Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/11/2014 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CÓRDOBA, 10 de noviembre de 2014
sesenta metros, veintiocho centímetros, ángulo diez-once-uno mide ciento setenta y un grados, ocho minutos, cincuenta segundos. Con una superficie de UNA
HECTAREA OCHO MIL CUATROCIENTOS
C I N C U E N TA Y N U V E M E T R O S
CUADRADOS. Lindando al norte con camino publico, al sur Sucesión de Juan Prado, parcela sin designación, al Este con camino publico; al Oeste con Sucesión Martínez, parcela sin designación sic.Villa Dolores, 8 de Octubre de 2014.OBSERVACIONES: Exento del pago de tasas art. 4, Ley N 8884; art 25, Ley N
9100.- María Leonor Ceballos, Sec..
10 días 27955 12/11/2014 s/c VILLA DOLORES. El Juzgado de 1ra.
Nominación en lo Civil, Comercial y Familia de la ciudad de Villa Dolores, a cargo del Dr. Juan Carlos Ligorria, Secretaría N 2, a cargo de la Dra. María Leonor Ceballos, en autos: LOPEZ MELENDEZ, Pablo JavierUSUCAPION Exp. 1122928, cita y emplaza por el término de treinta días y bajo apercibimiento de ley, a quienes se consideren con derecho al inmueble que se trata de prescribir y, como terceros interesados, a la Provincia de Córdoba en la persona del Sr. Procurador del Tesoro y, al colindante Enrique Lencina para que dentro del término precitado comparezcan a estar a derecho y tomar participación en éstos autos dentro del mismo termino.- El inmueble que se intenta adquirir por prescripción veinteñal resulta: Una fracción de terreno RURAL, ubicado en jurisdicción de la localidad de Cruz de Caña, pedanía Talas, departamento San Javier, provincia de Córdoba, compuesto por un polígono de forma irregular, ubicado sobre camino publico sin, designado como lote: 2912-4287, al que le corresponde la siguiente Nomenclatura Catastral:
Departamento 29, Pedanía 05, Hoja 2912 y Parcela: 4287; que conforme Plano para Juicio de Usucapión, aprobado por la Dirección General de Catastro en fecha 29/08/11 bajo el Expte. Prov. N 0587000279/2011, se describe de la manera siguiente: Al Norte: es una línea quebrada compuesta por cuatro tramos, tramo unodos, mide trece metros, cincuenta y siete centímetros, ángulo trece-una-dos mide ciento cuarenta y dos centímetros, ángulo uno-das-tres mide ciento cincuenta y ocho grados, doce minutos, cuarenta y siete segundos, tramo tres-cuatro mide veinticinco metros, veinte centímetros, ángulo dos-tres-cuatro mide ciento treinta y seis grados, dieciocho minutos, cuarenta y nueve segundos tramo cuatro-cinco mide diez metros, trece centímetros, ángulo tres-cuatro-cinco mide ciento treinta y seis grados, dieciocho minutos, cuarenta y nueve segundos; al Este : es una línea quebrada compuesta por dos tramos, tramo cinco-seis mide treinta y tres metros, cincuenta y siete centímetros, ángulo cuatro-cinca-seis mide ciento cincuenta y cuatro grados, once minutos, cincuenta y dos segundos, tramo seissiete mide ocho metros , quince centímetros, ángulo cinco-seis-siete mide ciento setenta y un grados ,treinta minutos, treinta y cuatro segundos, al Sur; es una línea quebrada compuesta por cinco tramos, tramo siete-ocho mide treinta y siete, cuarenta y cinco centímetros, ángulo seis-siete-ocho mide setenta y un grados,
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 195
veintisiete minutos, diez segundos, tramo ocho-nueve mide quince metros, dieciséis centímetros, ángulo siete-ocho-nueve mide ciento setenta y nueve grados, un minuto, cincuenta segundos, tramo nuevediez mide quince metros, treinta y siete centímetros, ángulo ocho-nueve-diez mide ciento setenta y cuatro grados, cuarenta y n u e v e minutos, cincuenta y ocho segundos, tramo diez-once mide trece metros, cinco centímetros, ángulo nuevediez-once mide ciento cincuenta y seis grados, cuarenta y un minutos, cuarenta y tres segundos, tramo once-doce mide cuatro metros , cincuenta centímetros, ángulo diezonce-doce mide ciento cuarenta y tres grados, cincuenta y seis minutos, cincuenta y nueve segundos, al Oeste es una línea quebrada compuesta por dos tramos, tramo doce-trece mide seis metros, treinta y tres centímetros, ángulo once-doce-trece mide ciento cincuenta grados, cincuenta y ocho minutos, cuarenta y cuatro segundos, cerrando la figura, tramo trece-uno mide treinta y tres metros, veintinueve centímetros, ángulo docetrece-uno mide ciento sesenta y dos grados, cuarenta y seis minutos, cincuenta segundos.
Con una superficie de TRES MIL
DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS
C U A D R A D O S , C U A R E N TA Y S I E T E
DECIMETROS CUADRADOS. Lindando al Norte con posesión de Enrique Lencina parcela sin designación; al Este con posesión de Enrique Lencina parcela sin designación; al Sur con posesión de Enrique Lencina con posesión de Enrique Lencina parcela sin designación; al Oeste con Camino Publico sic.- Villa Dolores, 08
de Octubre de 2014.OBSERVACIONES: Exento del pago de tasas art. 4, Ley N 8884; art. 25, Ley N
9100.- María Leonor Ceballos, Sec..
10 días 27954 12/11/2014 s/c E l S r. J u e z d e 1 I n s ta n c i a y 9
Nominación en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Córdoba en los autos caratulados VARELA, MARIA ANGELICA

USUCAPION

MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPION
Expte. Nº 547847/36 CUERPO 3 - ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA
NUMERO: TRESCIENTOS SESENTA Y
CINCO.- Córdoba, 29 de Agosto de 2014.
Y VISTOS.. .Y CONSIDERANDO
RESUELVO: I Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar que la Sra.
MARIA ANGELICA VARELA, ha adquirido por prescripción adquisitiva el bien de que se trata , cuya descripción e inscripción dominial se realiza pormenorizadamente en los vistos, ordenando inscribir el dominio en el Registro General de la Provincia a nombre de la misma a cuyo fin deberán requerirse los informes de ley y librar el pertinente oficio al efecto . Disponer la notificación de Sentencia por edictos los que deberán publicarse por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín Oficial y en un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble , que propongan el actor. II.- Imponer las costas a la Sra. NORMA EDITH TABOADA. III.- Diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para cuando exista base .
Protocolícese, hágase saber y dése copia.Fdo. Falco, Guillermo Edmundo Juez.10 días 27901 11/11/2014 s/c
RIO CUARTO. El Dr. JOSE A. PERALTA, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de RIO CUARTO, secretaría N2 a cargo de la Dra. María Laura Luque Videla, en los autos caratulados: DOMINGO
FABIAN RAMON - USUCAPIONExpte. N
414289, hace saber el dictado de la siguiente resolución RIO CUARTO, 01/10/2014. Habiendo cumplimentado con lo requerido, provéase la demanda interpuesta Téngase por iniciada la presente acción declarativa de Usucapión en contra de los que se consideren con derecho sobre el inmueble detallado a fs. 81, una parcela de terreno baldío ubicado en la ciudad de Río Cuarto, Pnia y Dpto. Río Cuarto, Pcia. de Córdoba y que forma la manzana comprendida por calles Sarmiento, Concejal Eizmendi y por las vías del que fuera, el Ferrocarril Nacional Gral. San Martín, hoy Ferrocarril Nuevo Central Argentino El inmueble cuya usucapión se pretende es un polígono irregular que tiene las siguientes dimensiones conforme el plano confeccionado por el Ing. Norberto V. Ferniot;
y mide: en su costado A-B con orientación noroeste veintiocho nietros veintisiete centímetros en su costado B-C, con orientación sud-este cincuenta y siete metros cuarenta centímetros; en su costado C-D con orientación sud seis metros sesenta y seis centímetros; en su costado D-Econ orientación oeste, cuarenta y siete metros; en su costado E-A con orientación Nor-oeste seis metros.- Con una superficie total de Novecientos noventa y cuatro metros cuadrados con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Imprímase a la presente el trámite de juicio Ordinario. Cítese y emplácese a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble; a estar a derecho bajo apercibimiento de ley, a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario autorizado de la localidad al inmueble art 783 del C de P. CC
Requiérase la concurrencia a juicio de la Provincia de Córdoba y de la Municipalidad de la Ciudad de Río Cuarto y cítese a los colindantes denunciados. Los nombrados serán citados para que comparezcan a estar a derecho al vencimiento de la publicación de edictos que será de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, bajo apercibimiento legales Todo ello sin perjuicio de la citación a domicilio de quienes sean reconocido o hayan sido denunciados.
Remítase un ejemplar de edictos para su exhibición a la Municipalidad y dispóngase la instalación y mantenimiento en el inmueble de un cartel indicativo con las referencias necesarias acerca de la existencia del pleito, a cuyo fin ofíciese al Sr Oficial de Justicia.
Notifíquese. Fdo. Dr. JOSE A. PERALTA, Juez, Dra. MARIA LAURA LUQUE VIDELA, Secretaria.10 días 27792 11/11/2014 s/c El Sr. Juez de Primera Instancia y 31
Nominación en lo Civil y Comercial, Dr. Aldo R.
S. NOVAK, Secretaría a cargo de la Dra. Marta Laura WEINHOLD, en los autos: AGUZZI, Eduardo y Otro - USUCAPION - MEDIDAS
PREPARATORIAS PARAUSUCAPION, Expte. N
633337/36, ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NÚMERO: Noventa y Siete.
Córdoba, Veintisiete de marzo de dos mil trece.
Y VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: 1- Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida por los actores Eduardo Aguzzi, LE 5.979.019 y María Angela Pierce, LC 1.677.806 respecto del inmueble del Edificio del Consorcio de Propietarios del Edificio Corro 125 de esta ciudad de Córdoba, ubicado en
Segunda Sección
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calle Corro 125 que por el régimen de la ley 13.512 se describe como PARCELA HORIZONTAL NUMERO UNO, Unidad UNO, departamento para vivienda, ubicado en Planta Baja, con entrada común por el número Ciento veinticinco de la calle Corro. Tiene una superficie cubierta propia en su planta, posición Uno, Departamento, de cincuenta y ocho metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados y en Terraza, posición Dos, lavadero, de dos metros treinta y ocho decímetros cuadrados, lo que hace un total de superficie cubierta propia para esta unidad de SESENTA METROS NOVENTA Y TRES
DECIMETROS CUADRADOS. Tiene una superficie descubierta común de uso exclusivo en Terraza, posición Cuarenta y Dos, Tendedero, de CUATRO METROS
VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS.
La proporción que se le asigna con relación al valor del conjunto es del siete con sesenta y uno por ciento 7,61%, lo que representa una incidencia de veintiséis metros veintitrés decímetros cuadrados en la superficie del terreno. Su dominio consta inscripto en el Registro General de la Provincia, Departamento de Folio Real, en la Matricula 72073 B-1 del Departamento Capital 11 a nombre de SCAGLIOTTI-CONSTRUCCIONES SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Se individualiza como P.H. 1- Unidad 1: Posición 00-01; terr.-02; terr. 42. Sus nomenclaturas catastrales son las siguientes: Provincial: C.
04 - S. 05 - M. 007 - P. 052 - PH. 001. Municipal:
D. 04 - Z. 05 - M. 07 - P. 052- PH. 001. Se encuentra empadronado en la Dirección General de Rentas como propiedad cuenta número 1101-1.796.089/7. Colinda al Este P.H.
6 de Francisco Pernias, al Oeste con calle Corro y en consecuencia, declarar adquirido el dominio de dicho inmueble por parte de los actores por prescripción adquisitiva en propiedad horizontal, en función de lo dispuesto por el artículo 4015 y concordantes del Código Civil y conforme al plano de mensura, estudio de antecedentes y sobre la titularidad del dominio y condición catastral y las demás constancias de autos, con el dominio de todos los bienes de propiedad exclusiva que le corresponden, el condominio sobre el terreno y los demás bienes de propiedad común del Edificio y todo otro derecho que se le otorgue al titular de esa unidad en el Reglamento de Copropiedad y Administración del Consorcio y en la ley 13.512. 11- Ordenar la inscripción de la titularidad de dominio del referido inmueble a nombre de los actores Eduardo Aguzzi, y María Ángela Pierce, en el Registro Gene r a l d e l a P r o v i n c i a y disponer consecuentemente la cancelación de su actual inscripción del dominio en el mencionado Registro a nombre de la demandada ScagliottiConstrucciones Sociedad de Responsabilidad Limitada. IIINotificar la presente resolución por edictos a publicarse en el Boletín Oficial y en otro diario autorizado, en el modo dispuesto por el art.
790 del CPC. IVImponer las costas por su orden y diferir la regulación de los honorarios profesionales de los Dres. Sergio Gustavo Guestrin y Gustavo Daniel Guestrin, por la intervención que han tenido en autos como abogados de la parte actora, hasta tanto exista base para su determinación. Protocolícese, hágase saber y agréguese en autos la copia que expido. Fdo.. Dr. ALDO R. S. NOVAK
Juez. Córdoba, 17 de Octubre de 2014.
10 días 27376 11/11/2014 s/c.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/11/2014 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data10/11/2014

Conteggio pagine35

Numero di edizioni3646

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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