Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/07/2024 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

JUEVES 4 DE JULIO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXV - Nº 134
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
CONCURSOS Y QUIEBRAS
La Sra. Jueza de 1Inst.y 29 Nom.C.yC. Conc.
ySoc.N5 hace saber que en autos LOGISTICA RIME SA - Quiebra Pedida Simple Expte 12510456, por Sentencia N32 del 12/06/24 se resolvió: I. Declarar la quiebra de LOGISTICA
RIME SA, CUIT 30-71248185-0, inscripta en el Registro Público bajo la matrícula 13278-A, con sede social en calle Sucre Nº117, Córdoba, Pcia.
Cba. IV. Ordenar a la fallida y a los terceros que posean bienes de aquella que, dentro del plazo de veinticuatro horas hagan entrega de los mismos a la Sindicatura, bajo apercibimiento. V. Intimar a la fallida para que cumplimente acabadamente los requisitos a que refiere el art.86 de la ley 24.522. VI. Intimar a la fallida y a sus administradores Sres. Ernesto Lucio Fernández y Lucio Fernández a que, en el plazo de 48 hs., constituyan domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal. VII. Prohibir a la fallida realizar pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohibir a los terceros efectuar pagos a la fallida, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos.
Asimismo, se fijaron las siguientes fechas: hasta el día 22/08/24 inclusive, para que los acreedores presenten las peticiones de verificación de sus créditos ante la Sindicatura Cra. Claudia Marcela Díaz, domicilio: Av. General Paz 108, 2º piso, Cba., tel: 0351-4237960, cel: 351-7514336, horario de atención: lunes a viernes 10 a 13hs.
y de 15 a 18hs.; pudiendo ser recibidas vía e-mail al correo: estudiomisino@gmail.com, los acreedores deberán consignar número de teléfono para el caso que la funcionaria requiera la compulsa de la documental. Informe Individual:
04/10/24; Resolución art. 36 LCQ: 14/11/24; Informe General: 16/12/24. Of.: 25/06/24.
5 días - Nº 536625 - $ 18833,50 - 5/7/2024 - BOE

Por orden del Juzgado de 1 Inst. y 3 Nom. Civil y Comercial Conc. y Soc. N3, de la ciudad de Córdoba, Secretaria Cristina Sager, en autos FIXON GROUP SA GRAN CONCURSO PREVENTIVO Expte. 11450245 se hace saber a los
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a SECCION

interesados que mediante Sentencia N125 del 01/7/2024 se resolvió: I Disponer en autos la aplicación del régimen previsto por el art. 48 de la L.C.Q., esto es, la apertura de la etapa de salvataje de la empresa concursada. II Abrir en el expediente, por el término de cinco días hábiles contados a partir de la última publicación edictal, el Registro pertinente a los fines de que los terceros y acreedores interesados en la adquisición de las acciones representativas del capital social de la concursada se inscriban en él, conforme el inc. 1º del art. 48 L.C.Q., para formular propuestas de acuerdo a los acreedores de la firma deudora. IV Fijar el importe de pesos setenta y seis mil $ 76.000 a los fines de la publicación edictal de la apertura del Registro aquí dispuesta en el Boletín Oficial -sin previo pagoy en el diario La Voz del Interior por el término de tres días hábiles, monto que deberá ser depositado por los terceros interesados al tiempo de inscribirse en el citado Registro, en el Banco de la Provincia de Córdoba -Sucursal Tribunalesa la orden de este Tribunal y para los presentes autos, en la cuenta a la vista para uso judicial Nº 922 /
66978008 -CBU 0200922751000066978088-.
. Fdo: Andrea Belmaña Llorente, Jueza
JUDICIALES

SUMARIO
Concursos y Quiebras Pág. 1
Declaratorias de Herederos Pág. 3
Citaciones Pág. 10
Notificaciones Pág. 51
Sumarias Pág. 51
Sentencias Pag. 51
Cancelación de Documentos Pag. 57
Presunción de Fallecimiento Pag. 57
Usucapiones Pág. 57

dentro del término de 24 horas, cumplimente los requisitos formales del art. 86 Ley N24.522, debiendo, en el mismo plazo, entregar al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su actividad y que obraren en su poder. Síndico de la quiebra: Cres. Adriana del Carmen Gallo Mat. Prof. 10-02746.0 y Luis Pedro Pereyra Mat. Prof.10.02070.4, con domicilio constituido en calle Coronel Olmedo Nº51
Cel Cr. Pereyra 3516515664; Cel Cra. Gallo 3513188001, correo electrónico: adrianadcgallo@hotmail.com, horario de atención al público:
lunes a viernes de 09.00 a 15.00 hs. Córdoba, 02/07/2024.
5 días - Nº 538175 - $ 26827,50 - 10/7/2024 - BOE

3 días - Nº 538059 - $ 15435 - 5/7/2024 - BOE

Sra. Jueza de Concursos y Sociedades N 3, Sec.
Cristina Sager de Pérez Moreno. Autos: RASPANTI SANCHEZ EMANUEL ALEJANDRO
- QUIEBRA INDIRECTA Expte Nº11847465
mediante Sentencia N 127 del 01/07/2024, se declaró en estado de quiebra indirecta al Sr.
Emanuel Alejandro Raspanti Sánchez D.N.I
33.776.066, CUIT 20-33776066-0 con domicilio en real en calle Bregante s/n de la ciudad de Río Ceballos, Provincia de Córdoba, en los términos de los arts. 288 y 289 de la L.C.Q. Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes del mismo para que, en el plazo de 24 horas del requerimiento, los pongan a disposición de la sindicatura. Prohibir al fallido hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los que los perciban que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohibir a los terceros hacer pagos al fallido, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Intimar al fallido para que,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Sr. Juez de Concursos y Sociedades N 3, Sec.
Cristina Sager de Pérez Moreno. Autos: RASPANTI SANCHEZ MARIA ELIZABETH - QUIEBRA INDIRECTA Expte Nº11847463 mediante Sentencia N 130 del 01/07/2024, se declaró en estado de quiebra indirecta a la Sra. María Elizabeth Raspanti Sanchez, DNI 35.578.257, CUIT
27-35578257-9, con domicilio denunciado en calle Bregante Nº111 de la ciudad de Rio Ceballos, Provincia de Córdoba, en los términos de los arts. 288 y 289 de la L.C.Q. Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes de la misma para que, en el plazo de 24 horas del requerimiento, los pongan a disposición de la sindicatura. Prohibir a la fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los que los perciban que los mismos serán ineficaces. Asimismo, prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos. Intimar a la fallida para que, dentro del término de 24 horas, cumplimente los
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/07/2024 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data04/07/2024

Conteggio pagine81

Numero di edizioni3642

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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