Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/08/2013 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

CÓRDOBA, 22 de agosto de 2013
Roberto González; y su costado Sud-Oeste, está formado por una línea quebrada de tres tramos que miden, la primera puntos D-C 24,02
mts.; la segunda puntos D-E 1,66 mts.; y la tercera Puntos E-F, con la cual se cierra la figura, 14,46 mts., lindando con parcela 8 y 9
de Héctor Patricio Maldonado, Parcela 10 de Gregorio José Fernándezes, y parcela 11 de Domingo Caparelli, todo lo que encierra una superficie total de Trescientos Noventa y Ocho Metros, Cincuenta y Dos Decímetros cuadrados, según plano confeccionado por el Ingeniero Juan Demetrio Lirio, aprobado con fecha Quince de Diciembre de Dos Mil Cuatro, por la Dirección General de Catastro en expediente administrativo 0033-51834/94.
Lote el cual, conforme el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Córdoba, se describe a su vez, como "Lote de Terreno, ubicado en la localidad de Villa Allende, Departamento Colón, Provincia de Córdoba, que según plano de subdivisión del vendedor de una mayor superficie se designa como Lote 8 "m", y consta de 10
mts. de frente, por 40 mts. de fondo, o sea 400 mts.2, que linda al N, con el lote 8 "I", con parte de los lotes 8 "a", 8 "b" y 8 "d", con Benigno Alonso; y al O, con calle dejada por el vendedor, todo de acuerdo al citado plano de subdivisión", inscripto bajo la Matrícula N 908079 13, cuyo antecedente dominial es Dominio N 4061, F 5171, Año 1964.- II.Ordenar la inscripción de la presente en el Registro General de la Propiedad, cumplimentando la cancelación de la inscripción del dominio anterior, en mérito a la afectación total que la presente produce sobre el mismo art. 789 del C.P.C.C. .- III.Ordenar la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el diario sorteado en la forma prescripta por el art.
790 del C.P.C.C. - IV.- Regular provisoriamente los honorarios del Dr. José Carlos Bocchiardo h, por la labor desarrollada en autos, en la suma de Pesos Dos Mil Trescientos Ochenta y Nueve con Cinco centavos $ 2.389,05, conforme el art.
34 de la ley 8226. Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Firmado: Roberto Lautaro Cornet, Juez". Otra resolución: "AUTO
NUMERO: Doscientos Ochenta y Nueve.
Córdoba, tres de Junio de dos mil trece.- Y
VISTOS: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I. Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta y, en consecuencia, rectificar la Sentencia Número Quinientos Diecinueve N
519, dictada por este Tribunal con fecha.
18 de Diciembre de 2012, tanto en el punto I
del considerando, como en el punto I del Resuelvo, en el sentido de donde dice como nombre del actor el de "Juan Carlos Paredes", debe decir "Juan Cruz Paredes"; donde dice "Nomenclatura Catastral Municipal C.01, S.02, M. 048, P.018" debe decir "Nomenclatura Catastral Municipal C.01, S.01, M. 048, P018; donde expresa "Parcela 10 de Gregorio José Fernandezes" debe decir "Parcela 10 de Gregorio José Fernandez", y en la descripción del inmueble según el Registro General de la Propiedad Inmueble, donde se lee que linda al N.; con el lote 8 "I", con parte de los lotes 8 "a", 8 "b"
y 8 "d", con Benigno Alonso ", debe expresar " que linda al N., con el lote 8 I, al S. con parte de los lotes 8 a 8 "b" y 8 d al E. con Benigno Alonso II.- Rechazar la aclaratoria intentada, en cuanto a la adición de datos de la sucesión del Sr. Juan Cruz Paredes, a los efectos de la inscripción en el Registro de la Propiedad. III.- Tómese razón
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXXIII - Nº 142
de lo aquí dispuesto en el Protocolo respectivo. Protocolícese, hágase saber y dese copia.- Firmado: Roberto Lautaro Cornet, Juez".- Otra resolución: "AUTO NUMERO:
Cuatrocientos Ocho. Córdoba, veintinueve de Julio de dos mil trece.- Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I. Rectificar la Sentencia Número Quinientos Diecinueve N 519, dictada por este Tribunal con fecha 18 de Diciembre de 2012, tanto en el punto I
del considerando, como en el punto I del Resuelvo, en el sentido de donde dice:
número de cuenta que el inmueble usucapido posee en la Dirección General de Rentas "1301-0058.311/2" debió decir "13010058.511/2". II Tómese razón de lo aquí dispuesto en el Protocolo respectivo.
Protocolícese, hágase saber y dése copia.Firmado: Roberto Lautaro Cornet, Juez".
10 días 18668 26/8/2013 - s/c El Sr. Juez C.C.C. de 1ra Inst. y 2da Nom., Dra. Elba del Valle Allende Secretaria Nro. 4
de la ciudad de Villa Dolores, Cba. notifica y hace saber que en los autos caratulados REHACE EXPTE EN: CASTELLANO
MARCELO JULIAN Y OTROS USUCAPIÓN
EXPTE LETRA R Nº 5 se ha dictado la siguiente resolución: AUTO NUMERO
CINCUENTA Y TRES.- Villa Dolores diecisiete de mayo de dos mil once. Y VISTOS: Y DE
LOS QUE RESULTA: Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: a Hacer lugar a lo solicitado y en consecuencia ampliar y rectificar la Sentencia Número Ciento Setenta y Siete de fecha nueve de octubre de dos mil tres, obrante en fotocopia a fs.1/8 de autos, declarando: 1 Que son titulares del derecho real de dominio del inmueble objeto de autos, obtenido por prescripción adquisitiva veinteañal son: Marcelo Julián Castellano argentino, nacido el 16-02-1.934, DNI Nº 6.487.067, CUIT/CUIL Nº 20-06487067-0, de estado civil divorciado en 1ras.nupcias de Aurora Rosa Aguirre, conforme sentencia Nº 527 del 01-09-1.999, de la Cámara de Familia Nº 2 de la ciudad de Córdoba Capital;
domiciliado en Callejón de los Díaz s/n Bº Piedra Pintada de la ciudad de Villa Dolores, Pcia. de Córdoba, Eva Maria Castellano argentina, nacida el 30-10-1.931, DNI Nº 3.480.457, CUIT/CUIL Nº 27-03480457-0, de estado civil divorciada en 1ras.nupcias de Juan Pablo Villagran, conforme a auto Nº 41
del 21-02-1989, del Juzgado Civil y Comercial de 12º Nominación de Córdoba Capital en autos; Villagran Juan Pablo y Eva María Castellano Divorcio domiciliada en calle Dr. Manuel Moreno Nº 1.293 Córdoba Capital, Rubén María Castellano argentino, nacido el 18-08-1.957 DNI Nº 13.536.160, de estado civil casado en 1ras nupcias con Magdalena Berrotarán, Ramiro Cristian Castellano argentino, nacido el 26-11-1960.
DNI Nº 14.290.362, de estado civil casado en 1ras.nupcias con Liliana Inés Zoppi y Alejandra María Castellano Herrera argentina, nacida el 21-11-1958, DNI Nº 12.613.899, de estado civil casada en 2das.nupcias con Daniel Esteban Rodríguez; los tres últimos nombrados en su calidad de herederos de Aníbal Mario Castellano.-2 Que el número de lote del inmueble adquirido por prescripción adquisitiva veinteañal por los nombrados es H 25.174 P 9135 lote: H 25.174 P
9135; 3 Que de conformidad al Plano de Mensura utilizado en el juicio el lindero Sur del inmueble objeto del presente es el Lote H
25174 P 3335, siendo sus titulares
históricos: María Josefa Transito Castellano, María Rita Castellano. Estanislao Abel Castellano, Arturo Domingo Castellano, Rita Amaral de Castellano, María Rita Castellano de Stiefel, María Elena Castellano de Manzo.
Esther Filomena Castellano de Balbiani, Enrique Estanislao Castellano, Alberto María Castellano, Raúl Oscar Castellano, María Teresa Sara Castellano de Allende, Elsa Raquel Castellano de Del Valle, Héctor José Castellano, Catalina Carrara de Castellano y Rafael José Bautista Castellano. Hoy el referido lote es propiedad exclusiva de Ramiro Cristian Castellano Lote 25174 3336, Matr Fº Rº 1.555.679, Plano Nº 131.905, todo de acuerdo al nuevo Plano de Mensura aprobado con fecha 05 de abril de 2010, en el mismo expediente que el Plano anterior Expte. Nº 0033-70.769/99, obrante a fs 70/
71 de autos.- 4 Que según el plano rectificado referido fs.70/71 el número correcto de la cuenta ante la Dirección de Rentas de la Provincia del inmueble de que se trata, es el 2901-2167029/0 y no el 29012167029/1, como se consignara en la sentencia en base al número de cuenta que surgía del Plano anterior; consecuentemente con ello, en cada lugar en que la Sentencia menciona como número de cuenta el 29012167029/1, debe decir: Nº 2901-2167029/0;
5 Que el antecedente a los Planos utilizados para el juicio tanto el de fs.60 como el rectificado de fs. 70/71 es el aprobado en el Expte. Nº 0033-34716/92 y no el Nº 003334716, como se transcribiera en la Sentencia;
consecuentemente con ello en cada lugar en que en la misma Sentencia Nº 177 del 09/10/2.003 se mencione el Nº 0033-34716
, debe decir: Nº 0033-34716/92; 6 Que la Sra. Ana María Castellano, quien figura en la sentencia como titular del dominio del inmueble Matricula Nº 374.730 afectado por la presente acción de usucapión, fue dada de baja como titular del mismo, en el registro Gral. De la Provincia, conforme surge de la nota aclaratoria insertada en la Matrícula de que se trata, por lo que en todos lugares en que la Sentencia se refiere a la nombrada como titular del dominio del inmueble en cuestión debe tenerse como no escrita; en consecuencia de acuerdo con la Matricula Nº 374.730 y su Anexo B1, los titulares del dominio afectado por la presente usucapión y los porcentajes respectivos de cada uno de ellos son: María Josefa Transito Castellano, Arturo Domingo Castellano, María Rita Castellano, Estanislao Abel Castellano, titulares de 720/3.600 avas partes cada uno de ellos; Rita Amaral de Castellano, titular de 100/3.600; María Rita Castellano, María Elena Castellano, Esther Filomena Castellano, titulares de 62/3.600 avas partes cada uno de ellos; Catalina Carrara, titular de 25/3.600
avas partes; Rafael José Bautista Castellano, titular de 37/3.600 avas partes; y Alberto María Castellano, Raúl Oscar Castellano, Enrique Estanislao Castellano, María Teresa Sara Castellano, Elsa Raquel o Raquel Elsa Castellano y Héctor José Castellano, titulares de 62/3.600 avas partes cada uno de ellos.b Como consecuencia de la ampliación y rectificación de la Sentencia que por la presente se ordena, deberá también rectificarse el Auto Número ciento Sesenta y tres de fecha nueve de septiembre de dos mil cinco obrante a fs. 64, consignándose que del inmueble adquirido por prescripción veinteñal, a Marcelo Julián Castellano le corresponde 3/9 avas partes, a Eva María Castellano le corresponde 3/9 avas partes,
Segunda Sección
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y a los herederos de Aníbal Mario Castellano:
Rubén María Castellano, Ramiro Cristian Castellano y Alejandra María Castellano Herrera le corresponden 1/9 ava partes a cada uno de ellosProtocolícese, hágase saber, dése copia y publíquense edictos en los términos del art.790 del C. de P.C.-.-FDO
DRA ELBA DEL VALLE ALLENDE JUEZ.María Victoria Castellano Secretaria.
10 días 3554 23/8/2013 - s/c.
RIO SEGUNDO. Autos caratulados "LIPSKI
WOJCIECH. s/ USUCAPION. MEDIDAS PREPARATORIAS DE USUSCAPION." N
267872, se ha dictado la siguiente resolución:
"SENTENCIA NUMERO: 277. RIO SEGUNDO, 29/07/2013. Y VISTOS - y CONSIDERANDO RESUELVO: I Hacer lugar a la presente demanda y en consecuencia declarar que el Sr. Wojciech Lipski, D.N.I.
Número 15.031.157, Cuit 20-15031157-9, de estado civil casado, ha adquirido por prescripción adquisitiva el dominio respecto al inmueble denunciados en el expediente; II
Ordenar al Registro General de la Provincia:
II-1 Inscribir el plano obrante en el Expediente N 0033-045209-2009, el cual se encuentra descripto en el considerando precedente, y la prescripción adquisitiva del" Lote de terreno, ubicado en la Ciudad de Río Segundo, en el Dpto. de Río Segundo, Prov.
De Córdoba, designado como Lote 21 de la Manzana 5. Que mide en su costado Noreste linea A-B 34.10 mts. Lindando con la Parcela 8 de Alicia Rosa Maidana, F 25.001;
T" 101; Año 1979; en su costado Sureste linea B-C 20,00 mts., lindando con calle Entre Ríos; en su costado Sud-Oeste Linea C-Dm 34,10 mts., lindando con Callejuela Mercedes; y en su costado Nor-Oeste línea D-A 20,00 mts., cerrando el polígono, lindando con la Parcela N 17, de Cesar Leonardo Salvatori, F 7046, T" 29, Año 1953.- Siendo su estado edificado y con una superficie del lote de 682,00 m2 " " a favor de Wojciech Lipski, D.N.I. Número 15.031.157, Cuil 20-15031157-9, de estado civil casado; II-2. Notifiquese al Registro General de la Propiedad y a la Dirección General de Rentas, oportunamente para que previo los informes de ley, tomen razón, artículo 15 de la Ley 5445 y proceda a dar de baja la inscripción registral del Protocolo de Dominio 6851, Folio 10.521, y Tomo 43, Año 1970, a nombre de Manuela Angela Gou de Mondel, por haberse afectado por esta prescripción, y se inscriba el dominio del inmueble descripto en el punto TI-I, a nombre del Sr. Wojciech Lipski.- III Ordenar se haga saber la presente resolución por edictos, publicados por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días en el Boletín Oficial y diario ya sorteado.- IV
Costas a cargo del actor en cuanto a gastos del juicio y honorarios de su letrado apoderado, en un todo conforme lo establecido en el considerando VI.- V Diferir la regulación de honorarios de la Dra. Alba Ruth Zurlo para cuando haya base cierta para ello.- Protocolícese, hágase saber y dése copia.- ."FIRMADO: SUSANA MARTINEZ
GAVIER JUEZ.
10 días 18825 - 27/8/2013- s/c.
El Juez de Primera Instancia en lo Civ., Com., de Conc., Flia., Control, Menores y Faltas de la Ciudad de Morteros, Dr. José María Herrán, en autos: "CONTI, JUAN CARLOSUSUCAPIÓNMEDIDAS PREPARATORIAS
PARA USUCAPIÓN" Expte. N 3662002

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/08/2013 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data22/08/2013

Conteggio pagine40

Numero di edizioni3661

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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