tomar en locación bienes inmuebles, administrar bienes de terceros, nombrar agentes, otorgar poderes generales y especiales, realizar todo acto o contrato para adquirir o enajenar bienes, contratar o subcontratar cualquier clase de negocio, tomar dinero en préstamo garantizados o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, realizar todos los actos previstos en los artículos 782 y 1881 del Código Civil y lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto-Ley 5965/63, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa.
La sociedad podrá ser representada por uno cualquiera de los socios gerentes en forma personal ante las reparticiones nacionales, provinciales o municipales, incluso Administración Federal de Ingresos Públicos, Dirección General de Rentas de la Provincia, Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, Secretarías de Estado, Tribunales o ante cualquier repartición nacional, provincial y/o municipal; 10 Fecha de cierre de ejercicio: 30
de junio de cada año. Se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y al solo efecto legal en la ciudad de Río Cuarto a los siete días del mes de septiembre de 2005. Fdo: DR.
ROLANDO OSCAR GUADAGNA JUEZ.
DR. MARTIN LORIO. SECRETARIO.
Juzgado Civil y Comercial de 1ra. Instancia y 3ra. Nominación de la ciudad de Río Cuarto.
Oficina, 20 de octubre de 2005
Nº 1387 - $ 279

Córdoba, 27 de Febrero de 2005

CENTRO MEDICO DE LA VISION
PRIVADO
RIO CUARTO
Se hace saber que por ante el Sr. Juez de 1, Nominación en lo C. y C. de RIO CUARTO, secretaría a cargo del suscripto hace saber que en autos; "CENTRO MEDICO DE LA VICION
PRIVADO - SOLICITA INSCRIPCION", se ha solicitado a través del Acta N 6, la designación de un nuevo Socio-Gerente. En la Ciudad de Río Cuarto, a los nueve días del mes de Junio del año 2005, siendo las 20 horas y en el local social de calle Mitre 727 de esta Ciudad, se reúnen la totalidad de los socios de Centro Médico de la Visión Privado S.R.L., con el propósito de tratar el siguiente Orden del Día:
1 Designación de un nuevo socio-gerente. 2
Modificación de la duración de la sociedad y modificación de la cláusula séptima Toma la palabra el Dr. Jorge A. Prieto quien manifiesta que por razones del nuevo encuadramiento impositivo, no puede seguir ejerciendo el cargo de sociogerente que lo ha desempeñado desde el inicio de esta sociedad, razón por la cual solicita se le acepte la renuncia al cargo. El socio Jorge Derdoy propone se modifique la duración de la sociedad a 50 años. Acto seguido y luego de un breve intercambio de opiniones, se resuelve unanimidad 1 Designar al Dr. Eduardo Mario La Falce para el cargo de gerente y modificar la cláusula séptima del contrato social, la cual en adelante dirá: "SEPTIMA:
administración y representación legal: La administración de la sociedad y representación de la sociedad será ejercida por un gerente quien revestirá la calidad de socio designándose al socio Eduardo Mario La Falce en reemplazo de Jorge Alberto Prieto. El socio gerente representará a la sociedad, en todas las actividades y negocios para lograr el objetivo social con los alcances previstos en el Art. 58L.S.
y en las normas específicas para el Directorio de las S.A. Art.66, 268 ,271/273, consecuencia, le esta vedado realizar negocios ajenos al objetivo social, o maniobras dolosas que perjudiquen a la misma o la lleven a situaciones que no pueda continuar con su giro, o que imponen alterar las condiciones de existencia y funcionamiento de la misma. .El gerente tiene todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objetivo social, inclusive los previstos por el Art. 1881 del Código Civil y el Art. 9 del Decreto Ley 5965/63. Para adquirir, enajenar o constituir gravámenes sobre los bienes muebles e inmuebles que por cualquier medio pudiere adquirir la sociedad, se requiere acuerdo unánime de los socios. La firma social no podrá ser empleada en avales a favor de terceros o en negocios ajenos a la sociedad.
Deberá, en su función actuar con sello aclaratorio de la firma societaria y de su cargo. Desempeñara sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad, pudiendo ser removido únicamente por justa causa. La función del socio-gerente podrá ser retribuida con cargo a gastos generales, conforme se decida en reunión de socios por unanimidad. Las funciones del socio-gerente concluye por: vencimiento del plazo y liquidación de la sociedad, muerte, incapacidad, expiración del plazo para el que fue designado, renuncia y remoción. 2 Modificar la cláusula segunda que en adelante dirá: "SEGUNDA:
Duración: La duración de la sociedad se fija en CINCUENTA AÑOS, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Dicho plazo podrá ser prorrogado por resolución unánime de los socios por otro periodo, con las formalidades establecidas por
la Ley de Sociedades Comerciales". No habiendo otro asunto que tratar se levanta la sesión siendo las veintidós horas de la fecha y lugar mencionados ut-supra. 09 Dic.2005.
Nº 1389 - $143.
TRANSPORTE IMPERIO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
SOCIAL
Fecha de la Resolución; 02 de Mayo de 2005.Capital Social - Participación; El capital se fija en la suma de Pesos DIEZ MIL $ 10.000.-
dividido en Mil cuotas de Pesos Diez cada una de ellas, que los socios suscriben todos de plena conformidad y de la siguiente forma:el socio Juan Carlos de la Barrera, la cantidad de Quinientas cuotas sociales por un valor nominal de Pesos Cinco Mil $ 5.000.- lo que representa una participación del CINCUENTA
POR CIENTO 50% del capital social, el socio Raúl Osvaldo José Magnasco, la cantidad de Doscientas cincuenta cuotas sociales por un valor nominal de Pesos Dos Mil Quinientos $
2.500.- lo que representa una participación del VEINTICINCO POR CIENTO 25 %
del capital social y el socio Gabriel Alejandro Spizzirri, la cantidad de Doscientas cincuenta cuotas sociales por un valor nominal de Pesos Dos Mil Quinientos $ 2.500.- lo que representa una participación del VEINTICINCO POR CIENTO 25 % del capital social.- Todos los socios integran las mencionadas cuotas sociales suscritas en dinero efectivo, habiendo aportado hasta este momento el 25 % de las mismas y comprometiéndose a aportar el resto antes del 26 de agosto de 2006".Autos " TRANSPORTE IMPERIO S.R.L. - S/
Inscripción Registro Público de Comercio Juzgado: CIVIL Y COMERCIAL de 1ra.
Instancia y 1ra. Nominación de Río Cuarto.Secretaría: Dr. Raúl Arrázola; Oficina 01 de Diciembre de 2005.Nº 1394 - $ 71
GUALDA SRL
Insc. Reg. Púb. Comercio - Designación Gerente Por reunión Nº 09, de fecha 27/5/05, los socios Glenda Bety Gualda DNI 6.396.668, Liliana Noemí Gualda DNI 13.152.430, Nancy Edith Gualda DNI 14.747.562 y Miguel Angel Guada DNI 11.747.620, resuelven la continuación en el cargo de socio gerente de la razón social "Gualda SRL" de la Sra. Glenda Bety Gualda, mandato cuyo vencimiento operaba el día 2/3/
06 por dos años más, finalizando en consecuencia el día 2/3/08. Oficina, 14 de febrero de 2006.
Nº 1468 - $ 35
SERVICIOS AGROTECNICOS SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Cesión de Cuotas Sociales Por contrato de fecha tres de junio de dos mil cinco, celebrado en la ciudad de San Francisco, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, el señor Luis Daniel Griotti, argentino, mayor de edad, casado, DNI Nº 16.289.772, con domicilio en calle Colombia Nº 1414, vende, cede y transfiere a la señora Analía Guadalupe Seveso de Finello, argentina, mayor de edad, casada, DNI Nº 16.003.110, con domicilio en calle Ramón y Cajal Nº 133, ambos vecinos de la misma ciudad, la totalidad de las cuotas de capital que tiene y le pertenecen en la sociedad denominada "Servicios Agrotécnicos Sociedad

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/02/2006 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data27/02/2006

Conteggio pagine8

Numero di edizioni3976

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

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