Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/02/2006 - 3º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

BOLETÍN OFICIAL

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Pesos Cien $ 100 cada una, por un total de Pesos Veinticinco Mil $ 25.000. La integración del capital se hace en Bienes No Dinerarios. Duración: Setenta y Cinco 75
años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Administración y representación: será ejercida por los socios Marcelo Ramón Neyra y Pablo Sebastián Cavallo, de manera indistinta; revistiendo el cargo de Gerentes.
Cierre de ejercicio: día treinta y uno de diciembre de cada año. Oficina, 19/12/05.
Valdés, Prosec..
Nº 29476 - $ 95
EMPRENDIMIENTOS
INMOBILIARIOS SRL
Constitución de Sociedad Inscripción en el R.P.C.
El Sr. Juez del Juzgado Civil y Comercial de Primera Instancia Concursos y Sociedades Nº 7 ha dispuesto la publicación del siguiente edicto: "Se hace saber que por contrato de fecha 6 de setiembre de 2005, se ha resuelto constituir una sociedad de responsabilidad limitada cuyos socios son: Mario Rodolfo Toledo, de 43 años de edad, DNI 14.893.091, argentino, divorciado, comerciante, con domicilio en Av. General Paz 94, Piso 8º oficina 1 de la ciudad de Córdoba y Carlos Ariel Rubio, de 36 años de edad, DNI
20.997.707, argentino, casado, comerciante, con domicilio en calle Santa Rosa 220 PB de la ciudad de Córdoba, ambos de la Provincia de Córdoba. Denominación: "Emprendimientos Inmobiliarios Sociedad de Responsabilidad Limitada" con domicilio legal en Avenida General Paz 94 Piso 8º Oficina 1 de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Duración: cuarenta años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto social: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociadas a terceros, a:
construcción: a Proyecto, dirección y ejecución de obras de arquitectura e ingeniería, b construcción de obras públicas y privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, c Financiera inmobiliaria: venta de edificios por régimen de propiedad horizontal y en general, compraventa de todo tipo de inmuebles, conceder créditos para la financiación de la compraventa de bienes pagaderos en cuotas o a término, préstamos personales con garantía o sin ella, realizar operaciones de créditos hipotecarios mediante recursos propios, inversiones o aportes de capital a sociedades por acciones constituidas o por constituirse, préstamos a intereses y financiaciones y créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, quedan excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras y toda aquella que requiera el ahorro público, d Financiera de inversión: consistente en tomar participaciones en otras sociedades mediante la compra, venta o permuta, al contado o a plazo de acciones, obligaciones negociables u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse, o celebrar los contratos de colaboración empresaria tipificados en la ley de sociedades comerciales. Capital social: se constituye en la suma de pesos diez mil $
10.000 dividido en cien 100 cuotas de pesos cien $ 100 cada una. Administración y representación: a cargo del socio Mario Rodolfo Toledo, quien reviste el carácter de socio gerente y acepta dicha designación en
el contrato constitutivo. El cierre de ejercicio anual será el día 31 de diciembre de cada año.
Contabilidad y registro conforme leyes vigentes. Vázquez, Prosec..
Nº 29307 - $ 143
LA POSTA SRL
Reconducción - Cesión Por Actas de Reunión de Socios de fechas 27 de setiembre de 2005, se decide por unanimidad la reconducción y cesión de cuotas. Que en función de lo dispuesto en la cláusula "Segunda" del contrato constitutivo de fecha 26 de mayo de 1992, el plazo de duración de la sociedad es de diez años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, plazo que a la fecha se encuentra vencido de allí que se resuelve por unanimidad la Reconducción de la sociedad relacionada por el plazo estipulado en la mencionada cláusula "Segunda", por aplicación del artículo 95, 2º párrafo, y con las prevenciones del artículo 99 de la ley de Sociedades Comerciales Nº 19550 y sus modificaciones. Cesión de cuotas sociales en los términos que se siguen: a La presente cesión de cuotas sociales se realiza en el marco de lo estipulado por las disposiciones del artículo 159 cc y ss de la Ley de sociedades comerciales, las que corresponden a la razón social "La Posta SRL"
inscripta en el Registro Público de Comercio, Protocolo de Contratos y Disoluciones bajo el Número 1302, Fº 5221, Tº 21, del año 1992, así el Sr. Alejandro Raúl Disandro, cede y transfiere a favor del señor Walter Rubén Minari LE 8.531.437, casado, argentino, de 54 años de edad de profesión ingeniero metalúrgico, con domicilio en calle Naciones Unidas Nº 864, Bº Parque Vélez Sársfield, Córdoba, la totalidad de sus cuotas sociales que tiene y le corresponden en la razón social "La Posta SRL" lo cual representa la cantidad total de dos mil 2000 cuotas sociales. b El Sr. Jorge Luis Cilimbini, cede y transfiere a favor del señor Walter Rubén Minari LE
8.531.437, casado, argentino, de 54 años de edad, de profesión ingeniero metalúrgico, con domicilio en calle Naciones Unidas Nº 864, Bº Parque Vélez Sársfield, Córdoba, la cantidad total de un mil 1.000 cuotas sociales que tiene y le corresponden en la razón social "La Posta SRL". c La presente cesión se realiza por el precio total y convenido de Pesos Treinta Mil $ 30.000 que el cesionario abona en este acto con dinero en efectivo, por los cuales se le otorga eficaz recibo y carta de pago en forma, sirviéndole el presente a tal efecto. d Los cedentes y el cesionario, admiten esta transferencia de cuotas sociales, agregando que declaran conocer y aceptar las cláusulas del contrato social cuyo texto y contenido ratifican expresamente. e En virtud de la presente cesión se modifican las cláusulas "Tercera" y "Decimocuarta" del contrato social por cuyo motivo se adecuará el mismo y dichas cláusulas en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: "Tercera: el capital social será de pesos Sesenta Mil $
60.000 dividido en Seis Mil 6.000 cuotas sociales de Pesos Diez $ 10 cada una y es suscripto de la siguiente manera: el Sr. Jorge Luis Cilimbini, suscribe Tres Mil 3.000
cuotas sociales de Pesos Diez $ 10 cada una, esto es la suma de Pesos Treinta Mil $
30.000 Decimocuarta: la administración de la sociedad, la representación y el uso de la firma social estará a cargo de los socios Sres. Jorge Luis Cilimbini y Walter Rubén
Córdoba, 01 de Febrero de 2005

Minari, los que revestirán el carácter de socios gerentes y obligarán a la sociedad con su firma en forma individual e indistinta.
Representarán a la sociedad en todos los actos actividades y negocios que correspondan al objeto social, sin limitación de facultades, en la medida que los actos que realicen tiendan al cumplimiento de los fines sociales. Les queda prohibido comprometer la firma social en actos extraños a su objeto. Oficina, 16/12/
05. Valdés, Prosec..
Nº 29313 - $ 183
BEACH LAKE S.A.
Constitución de Sociedad Socios: Fernando Daniel Sagretti, DNI Nº 17.382.437, mayor de edad, estado civil casado, nacionalidad argentino, profesión comerciante, con domicilio en calle Jujuy 159, 2º Piso, Dpto. 1, Bº Centro, Córdoba; Roberto Raúl Ceferino Páez, DNI Nº 17.002.969, mayor de edad, estado civil casado, nacionalidad argentina, profesión comerciante, con domicilio en calle Extremadura 2430, Bº Maipú, Córdoba, Mario Francisco Hunicken, DNI Nº 7.975.043, mayor de edad, estado civil casado, nacionalidad argentina, profesión comerciante, con domicilio en calle R. Urola 3372, Bº Alto Verde, Córdoba y Erica María Paula Hunicken, DNI Nº 22.795.192, mayor de edad, estado civil casada, nacionalidad argentina, profesión Lic. Administración de Empresas, con domicilio en calle Carapaligue 3369, Bº Alto Verde, Córdoba. Fecha de constitución: veintiocho de octubre de 2005.
Denominación: "Beach Lake SA". Sede social: Jujuy 159, 2º P "I" Córdoba, Pcia. de Córdoba, Rep. Arg.. Objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a la fabricación, elaboración, producción, transformación, compra-venta, importación, exportación, distribución y representación de indumentaria en general, entre ellos y a solo título enunciativo, ropa, prendas de vestir, lencería, calzados, carteras, mercadería en cualquiera de sus procesos de comercialización, así como accesorios y derivados. Asimismo y para el cumplimento de sus fines, la sociedad podrá realizar accesoriamente y sin restricciones, todas las operaciones y actos jurídicos que se relacionen con el objeto y las leyes vigentes autoricen. A tales efectos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. La sociedad tendrá una duración de 99 años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. El Capital Social se fija en la suma de Pesos Treinta Mil representado por Trescientas 300 acciones ordinarias nominativas no endosables de la clase B, de valor nominal Pesos Cien $ 100 cada una y con derecho a un 1 voto por cada acción.
Suscripto: Fernando Daniel Sagretti, 100
acciones, o sea $ 10.000, Roberto Raúl Ceferino Páez 100 acciones, o sea $ 10.000, Mario Francisco Hunickey, 50 acciones, o sea $ 5.000 y Erica María Paula Hunicken 50
acciones, o sea $ 5.000. La dirección y administración estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros titulares que fijara la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, que durarán en su mandato tres ejercicios pudiendo designarse igual o menor número de Directores Suplentes; mientras se prescinda de la sindicatura, la elección de
suplentes será obligatoria, siendo designados:
Presidente: Erica María Paula Hunicken, Director Suplente: Fernando Daniel Sagretti. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio. El uso de la firma social, será ejercida en forma indistinta por el presidente y el vicepresidente, si el número lo permite. La fiscalización estará a cargo de un síndico titular, siempre que la sociedad esté comprendida en el inciso 2º del Art. 299 Ley 19.550 que durará tres ejercicios en sus funciones.
Simultáneamente y por igual lapso se elegirá un síndico suplente. Se puede prescindir de la sindicatura, adquiriendo los accionistas la facultad de contralor previstas en el art. 55
de la Ley 19.550. Se resolvió no designar síndico. El ejercicio económico de la sociedad cerrará el treinta de setiembre de cada año.
Córdoba, 21 de noviembre de 2005.
Departamento Sociedades por Acciones.
Nº 29312 - $ 167
CULTIVAR SRL
BELL VILLE
Cesión de Cuotas Sr. Juez de 1a Inst. y 2 Nom. de Bell Ville, Dr. Luis Alberto Morales en autos "Cultivar SRL - Cesión de Cuotas Sociales" en la localidad de Los Surgentes, a los veinte días del mes de setiembre de dos mil cinco, entre la Sra. Mirta Graciela Rosell, LC Nº 5.705.514, argentina, nacida el día 10 de junio de 1948, de estado civil casada, con domicilio en calle Sáenz Peña Nº 437 de Los Surgentes, Provincia de Córdoba, de profesión comerciante y el Sr. Luis Omar Jorge, DNI Nº 7.870.778, argentino, nacido el día 18 de octubre de 1949, de estado civil casado, domiciliado en calle Roque Sáenz Peña Nº 437
de Los Surgentes, Provincia de Córdoba, de profesión empleado, en el carácter de socios y únicos integrantes de CULTIVAR SRL, con domicilio legal en Roque Sáenz Peña Nº 437
de Los Surgentes y con contrato constitutivo de fecha 3 de mayo de 2002, inscripto en el Registro Público de Comercio el día 23 de junio de2004 bajo el Nº 6293-B, convienen en celebrar el contrato de cesión de cuotas sociales. Primero: la Sra. Mirta Graciela Rosell, vende, cede y transfiere a favor de Sr.
Marcos Omar Jorge, DNI Nº 28.875.358 y éste acepta la cantidad de una cuota social.
Teniendo en cuenta que el capital social está compuesto por mil cuotas sociales lo cedido por la Sra. Mirta Graciela Rosell, representa el uno por ciento de dicho capital, se pacta un precio a razón de pesos diez $ 10 por la cuota social cedida y un total de pesos diez $ 10 el total cedido. Segundo: el cesionario de la cuota social abona el precio total estipulado, y por su parte la cedente recibe el dinero que le corresponde pagar al cesionario, dejando constancia que el presente enunciado sirve de eficaz recibo y formal recibo de pago total. Tercero: la cedente deja constancia que realiza ésta cesión en forma definitiva e irrevocable, incluyendo en la cesión la cuota de capital, cuanto sus frutos, ganancias o créditos de cualquier naturaleza, sin reservas, excepción o limitación alguna. Se deja constancia que el monto total de la cesión precedente representa la suma de pesos diez $ 10 del valor nominal del capital social.
Bell Ville, 16 de diciembre de 2005. Maujo, Sec..
Nº 29335 - $ 99

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/02/2006 - 3º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaeseArgentina

Data01/02/2006

Conteggio pagine13

Numero di edizioni3971

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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