Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2021 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 159
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 4 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

to 29, Pedanía 05, Hoja: 2514 y Parcela 1075.
Conforme Anexo Descriptivo que forma parte integrante de la mensura en cuestión, el mismo resulta Descripción: A partir del vértice A con un ángulo interno de 7158 se miden 364.68 metros, hasta el vértice B desde donde con ángulo interno de 17857 se miden 737.15 metros, hasta el vértice C desde donde con ángulo interno de 5705 se miden 55.17 metros, hasta el vértice D desde donde con ángulo interno de 18907
se miden 35.10 metros, hasta el vértice E desde donde con ángulo interno de 19237 se miden 42.37 metros, hasta el vértice F desde donde con ángulo interno de 16142 se miden 143.47
metros, hasta el vértice G desde donde con ángulo interno de 13559 se miden 23.97 metros, hasta el vértice H desde donde con ángulo interno de 20844 se miden 15.68 metros, hasta el vértice I desde donde con ángulo interno de 20916 se miden 38.64 metros, hasta el vértice J desde donde con ángulo interno de 10719 se miden 622.66 metros, hasta el vértice K desde donde con ángulo interno de 17458 se miden 45.56 metros, hasta el vértice L desde donde con ángulo interno de 17441 se miden 77.80 metros, hasta el vértice M desde donde con ángulo interno de 17506 se miden 51.53 metros, hasta el vértice N desde donde con ángulo interno de 17129 se miden 52.73 metros, hasta el vértice Ñ desde donde con ángulo interno 18612 se miden 59.88 metros, hasta el vértice O desde donde con ángulo interno de 9947 se miden 102.71
metros, hasta el vértice P desde donde con ángulo interno de 19143 se miden 40.48 metros, hasta el vértice Q desde donde con ángulo interno de 19155 se miden 20.38 metros, hasta el vértice R desde donde con ángulo interno de 18518 se miden 34.08 metros, hasta el vértice S desde donde con ángulo interno de 17607 se miden 61.46 metros, cerrando así el polígono correspondiente, al arribar al vértice A con lo que totaliza una superficie de 30 ha 1978,25 metros cuadrados; todo conforme el Plano de mensura de Posesión del inmueble objeto del juicio fs.
03/04 y su Anexo, realizado y suscripto por el Agrimensor Carlos M. U. Granada, Mat. 1261/1, visado y aprobado por la Dirección General de Catastro de la Provincia el día 11 de Abril de 2011, en Expte. Prov. 0033-37736/10, cuya copia adjun-

ta.- Según informe Nº 9324 del Departamento de Tierras Públicas de la Dirección General de Catastro fs. 74 y Plano de Mensura aprobado por la repartición mencionada con fecha 11/04/2011, obrante a fs. 03/04 de los presentes, no afecta dominio alguno.- afecta los siguientes empadronamientos: Cuenta N 2902-0466401/1, a nombre de Rosa Miranda de Salas, con domicilio tributario en calle Fray José Wenceslao Acahval N 280 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Cuenta Nº 2902-0466142/0, a nombre de C. Miranda de Oviedo, con domicilio tributario en la localidad de Villa de Las Rosas sin especificar calle y Cuenta N 2902-0465848/8, a nombre de María T. Miranda de Salas con domicilio tributario en la localidad de Villa de Las Rsoas sin especificar calle.-2 A mérito de lo dispuesto por el artículo 1905 del C.C.C. y constancias de autos, fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real en el día 13 de Enero de 2008.-3 Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de diez 10 días a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30 días arts.
790 y 783 del C. de P.C.-4 Ordenar la inscripción del presente decisorio en el Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba art. 789 del C. de P.C y cumplidas las demás formalidades de ley, oportunamente, oficiar a los fines de la inscripción definitiva.-5 Imponer las costas por el orden causado artículo 130
-in finedel C.P.C.C..-6 Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente, Dr. Irineo Aníbal Quiñones, para cuando sea así solicitado y exista base determinada para ello artículo 26
- contrario sensude la ley 9459.- Protocolícese, hágase saber y dése copia.- FDO. SANDRA E.
CUNEO JUEZ OBSERVACIONES: Exento del pago de tasas art. 790, concd. 783 ter del CPCC, Modif. por ley 8904, arts. 4 y 5.--- OFICINA:
29/07/2021. Texto Firmado digitalmente por:
CARRAM Maria Raquel, PROSECRETARIO/A
LETRADO. Fecha: 2021.07.29.
10 días - Nº 326860 - s/c - 18/08/2021 - BOE

El Juzgado de 1ra. Inst. y 2da Nom. Civil Comercial y de Familia Secretaria nº 3. C y Flia., en los autos caratulados VILLARROEL HUGO
RUBEN USUCAPION, Expte.7439059 ha dic-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

tado la siguiente Resolución: SENTENCIA Nº 19, BELL VILLE 29/06/2021 Y VISTOS YCONSIDERANDO RESUELVO: 1º Hacer lugar a la demanda de usucapión deducida por Hugo Rubén Villarroel y en consecuencia, declarar adquirido por prescripción el inmueble que se describe conforme a su plano de la siguiente manera: Fracción de terreno, tomando como base y punto de partida para la mensura 1 de la propiedad segmento 1-2 midiendo 25,60 m, segmento 2-3 midiendo 35,60 m, segmento 3-4 midiendo 25,60m,seg.4-1 midiendo 35,60
m, formando una superficie total de 911,36 m2, sus ángulos interiores mide 90º, lindando al norte con Bv Maipú, al sud con parc.29 de Irene Amelia Negro, al este con Par.2 de Juan Carlos Monetto, Delia Petrona Vidosevich y al oeste con Bvd. F. Alcorta Impositivamente el inmueble se encuentra registrado en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba con número de cuenta 360309268501- Nomenclatura Catastral: 3603040202074001. No posee inscripción dominial.-2º Inscribir el inmueble aludido a nombre de Hugo Rubén Villarroel, DNI 6.551.137, CUIL 20-06551137-2 con domicilio real Brasil 287 de esta ciudad de Bell Ville, de estado civil viudo de Elsa Leonor Pino fallecida con fecha 08/02/2007. Con tal fin, librar oficio al Registro General de la Provincia, previa publicación por el termino de diez veces, a intervalos regulares dentro de un periodo de treinta días en el Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario de circulación en esta ciudad, a los efectos de notificar la presente sentencia conforme lo previsto por el artículo 790 del C.P.C. 3º Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real del inmueble de que se trata en enero del 2008.4º Costas a cargo del actor.- 5 Regular los honorarios profesionales del Dr. Horacio Anconetani por las tareas realizadas en al presente causa, en la suma de pesos equivalente a veinte jus 20, que al día de la fecha representan el monto de pesos treinta y nueve mil setecientos dieciséis con ochenta centavos $39.716.80 a cargo del actor.- PROTOCOLICESE, HAGASE SABER Y
DESE COPIA Fdo. Dra. GUIGET, Valeria Cecilia , Jueza de 1º Instancia.10 días - Nº 325581 - s/c - 11/08/2021 - BOE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/08/2021 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data04/08/2021

Conteggio pagine60

Numero di edizioni3657

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione29/07/2024

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